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Ley 8 de 1980 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
04/02/1980
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/02/1980
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 35.457 del 14 de febrero de 1980.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LEY 008 DE 1980

 

(Febrero 04)

 

Por medio de la cual se aprueba la "Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar", firmado en Londres el 1° de noviembre de 1974, y el Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar", firmado en Londres el 16 de febrero de 1978 y se autoriza al Gobierno Nacional para adherir a los mismos

 

DECRETA:

 

Artículo primero. Apruébase la "Convención Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar", firmada en Londres el 1º. de noviembre de 1974 y autorízase al Gobierno Nacional para adherir al mismo, cuyo texto es: 

  

Rama Ejecutiva del Poder Público. 

  

Presidencia de la República. 

  

Bogotá, D. E., septiembre 1978. 

  

APROBADO. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales. 

  

JULIO CESAR TURBAY AYALA

 

El Ministro de Relaciones Exteriores,

 

Diego Uribe Vargas

  

Es el texto certificado de la "Convención Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar", firmada en Londres el 1º. de noviembre de 1974, del cual reposa copia en los Archivos de la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 

  

El Jefe de la División de Asuntos Jurídicos, Humberto Ruiz Varela. 

  

Bogotá, D. E. ... 

  

 

Artículo segundo. Apruébase el "Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar", firmado en Londres el 16 de febrero de 1978, y autorízase al Gobierno Nacional para adherir al mismo, cuyo texto es: 

    

Rama Ejecutiva del Poder Público.

 

Presidencia de la República.

 

Bogotá, D. E., 10 de septiembre de 1978. APROBADO. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

 

JULIO CESAR TURBAY AYALA

 

El Ministro de Relaciones Exteriores,

 

Diego Uribe Vargas.

  

Es el texto certificado del "Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar", firmado en Londres el 16 de febrero de 1978, del cual reposa copia en los archivos de la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 

  

El Jefe de la División de Asuntos Jurídicos, Humberto Ruiz Varela. 

  

Bogotá. D. E., ... 

  

Artículo tercero. Esta Ley entrará en vigencia una vez cumplidos los requisitos establecidos en la Ley 7º. del 30 de noviembre de 1944 en relación con el Convenio y el Protocolo que por esta misma Ley se aprueba. 

  

Dada en Bogotá, D. E., a los 04 días del mes de febrero del año 1980.

 

El Presidente del honorable Senado de la República

 

HECTOR ECHEVERRI CORREA

 

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes

 

ADALBERTO OVALLE MUÑOZ

 

El Secretario General del honorable Senado

 

Amaury Guerrero

 

El Secretario General de la honorable Cámara

 

Jairo Morera Lizcano

 

República de Colombia - Gobierno Nacional

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.E., a los 04 días del mes de febrero del año 1980.

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

 

JULIO CESAR TURBAY AYALA

 

El Ministro de Relaciones Exteriores

 

Diego Uribe Vargas

 

El Ministro de Defensa Nacional

 

General Luis Carlos Camacho Leyva