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Resolución 307 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
09/04/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/04/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8559 del 13 de abril de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 307 DE 2026

 

(Abril 09)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural LEP Ecosistemas de las Artes Escénicas” y la “Invitación Cultural para el Fortalecimiento de Ecosistemas Artísticos y Culturales 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 649 de 2025 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:

 

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

 

 “(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

 

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

 

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.

 

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada y la sociedad civil”.

 

Que corresponde a la SCRD, en desarrollo de la función contenida en el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”

 

Que el artículo 7 del Decreto Distrital 649 de 2025, contempla como funciones del Despacho del Secretario, entre otras, la siguiente: “(…) 1. Formular y adoptar de manera articulada las políticas, planes, programas y proyectos en los campos del arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital. (…)”.

 

Que le corresponde a la Subsecretaria de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto 649 de 2025, lo siguiente: “(…) 8. Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (…)”.

 

Que el artículo 16 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece como funciones de la Dirección de Fomento, entre otras, las siguientes: “(…) 2. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento de los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. (…) 4. Diseñar estrategias orientadas a fortalecer las instituciones locales y los agentes del sector cultura, la recreación y el deporte. (…)”.

 

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales. 

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapten a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad.

 

Que el mecanismo en cita le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la SCRD - Despacho de la Secretaría - Asuntos Internacionales y Cooperación – Dirección de Fomento, estructuró la “Invitación Cultural LEP Ecosistemas de las Artes Escénicas”, que tiene como objeto contribuir al fortalecimiento de los agentes culturales y a la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, promoviendo una cobertura contextualizada, equitativa e integral del fomento cultural.

 

Que la SCRD - Subsecretaría de Gobernanza - Dirección de Fomento, estructuró la “Invitación Cultural para el Fortalecimiento de Ecosistemas Artísticos y Culturales 2026”, que tiene por objeto el fortalecimiento de los ecosistemas artísticos y culturales implica crear condiciones para que los agentes del sector puedan conectarse, colaborar y generar valor colectivo de forma sostenible. Esto incluye fomentar relaciones de confianza, circulación entre subsectores, intercambio de saberes y audiencias, y la construcción de alianzas que expandan sus capacidades individuales y colectivas.

 

Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en las presentes invitaciones culturales, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:

 

 

 

  Invitación

 

 

 

 

Tipo de incentivo

Montón del incentivo

No. de   incentivos

Monto total de la

invitación

 

    CDP

Dependencia encargada de la invitación

Invitación Cultural LEP Ecosistemas de las Artes Escénicas

 

Bolsa concursable

Bolsa concursable  se distribuirá así:

 

Categoría 1. Ecosistema Música Clásica:

Distribuidos en montos entre  CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000) y QUINIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE.

($520.000.000),

 

Categoría 2. Ecosistema Circo: Distribuidos en montos entre CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 50.000.000) y DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS

M/CTE. ($250.000.000),

 

Categoría 3. Ecosistema Danza: Distribuidos en montos entre  CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE (50.000.000) y CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS

M/CTE. ($450.000.000),

Categoría 4. Ecosistema Danza Mayor: Distribuidos en montos entre CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 50.000.000) y QUINIENTOS MILLONES DE PESOS

M/CTE. ($500.000.000),

 

 

Categoría 5. Ecosistema Teatro:

Distribuidos en montos entre CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000) y CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE.

( $100.000.000),

 

Categoría 6. Ecosistema escénico diverso:

Distribuidos en montos entre  CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000 ) y CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE.

($100.000.000),

 

Categoría 7. Ecosistema Mercados Internacionales de la Música:

Distribuidos en montos entre CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE $50.000.000 y DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE.

( $250.000.000)

N/A

 

DOS MIL CIENTO SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 2.170.000.000)

813 del 6 de marzo de 2026, 823 del 9 de marzo de 2026, 940 del 27 de marzo de 2026

Despacho del Secretario - Asuntos Internacionales y Cooperación – Dirección de Fomento.

Invitación Cultural para el Fortalecimiento de Ecosistemas Artísticos y Culturales  2026

Bolsa concursable

Bolsa concursable  se distribuirá así:

 

Categoría 1. Ecosistema Audiovisual: :

Distribuidos en montos entre  CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000) y CIENTO SESENTA  MILLONES DE PESOS M/CTE.

($160.000.000),

 

Categoría 2. Ecosistema Imagen y Ciudad: Distribuidos en montos entre CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE (50.000.000) y CIENTO SESENTA MILLONES DE PESOS

M/CTE. ($160.000.000),

 

Categoría 3. Ecosistema Conocimiento: Distribuidos en montos entre CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 50.000.000) y CIENTO SESENTA MILLONES DE PESOS

M/CTE. ($160.000.000).

N/A

SEISCIENTOS  NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 695.000.000)

736 del 18 de febrero de 2026

Direccion de Fomento

 

Que los requisitos y condiciones específicas de participación de las invitaciones que se aperturan mediante el presente acto administrativo, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, se dispone la apertura de las Invitaciones Culturales que se relacionan en el presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural LEP Ecosistemas de las Artes Escénicas” y la “Invitación Cultural para el Fortalecimiento de Ecosistemas Artísticos y Culturales 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

 

PARÁGRAFO PRIMERO: Los incentivos económicos a que hacen referencia las invitaciones culturales que se aperturan, se encuentran amparados con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.

 

PARÁGRAFO SEGUNDO: El saldo del Certificado de Disponibilidad Presupuestal 736 del 18 de febrero de 2026 por valor de OCHOCIENTOS SIETE MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 807.000.000), que no ampare el monto total de los incentivos económicos de la “Invitación Cultural para el Fortalecimiento de Ecosistemas Artísticos y Culturales 2026” que corresponde a la suma de SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 695.000.000), será liberado por el Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de las Invitaciones Culturales se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de las Invitaciones Culturales citadas en el presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de las Invitaciones Culturales.

 

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por el Despacho del Secretario - Asuntos Internacionales y Cooperación y la Dirección de Fomento, los trámites requeridos para que se genere el correspondiente desembolso de los incentivos económicos previstos en las citadas invitaciones culturales de las cuales son responsables, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

 

ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las invitaciones culturales en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, al Despacho del Secretario - Asuntos Internacionales y Cooperación, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia

 

ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 09 días del mes de abril del año 2026.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.