Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 322 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
17/04/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8565 del 21 de abril de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 322 DE 2026

 

(Abril 17)

 

Por la cual se modifica el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2026

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 037 de 2017.

 

CONSIDERANDO

 

Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 en su artículo 90 establece como misión para el Sector Cultura, Recreación y Deporte, garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.

 

Que el Decreto Distrital 649 de 2025 en concordancia con el artículo 94 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el de “…orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”

 

Que el Decreto Distrital 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dicta otras disposiciones” establece en el parágrafo del artículo 11 sobre la modificación de las apropiaciones lo siguiente: “Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada. Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”

 

Que la Resolución SDH No 191 del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se expide el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.4. establece lineamientos para realizar los ajustes presupuestales derivados de traslados presupuestales.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte requiere modificar el presupuesto y en consecuencia efectuar traslado de recursos entre proyectos de inversión del Plan de Desarrollo “Bogotá Camina Segura” por la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS m/cte. ($2.424.725.995). 

 

Que para el ejercicio de programación presupuestal de la vigencia 2026, el cálculo del 30% de los recursos de la Contribución a las artes escénicas correspondiente a la línea B. Producción y Circulación definida por el artículo 13 de la Ley 1493 de 2011, se efectuó con base en la proyección del recaudo a 31 de diciembre de 2025; los cuales fueron apropiados en el proyecto 7965 - Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. Sin embargo, el Ministerio de las Culturas, los Artes y los Saberes, al cierre de la vigencia 2025, informó un valor de recaudo superior a la proyección y en consecuencia el Comité Distrital de la Contribución Parafiscal de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas – LEP aprobó la distribución de los recursos LEP en la línea de producción y circulación sobre el valor de recaudo informado por el MinCulturas y así mismo los recursos LEP para la línea de infraestructura cultural.

 

Que en consideración a la aprobación del Comité LEP y que los recursos de la línea A. Infraestructura cultural se encuentran apropiados en el proyecto 7990 - Asistencia Técnica para el desarrollo de infraestructuras culturales sostenibles en el Distrito Capital Bogotá D.C. y los de la línea B. Producción y Circulación están en el proyecto 7965 Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C. se requiere realizar los siguientes movimientos entre proyectos de inversión afectando el fondo de financiación 1-100-I028 - VA Contribución a las artes escénicas:


Proyecto de Inversión

Rubro Presupuestal

Valor contracrédito

Valor crédito

7990

Asistencia Técnica para el desarrollo de infraestructuras culturales sostenibles en el Distrito Capital Bogotá D.C

O23011733012024012306063

$2.424.725.995

 

7965

Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C

O23011733012024015201128

 

$ 2.424.725.995

TOTAL

 

$2.424.725.995

$ 2.424.725.995

 

Que mediante comunicación 2026EE319253O1 del 16 de abril de 2026, el Director Distrital de Presupuesto (E) de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación del presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para la presente vigencia fiscal, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.

 

Que, en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Modificar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2026, por valor de DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS m/cte. ($2.424.725.995), según el siguiente detalle:

 

CONTRACREDITOS

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS

O2

GASTOS

$ 2.424.725.995

O23

Inversión

$ 2.424.725.995

O2301

DIRECTA

$ 2.424.725.995

O230117

Bogotá Camina Segura

$ 2.424.725.995

O23011733

Cultura

$ 2.424.725.995

O2301173301

Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos

$ 2.424.725.995

O230117330120240123

Asistencia técnica para el desarrollo de proyectos de infraestructura cultural sostenibles en el Distrito Capital Bogotá D.C

$ 2.424.725.995

O23011733012024012306063

Asistencia técnica para el desarrollo de proyectos de infraestructura cultural sostenibles en el Distrito Capital Bogotá D.C

$ 2.424.725.995

TOTAL CONTRACRÉDITOS

$ 2.424.725.995

 

CRÉDITOS

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS

O2

GASTOS

$ 2.424.725.995

O23

Inversión

$ 2.424.725.995

O2301

DIRECTA

$ 2.424.725.995

O230117

Bogotá Camina Segura

$ 2.424.725.995

O23011733

Cultura

$ 2.424.725.995

O2301173301

Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos

$ 2.424.725.995

O230117330120240152

Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C..

$ 2.424.725.995

O23011733012024015201128

Fortalecimiento del fomento para el desarrollo de procesos culturales sostenibles en Bogotá D.C..

$ 2.424.725.995

TOTAL CONTRACRÉDITOS

$ 2.424.725.995

 

Artículo 2. Ordenar a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte remitir copia de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Artículo 3. Ordenar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.

 

Artículo 4. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en Régimen Legal de Bogotá.

 

Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y contra ella no proceden los recursos de Ley, de conformidad con el artículo 75 de la Ley No. 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de abril del año 2026.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.