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RESOLUCIÓN 023 DE 2025
(Octubre 27) Derogada por el art 5, Resolución 047 de 2026 y art 6, Resolución 048 de 2026
Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio La Toscana-Lisboa IED y se autoriza la prestación del servicio en jornada mañana en la sede C
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos. Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el literal I) del artículo 5 del Decreto 310 de 2022 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio La Toscana-Lisboa IED, el Acuerdo 2 de 1996 formalizó la creación del Centro Educativo Distrital La Toscana; la Resolución 1794 de 2002 integró los CED La Toscana y Lisboa para ofrecer educación preescolar y básica en jornadas mañana y tarde en las sedes A y B; la Resolución 3457 de 2002 dispuso la denominación actual del colegio; la Resolución 110177 de 2009 autorizó la ampliación del servicio educativo para los grados 10º y 11º; la Resolución 110107 de 2015 reconoció la prestación del servicio educativo desde prejardín hasta media en las sedes A, B y C, esta última en jornada tarde; la Resolución 110338 de 2015 unificó los actos administrativos y reconoció provisionalmente la sede C por arrendamiento; la Resolución 0110266 de 2018 reconoció la nueva sede C; la Resolución 110411 de 2019 revocó la anterior y autorizó la ampliación de la planta física; la Resolución 0013 de 2023 autorizó la apertura de la sede D en jornada única; y la Resolución 020 de 2023 corrigió el artículo segundo de la Resolución 0013 de 2023.
Que el rector del Colegio La Toscana-Lisboa IED, mediante oficio con radicado I-2025-3818, solicitó el cambio de jornada escolar de la sede C de la tarde a la mañana. En atención a lo anterior, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional requirió concepto a las direcciones correspondientes del nivel central de la SED, las cuales emitieron su viabilidad de la siguiente forma: (i) la Dirección de Cobertura, a través de la comunicación con radicado I-2025-108729, emitió concepto favorable para la modificación del RCO para el cambio de jornada de la sede C; (ii) la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, según lo expuesto en la comunicación con radicado I-2025-100362, indicó que viabiliza la solicitud de actualización del RCO; (iii) la Dirección de Educación Preescolar y Básica, en comunicaciones con radicados I-2025-122542 y I-2025-99583, señaló que el PEI cumple con los requisitos establecidos en la norma y precisó que el colegio cuenta con jornada única para la sede D; (iv) la Dirección de Talento Humano, en concepto radicado bajo el número I-2025-131134, informó que da viabilidad para la modificación del RCO por cuanto la modificación no genera nuevas necesidades de docentes; (v) la Dirección de Servicios Administrativos mediante radicado I-2025-98871 y correo del 7 de octubre de 2025 señaló que el contrato de arrendamiento de la sede C inició el 5 de junio de 2025 y tiene fecha de finalización el 4 de junio de 2026; y (vi) la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto favorable en comunicación radicada con número I-2025-139851 para la actualización del RCO.
Que, una vez recibidos los conceptos favorables de las direcciones mencionadas, es viable y se procede a autorizar el cambio de jornada tarde a mañana en la sede C.
Que existe dispersión normativa en los reconocimientos de carácter oficial y falta de claridad de los servicios educativos autorizados para el Colegio La Toscana-Lisboa IED, lo cual exige, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, la unificación de dicho reconocimiento en un único acto administrativo, con el fin de organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio La Toscana-Lisboa IED, con código DANE 111001094889, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar. (ii) nueve (9) grados de educación básica. (iii) dos (2) grados de educación media.
ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese las siguientes jornadas al Colegio La Toscana-Lisboa IED: en jornada mañana y tarde, las sedes A y B; en jornada mañana la sede C; y en jornada única la sede D.
ARTÍCULO TERCERO. DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «La Toscana», B «Lisboa», C «Sede C» y D «Sede D primera infancia - María Cristina Salazar Camacho - Sabana de Tibabuyes» las cuales se denominarán en adelante: «Sede A – La Toscana-Lisboa» con código DANE 111001094889; «Sede B – La Toscana-Lisboa» con código DANE 111001012394, «Sede C – La Toscana-Lisboa» con código DANE 111001110434 y «Sede D – La Toscana-Lisboa» con código DANE 111001801161, respectivamente.
ARTÍCULO CUARTO. RECONOCIMIENTO DE SEDES. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes plantas físicas ubicadas en la localidad de Suba: «Sede A – La Toscana-Lisboa» – Código DANE: 111001094889 ubicada en la CL 132D BIS #132-05 /CL 133 #132-05 «Sede B – La Toscana-Lisboa» – Código DANE: 111001012394 ubicada en la TV 151A #129-16 «Sede C – La Toscana-Lisboa» – Código DANE: 111001110434 ubicada en la CL 132 #133A-43 / KR 135 #130A 06-09 (transitoria) «Sede D – La Toscana-Lisboa» – Código DANE: 111001801161 ubicada en la CL 142 # 128-02.
ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio La Toscana-Lisboa IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 1794 de 2002, 3457 de 2002, 110177 de 2009, 110107 de 2015, 110338 de 2015 y 110411 de 2019; y todas las demás que sean contrarias.
Dada en Bogotá D. C., a los 27 días del mes de octubre del año 2025.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
DIEGO ESCALLÓN ARANGO
Subsecretario de Integración Interinstitucional Nota: Ver norma publicada en Anexos. |