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Resolución 007 de 2025 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS

Fecha de Expedición:
08/08/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/08/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8383 del 11 de agosto de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 007 DE 2025

 

(Mayo 08)

 

Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 para la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E por $60.373.747.377

 

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 3º del Decreto Distrital 191 de 2021, у.

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.

 

Que, como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. 17 de 1997, en el Decreto Distrital 662 de 2018 y en los artículos que lo modifican según Decreto Distrital 191 de 2021.

 

Que según lo establecido en el acuerdo Distrital 641 de 2016 "por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones", se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.

 

Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 3º del Decreto Distrital 191 de 2021, "(...) las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto (...)

 

Así mismo, el mencionado artículo indica que "(...) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud.".

 

Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No 01 de 2024 y modificado en la sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 del 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán "Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado".

 

Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No.15 del 31 de octubre de 2024, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2025.

 

Que la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS Sur Occidente E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud, una solicitud de adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos 2025 en el rubro de Ingresos Corrientes por $74.512.656.024 correspondiente a: (i) $74.000.000.000 de adición por proyección de facturación en venta de servicios efectuada por esta SISS y (ii) $512.656.024 de adiciones por Resoluciones del Ministerio de Salud y Protección Social, así: (i) $92.500.000- Resolución 1008 del 23 de mayo de 2025 para fortalecer el nivel primario de atención, con base en el modelo de Atención Primaria en Salud, a través de la conformación y operación de equipos básicos de salud y (ii) $420.156.024 Resolución 1018 del 26 de mayo de 2025 para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.

 

Que la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS Sur Occidente E.S.E. presentó adición de $74.512.656.024 en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2025 para cubrir gastos de Funcionamiento por $7.856.051.401 y Gastos de Operación Comercial por $66.656.604.623.

 

Que la Junta Directiva de la SISS Sur Occidente E.S.E., mediante Acuerdos No. 035 y 036 del 25 de junio de 2025 aprobó las adiciones al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Sur Occidente E.S.E. por los $74.512.656.024.

 

Que la Secretaría Distrital de Salud sobre la solicitud de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos 2025 de la SISS Sur Occidente E.S.E., emitió concepto favorable No.024 del 14 de julio de 2025 a una adición en Ingresos Corrientes por $60.373.747.377, así: (i) $59.861.091.353 por proyección de facturación resultante de aplicar al monto de adición solicitado por $74.000.000.000 el porcentaje de recaudo efectivo registrado en la vigencia 2024 para esta Subred que fue de 80,89337% y (ii) $512.656.024 provenientes de las Resoluciones 1008 y 1018 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social.

 

Que la Secretaría Distrital de Salud conceptuó favorablemente la adición de los $60.373.747.377, en el Presupuesto de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Sur Occidente, así: (i) $5.726.051.401 para cubrir Gastos de Funcionamiento de la SISS en rubros como mantenimiento de la ESE, remuneración de servicios técnicos, gastos de computador, entre otros, y (ii) $54.647.695.976 para Gastos de Operación Comercial para la contratación de servicios asistenciales generales y del Plan de Intervenciones Colectivas PIC, adquisición de medicamentos y material médico-quirúrgicos, entre otros.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable y recomendó al CONFIS Distrital aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Sur Occidente E.S.E. por $60.373.747.377, conforme al concepto favorable No. 024 del 14 de julio de 2025 de la Secretaría Distrital de Salud.

 

Que el CONFIS Distrital en sesión No. 17 del 27 de julio de 2025, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E por $60.373.747.377, conforme al análisis y conceptos favorables de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda.

 

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la adición presupuestal aprobada es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E. por $60.373.747.377, conforme al siguiente detalle:


Cifras en pesos

 

CÓDIGO

RUBRO

MONTO

4.1

INGRESOS

60.373.747.377

4.1.1

Ingresos Corrientes

60.373.747.377

4.2

GASTOS

60.373.747.377

4.2.1

Funcionamiento

5.726.051.401

4.2.4

Gastos de Operación comercial

54.647.695.976

 

EI CONFIS Distrital insta a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. a optimizar los gastos de operación y funcionamiento, en concordancia con el nivel de recaudo efectivamente percibido. Asimismo, se recomienda fortalecer la gestión de cartera, con el fin de incrementar el recaudo y mejorar el flujo de caja de la tesorería.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D. C., a los 08 días del mes de agosto del año 2025.

 

ANA MARIA CADENA RUIZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda

 

DEISI LORENA PARDO PEΝΑ

 

Secretaria Técnica de CONFIS (E)

 

Secretaria Distrital de Planeación (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.