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Resolución 1177 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
26/11/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/11/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8461 del 28 de noviembre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1177 DE 2025

 

Por la cual se efectúa una delegación para el Comité Distrital de Gestión del Desempeño

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 113º de la Constitución Política de 1991 establece "(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.", por su parte, el artículo 209 prevé "(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones."

 

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, señala que: "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley. podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias".

 

Que el artículo 32° del Acuerdo 257 de 2006, "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.

 

Que la Resolución No. 233 de 2018 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá "Por la cual se expiden lineamientos para el funcionamiento, operación, seguimiento e informes de las Instancias de Coordinación del Distrito Capital." estableció como su objeto los lineamientos para el funcionamiento, operación, seguimiento e informes de las instancias de coordinación del Distrito Capital con el fin de lograr la eficiencia y fortalecimiento del Sistema de Coordinación Distrital.

 

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Nacional 1083 de 2015, mediante el Decreto Distrital 221 de 2023 se reglamentó el Sistema de Gestión del Distrito Capital, el cual se articula con el Sistema de Control Interno establecido en la Ley 87 de 1993, a través de la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

 

Que el Acuerdo No. 01 de 2020 "adopta el Reglamento Interno del Comité Distrital de Gestión y Desempeño del Distrito Capital (...)"; y que el objeto de dicho Comité consiste en orientar la implementación, operación, seguimiento y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, así como coordinar las acciones institucionales y promover los mecanismos de articulación administrativa entre las entidades distritales para asegurar el adecuado desarrollo del Modelo.

 

Que el artículo 4 idem, establece la conformación del Comité Distrital de Gestión y Desempeño del Distrito Capital de la cual hace parte el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado/a.

 

Que, analizadas las funciones del Comité, se considera la delegación en el cargo de Jefe Oficina Asesora de Planeación, quien deberá atender las mismas con estricta sujeción a lo dispuesto y reportar en oportunidad lo tratado en cada sesión, así como a entregar informe detallado sobre lo actuado en caso de reasumirse la función delegada por parte del suscrito o asignada la misma a otro funcionario de nivel directivo o asesor.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Delegar al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, Código 115, Grado 08, hoy en cabeza del servidor Luis Fernando Mejía Castro o quien haga sus veces, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.558.456, y con correo institucional: luis.mejia@scrd.gov.co quien participará en las sesiones del Comité Distrital de Gestión del Desempeño.

 

Artículo 2. El funcionario delegado deberá presentar un Informe a través de Orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre los avances de la misma.

 

Artículo 3. Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la presente Resolución al servidor Luis Fernando Mejía Castro o quien haga sus veces, al correo institucional: luis.mejia@scrd.gov.co en su condición de delegado y a la doctora Úrsula Ablanque Mejía Secretaria de Despacho de la Secretaría Distrital de Planeación, en su condición de Secretaria Técnica del Comité Distrital de Gestión del Desempeño, al siguiente correo electrónico: radicacionplaneacionbogota@sdp.gov.co

 

Artículo 4. Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital el presente acto administrativo.

 

Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.


PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE,

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de noviembre del año 2025.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

NOTA: Ver norma original en anexos.