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ACUERDO 016 DE 2025
(Octubre 22)
Por medio del cual se autoriza al Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea, para adelantar el trámite de modificación de la estructura organizacional y ampliación de la planta de personal ante las instancias competentes
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA - ATENEA
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confiere el numeral 2 del artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020 y artículo 3 del Decreto Distrital 062 de 2024, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 489 de 1998, establece que las entidades descentralizadas, tanto nacionales como distritales o municipales, se regulan por la Constitución, por las normas legales, por el acto de su creación y por los estatutos internos; y que en virtud de la autonomía administrativa y presupuestal de la que gozan, corresponde a sus Juntas o Consejos Directivos según lo previsto en sus estatutos, establecer y modificar la estructura organizacional, planta de empleos y señalar las funciones básicas de cada una de sus dependencias.
Que mediante el Decreto Distrital 273 de 2020, se creó la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea, en cumplimiento de las facultades extraordinarias otorgadas por el Concejo de Bogotá en virtud del artículo 132 del Acuerdo Distrital 761 de 2020.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto Distrital 273 de 2020, la Dirección de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, estará a cargo del Consejo Directivo y del Director General.
Que acorde con el numeral 2 del artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020, es función del Consejo Directivo: "Establecer y modificar la estructura organizacional, planta de empleos y señalar las funciones básicas de cada una de sus dependencias, la escala salarial y demás emolumentos de los servidores de la Agencia, de acuerdo con la normatividad vigente y los lineamientos proferidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital."
Que el numeral 3 del artículo 7 del Acuerdo 02 de 2021, del Consejo Directivo, reitera la misma competencia en cabeza de este órgano.
Que conforme a los dispuesto en el artículo 2.2.1.4.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto Nacional 1800 de 2019, las entidades y organismos de la Administración Pública, deberán adelantar cada dos años mínimo, acciones orientadas a mantener actualizadas sus plantas de personal, mediante la revisión de procesos, funciones, perfiles, cargas de trabajo y modalidades de prestación del servicio.
Que el Decreto Distrital 062 de 2024 en su artículo 3 establece:
“Podrán tramitarse modificaciones de plantas de personal y estructura organizacional de las entidades y organismos distritales, únicamente cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorro, previo concepto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, de viabilidad técnica emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD y de viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Excepcionalmente, las entidades u organismos del orden distrital podrán proponer reformas a la planta de personal y a la estructura organizacional que generen gasto, cuando sean consideradas prioritarias para el cumplimiento de las metas y políticas del Gobierno Distrital en concordancia con el Plan de Desarrollo Distrital, previo concepto de viabilidad emitido por las entidades mencionadas en el inciso anterior, la Secretaría Distrital de Planeación y de acuerdo con los lineamientos que para el efecto expida la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.(…)”
Que mediante Circular Externa No. 017 de 2025 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, se impartieron lineamientos e instrucciones sobre medidas de austeridad y eficiencia del gasto público en cumplimiento de las disposiciones del artículo 3 del Decreto Distrital 062 de 2024, estableciendo:
“
I. Presentación de la modificación de estructura organizacional, planta de personal y plantas temporales
Las entidades u organismos que planeen iniciar un proceso de modificación de su estructura organizacional, de su planta de personal o Ia creación de una planta temporal, a través de su máximo representante (Secretario, Director, Gerente o Representante legal), deberán acreditar lo siguiente:
(…)
b) Sector Descentralizado: será necesaria Ia aprobación del Consejo o Junta Directiva de Ia entidad y, adicionalmente, Ia del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño, para lo cual se deberán adjuntar las actas respectivas. (…)”
Que, en el marco del Plan de Formalización Laboral Distrital 2024-2027 expedido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y en cumplimiento de su objetivo específico: “Fortalecer las plantas de personal de las entidades u organismos del Distrito mediante la creación de empleos, atendiendo los requerimientos técnicos y las posibilidades fiscales existentes” la Agencia Atenea como entidad descentralizada debe contar con estudios técnicos para la creación de nuevos empleos.
Que para dar cumplimiento a las metas establecidas en Acuerdo Distrital 927 de 2024, mediante el cual se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, en el marco del Objetivo Estratégico 3 que obedecen a: i) ofrecer 32.000 cupos en educación superior y posmedia, ii) 20.000 cupos en cursos cortos orientados a jóvenes con potencial y, iii) Realizar 5 convocatorias de Ciencia tecnología e innovación para promover investigación de sectores priorizados, la Agencia Atenea requiere fortalecer su capacidad misional y operativa a través de la implementación del rediseño institucional.
Que en el estudio técnico de creación de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea radicado mediante los números S2021197307 y S2021291223, elaborado por la Secretaría de Educación del Distrito, el cual cuenta con concepto técnico aprobado por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD mediante radicado 2021EE6144 del 16 de septiembre del 2021, se estableció que la implementación de la entidad debía realizarse por etapas, lo cual implicaría ir creando y provisionando la planta de personal estimada en un total general de 104 cargos durante tres (3) años a partir de la puesta en funcionamiento de la Agencia.
Que el estudio técnico citado concibió que la estructura contaría en una primera fase con 38 cargos, para el segundo semestre de 2022 contempló la creación de 34 cargos adicionales para un total de 72 y previó la implementación de una tercera y última etapa a ejecutarse en el segundo semestre de 2023 con la creación de 32 cargos adicionales para un total general de 104 cargos de planta de personal, con el fin de atender el objetivo misional de la Agencia.
Que la Agencia Atenea, desde su creación viene operando con la misma estructura organizacional y planta de personal concebida en su primera fase, pese al crecimiento de la Agencia que se ve representado en el incremento de su presupuesto en un 483% Nominal (323% Real) desde el año 2021, generando una sobrecarga para los cargos de nivel directivo concentrado en temas de supervisión y coordinación de equipos.
Que la Gerencia de Educación Posmedia se encuentra liderando siete líneas estratégicas para asegurar una oferta educativa continua y de calidad que permita incrementar la tasa de tránsito hacia la educación superior, por lo que existe la necesidad de fortalecer la capacidad operativa, funcional y de talento humano de esta área, para la sostenibilidad de las estrategias y el logro de las metas de la Agencia.
Que la Gerencia de Ciencia Tecnología e Innovación se encuentra liderando cinco proyectos que apalanquen el desarrollo de un modelo de gestión y operación de servicios de ciencia, tecnología e innovación que contribuya a la generación de conocimiento aplicado y a la solución de retos de ciudad, para lo cual se requiere dar mayor capacidad funcional, operativa y de talento humano que permita alcanzar el impacto esperado.
Que se requiere la creación de una Oficina Asesora de Comunicaciones que diseñe y ejecute la estrategia integral de comunicación interna y externa para lograr el posicionamiento de la Agencia como referente encargado de generar oportunidades de acceso a la educación posmedia y fortalecer la agenda de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) en Bogotá - Región en aras de generar una cercanía con los grupos de valor e impacto en las diferentes audiencias.
Que así mismo, se requiere crear una Oficina de Relacionamiento con la ciudadanía, orientada a mejorar la interacción con nuestros grupos de valor (jóvenes beneficiarios, instituciones educativas, organizaciones sociales y comunidades vulnerables) en el marco del “Modelo Distrital de Relacionamiento Integral con la ciudadanía” y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 2052 de 2020.
Que respecto de la gestión contractual se requiere desconcentrar las funciones que hoy en día se encuentran en la Subgerencia de Gestión Administrativa, debido a que esta dependencia tiene a cargo cinco procesos (talento humano, administrativa, gestión documental, contratación y atención al ciudadano), con una operación que requiere una capacidad de ejecución alta para responder oportunamente a las demandas de la Agencia, dado que se maneja un alto volumen de negocios jurídicos (convenios, contratos de prestación de servicios, alianzas) que están orientados a fortalecer la oferta educativa para lograr la meta proyectada de cupos en educación superior, posmedia y cursos cortos de formación para el trabajo y desarrollo humano, así como en la formulación y ejecución de la política, planes, programas y proyectos distritales de ciencia, tecnología e innovación para la generación de conocimiento y la solución de retos de ciudad.
Que dada la necesidad de fortalecer la capacidad operativa y misional de la Agencia para lograr el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el Plan Distrital de Desarrollo - PDD 2024 - 2027 y con el fin de promover la mejora continua y la eficiencia administrativa, se ha venido impulsando el proceso de rediseño institucional a través de acciones como: actualización del documento técnico (análisis interno, análisis factores externos, diseño propuesta modelo de operación y cadena de valor, actualización estudio de cargas), mesas de trabajo con Secretaría General, DASCD, Secretaría Distrital de Hacienda y presentación ante el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño para aprobación de la propuesta de ampliación de planta de la Agencia.
Que con el fin de dar respuesta a los retos y necesidades establecidas para cada uno de los programas anteriormente descritos, la propuesta de rediseño incluye: el ajuste a la estructura organizacional, dos (2) Subgerencias que dependen de la Gerencia de Educación Posmedia, dos (2) Subgerencias que dependen de la Gerencia de CTeI, una (1) Subgerencia de Contratación, una (1) Oficina de relacionamiento con el ciudadano que dependen de la Gerencia de Gestión Corporativa, una (1) Oficina Asesora de Comunicaciones que depende de la Dirección General, y la ampliación de la planta de empleos, creando 66 cargos adicionales a los 38 cargos existentes para un total de 104 cargos de planta.
Que los costos que se generarían para cinco (5) meses de la vigencia 2026 para la Agencia- Atenea ante la creación de sesenta y seis (66) cargos adicionales en su planta de personal, se resume en la siguiente tabla:
Distribución Costos Nuevos Empleos - Ampliación de Planta.
Fuente: Elaboración Propia
Que la proyección del costo de la ampliación de la planta de personal para la vigencia 2026 se realizó teniendo en cuenta un incremento en la escala salarial del Índice de Precios al Consumidor (IPC) estimado para el cierre del año 2025 más 1,9 puntos porcentuales, dando como resultado un aumento del gasto de personal estimado de $5.720,10 millones de pesos, equivalentes a cinco (5) meses que corresponden al tiempo en el que se realizaría la provisión de los cargos, en virtud de las restricciones de la Ley de Garantías Electorales para las afectaciones a la nómina de las entidades estatales.
Que, en sesión del 17 de octubre de 2025, el Consejo Directivo autorizó al Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea, para adelantar ante las instancias competentes el trámite de modificación de la estructura organizacional y ampliación de la planta de personal con el fin de fortalecer la capacidad operativa y misional de la Agencia.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDAN:ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea, para adelantar ante las instancias competentes el trámite de modificación de la estructura organizacional y ampliación de la planta de personal, presentando la respectiva justificación técnica de la necesidad de dicho ajuste, conforme a los lineamientos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, con el fin de fortalecer la capacidad operativa y misional de la Agencia.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de octubre del año 2025.
ISABEL SEGOVIA
Presidente Consejo Directivo
VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO
Secretario Técnico Consejo Directivo
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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