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RESOLUCIÓN 022 DE 2025
(Octubre 27)
Por la cual se unifica el reconocimiento de carácter oficial del Colegio Agustín Fernández IED
EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, la Resolución 3079 de 2019, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 44, reconoce como derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes, entre otros, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión». En virtud de esto, el Estado, la sociedad y la familia están obligados a garantizar su protección integral, con el fin de asegurar su desarrollo pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos.
Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece que «La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura». Igualmente dispone que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.
Que la Ley 715 de 2001 en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 define como competencia del distrito la prestación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y la administración de las instituciones educativas.
Que el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 dispone que un establecimiento educativo debe contar con la autorización para prestar el servicio a través del reconocimiento de carácter oficial otorgado por la secretaría de educación certificada, además de tener un proyecto educativo institucional y cumplir con estructura administrativa, planta física y medios educativos adecuados.
Que la Ley 1437 de 2011, en los numerales 8, 11 y 12 del artículo 3, consagra, entre otros, principios como la transparencia, eficacia y economía procesal, los cuales contribuyen a garantizar la publicidad de los documentos, la organización administrativa y la prestación de sus servicios, al igual que simplificar la documentación y reducir imprecisiones y ambigüedades.
Que el literal I) del artículo 5 del Decreto 310 de 2022 consagra que corresponde a las funciones del secretario de Educación del Distrito «Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo».
Que mediante la Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en la Subsecretaría de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar los reconocimientos de carácter oficial de las instituciones educativas públicas de Bogotá.
Que la Resolución 4702 de 2004 de la SED dispuso que todas las instituciones educativas oficiales se denominan colegios, y la Resolución 3079 de 2019 de la SED reglamentó el procedimiento para expedir, modificar y unificar el Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO).
Que, en relación con el Colegio Agustín Fernández IED, la Resolución 7437 de 1998 reconoció oficialmente al «Colegio Distrital de Educación Básica y Media Agustín Fernández; la Resolución 2745. de 2001 reconoció oficialmente a la institución para la prestación del servicio público educativo formal de adultos; la Resolución 1652 de 2002 integró los CED San Bernardo y CED Santa Cecilia Alta al Colegio Distrital de Educación Básica y Media Agustín Fernández; la Resolución 2290 de 2002 adoptó el nombre del colegio a IED Agustín Fernández; la Resolución 01-0037 de 2017 modificó la Resolución 1652 de 2002 en el sentido de autorizar el servicio en jornada única en las sedes B y C en los grados pre jardín a 5°; las Resoluciones 0335 y 1768 de 2019 autorizaron la prestación del servicio en jornada única en la sede A en los grados pre jardín a 6º y 7º a 11°; y la Resolución 001 de 2022 modificó la Resolución 1652 de 2002 y autorizó la creación transitoria de la sede D y la implementación de la estrategia de educación diversa y flexible.
Que la Subsecretaría de Integración Interinstitucional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la Resolución 3079 de 2019, inició de oficio la actualización y unificación del Reconocimiento de Carácter Oficial del Colegio Agustín Fernández IED, para lo cual solicitó concepto a la Dirección de Inspección y Vigilancia, la cual lo emitió de manera favorable en comunicación radicada con número 1-2025-126812; en consecuencia, y teniendo en cuenta la dispersión normativa existente en los reconocimientos previos y la falta de claridad sobre los servicios educativos autorizados, se hace necesario unificar dicho reconocimiento en un único acto administrativo, en aras de materializar los principios de eficiencia, organización administrativa y economía, organizar la documentación institucional, simplificar trámites y garantizar una gestión administrativa eficiente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER OFICIAL. Reconózcase por medio de la presente resolución el carácter oficial del Colegio Agustín Fernández IED, con código DANE 111001029955, para que preste el servicio educativo mixto, calendario A de la siguiente manera:
(i) tres (3) grados de educación preescolar.
(ii) nueve (9) grados de educación básica.
(iii) dos (2) grados de educación media.
(iv) cuatro (4) ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación básica y dos (2) ciclos lectivos especiales integrados correspondientes a la educación media para jóvenes y adultos.
ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZACIÓN DE JORNADAS. Autorícese la jornada única y nocturna al Colegio Agustín Fernández IED.
ARTÍCULO TERCERO. DENOMINACIÓN DE SEDES. Autorícese el cambio de nombre de las sedes A «Agustín Fernández, B «San Bernardo», C «Santa Cecilia Alta y D «Los Pisingos» las cuales se denominarán en adelante: «Sede A-Agustín Fernández con código DANE 111001029955; «Sede B - Agustín Fernández con código DANE 111848000244; «Sede C- Agustín Fernández con código DANE 111848003456; y «Sede D-Agustín Fernández con código DANE 111001800920.
ARTÍCULO CUARTO. RECONOCIMIENTO DE SEDES. Reconózcase que la institución prestará el servicio educativo en las siguientes plantas físicas ubicadas en la localidad de Usaquén:
Sede A- Agustín Fernández - Código DANE: 111001029955 ubicada en la KR 7 #155-20
Sede B-Agustín Fernández - Código DANE: 111848000244 ubicada en la KR 1 A ESTE #161-24/KR 1A #161-24.
Sede C-Agustín Fernández - Código DANE 111848003456 ubicada en la KR 1 ESTE #163-50.
Sede D-Agustin Fernández-Código DANE 111001800920 ubicada en la KR 7 #158-41 (transitoria Los Pisingos).
ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo al Colegio Agustín Fernández IED y comuníquese a las dependencias competentes de la Secretaría de Educación del Distrito para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO SEXTO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente las Resoluciones 2745 de 2001, 1652 de 2002, 2290 de 2002, 01-0037 de 2017 y 001 de 2022; y todas las demás que sean contrarias.
Dada en la ciudad de Bogotá D. C., a los 27 días del mes de octubre del año 2025.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
DIEGO ESCALLON ARANGO
Subsecretario de Integración Interinstitucional
Nota: Ver norma original en Anexos. |