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Resolución 117 de 2024 Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal - IDPYBA

Fecha de Expedición:
15/04/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/04/2024
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 117 DE 2024

 

(Abril 15)

 

Por medio de la cual se modifica el artículo 3 de la Resolución 017 del 2018 del IDPYBA

 

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL

 

En uso de sus facultades legales, reglamentarias, y en especial las conferidas por el artículo 9 del Decreto Distrital 546 de 2016, el artículo 10 del Acuerdo 002 de 2023 del Consejo Directivo del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal, demás disposiciones, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 118 de la Ley 2220 del 2022 establece cómo deben integrarse los Comités de Conciliación en las entidades públicas, cuyos miembros concurrirán con voz y voto. Al respecto, se destaca que sus miembros son: 1) El jefe, director, gerente, presidente o representante legal del ente respectivo o su delegado; 2) El ordenador del gasto o quien haga sus veces; 3) El Jefe de la Oficina Jurídica o de la dependencia que tenga a su cargo la defensa de los intereses litigiosos de la entidad; y, 4) Dos (2) funcionarios de dirección o de confianza que se designen conforme a la estructura orgánica de cada ente.

 

Que, en concordancia con el artículo 6 del Decreto Distrital 073 del 2023, los Comités de Conciliación Distritales deberán estar integrados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 2220 de 2022. Indicando adicionalmente que la participación de sus integrantes será indelegable, salvo las excepciones establecidas.

 

Que mediante Resolución 017 del 2018 se creó y conformó el Comité de Conciliación del Instituto que lo integran.

 

Que con el fin de adecuar la composición de los integrantes del Comité de Conciliación del IDPYBA a las disposiciones contenidas en la Ley 2220 de 2022 y el Decreto 073 de 2023, se hace necesario expedir el presente acto administrativo con el propósito de modificar el artículo 3 de la Resolución 017 de 2018.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modifíquese el articulo 3 de la Resolución 017 del 2018, expedida por el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA), el cual quedará así:

 

"ARTÍCULO TERCERO: El Comité de Conciliación estará conformado por los siguientes funcionarios quienes concurrirán con voz y voto y serán miembros permanentes:

 

1.- El (la) Director (a) General

 

2.- El (la) Subdirector (a) de Gestión Corporativa

 

3.- El (la) Subdirector(a) de Atención a la Fauna

 

4.- El (la) Jefe de la Oficina Jurídica

 

5.- El (la) Asesor(a) de la Dirección General

 

Parágrafo 1º: Concurrirán sólo con derecho a voz los funcionarios que por su condición jerárquica y funcional deban asistir según el caso concreto, el apoderado que represente los intereses del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal en cada proceso, el (la) jefe de la oficina de control interno o quien haga sus veces, el (la) secretario (a) técnico (a) del comité y el (la) coordinador (a) de defensa judicial de la Oficina Jurídica o quien haga sus veces.

 

Parágrafo 2º: El comité de conciliación contará con una secretaria técnica la cual estará a cargo de un profesional de la Oficina Jurídica.

 

Parágrafo 3º: Participará en el Comité de Conciliación un representante de la Secretaria Jurídica Distrital cuando lo estime conveniente con derecho a voz y voto y actuar como mediador en los conflictos que se originen entre entidades y organismos de orden distrital".

 

Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el artículo 3 de la Resolución 017 de 2018.

 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de abril del año 2024

 

ADRIANA ESTRADA ESTRADA

 

Directora General Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal

 

Nota: Ver norma original en anexos.