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ACUERDO 002 DE 2024
(Junio 26)
Por la cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal de 2024
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 12 de 1970 emanado del Concejo de Bogotá, el artículo 10 del Decreto No. 192 de 2021, у
CONSIDERANDO:
Que el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 "Bogotá Camina Segura", fue adoptado mediante Acuerdo Distrital No. 927 del 07 de junio de 2024.
Que es necesario realizar el proceso de armonización presupuestal en cada una de las entidades con el fin de ejecutar el Plan de Desarrollo 2024-2027 "Bogotá Camina Segura", de conformidad con lo establecido en la Ley 152 de 1994, Acuerdos 63 de 2002, 190 de 2005 y 878 de 2023, Decreto Distrital 714 de 1996 y 192 de 2021.
Que el Decreto 192 de 2021, define en el artículo 12 la armonización presupuestal como "el proceso mediante el cual se ajusta el Presupuesto Anual en ejecución al nuevo Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas de Bogotá, D.C. aprobado y expedido para el periodo Constitucional correspondiente, mediante el traslado de saldos no comprometidos".
Que mediante la Circular Externa No. SDH-000009 de 2024 del 30 de abril de 2024, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda y la Secretaría Distrital de Planeación, se establecieron los lineamientos y los procesos para efectuar la armonización presupuestal de las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos, los Órganos de Control y el Ente Autónomo Universitario.
Que la Circular Externa No. SDH-000009 de 2024 del 30 de abril de 2024, define la armonización presupuestal como "(...) la modificación del presupuesto de inversión de la vigencia fiscal en ejecución a la estructura del nuevo Plan de Desarrollo, que implica movimientos presupuestales (...)” m conforme con los requisitos establecidos en el Manual Operativo Presupuestal adoptado mediante la Resolución SDH No. 191 de 2017.
Que mediante comunicación No. 2-2024-36761 del 19 de junio de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación conceptuó favorablemente la modificación propuesta en el Presupuesto de Inversión Directa.
Que mediante comunicación No. 2024EE21066601 del 26 de junio de 2024 la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable a la Fundación Gilberto Álzate Avendaño, para el trámite de la presente modificación presupuestal.
Que en concordancia con lo expuesto y con el fin de cumplir los objetivos y metas del Plan de Desarrollo "Bogotá Camina Segura", se hace necesario efectuar una modificación en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA.
Que, la presente modificación presupuestal fue sometida a consideración de la Junta Directiva de la entidad, en sesión ordinaria realizada el dia 26 de junio de 2024, la cual fue aprobada por sus miembros.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. Efectuar una modificación en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño para la vigencia 2024, por la suma de NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS ($9.944.536.149) MONEDA CORRIENTE, discriminada así:
ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia de este acuerdo a la Secretaría de Hacienda Distrital, Oficina Asesora de Planeación y el área de Gestión Financiera Presupuesto de la Subdirección de Gestión Corporativa, para lo de su competencia y publicarla en LegalBog de la Secretaría Jurídica Distrital y en la página web de la entidad, en el hipervínculo de Transparencia https://fuga.gov.co/transparencia y acceso a la información publica/planeacion-presupuesto-informes/Presupuesto-general-asignado-por-vigencias
ARTÍCULO TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 26 días del mes de junio del año 2024.
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR
Presidente
NÉSTOR JULIÁN ROSAS GONZÁLEZ
Secretario
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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