| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 326 DE 2026
(Abril 17)
Por medio de la cual se ordena la apertura de la "Invitación Cultural Chapinero en Red: Visita, recorre y vive la cultural local" y la "Invitación Cultural Chapinero Late 24/7 - Rutas Culturales", de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
EL SECRETARIO DE DESPACHO
De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 649 de 2025 y.
CONSIDERANDO
Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.
Que el numeral 3 del artículo 1º de la Ley 397 de 1997, "Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.", señala que:
"(...) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (...)".
Que la ley en cita en su artículo 17 señala:
"(...) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.".
Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:
"(...) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (...)"
Que el Decreto Distrital 649 de 2025, "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte", dispone en su artículo 4 que: "La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.
Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en desarrollo de la función contenida en el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: "Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo."
Que le corresponde a la Subsecretaría de Gobernanza, en desarrollo de la función prevista en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: "(...) Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales (...)".
Que el artículo 15 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece como funciones de la Dirección de Economía, Estudios y Política, entre otras, las siguientes: "(...) 4. Asesorar la formulación e implementación de políticas públicas, planes, programas y proyectos relacionados con temas de economía cultural y creativa y de las economías derivadas del sector. 5. Dirigir acciones para el fomento, promoción, incentivo y desarrollo de la economía cultural y creativa en la ciudad. (...)".
Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.
Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapten a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas O patrimoniales.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza Dirección de Economía, Estudios y Política, estructuró la "Invitación Cultural Chapinero en Red: Visita, recorre y vive la cultural local", que busca consolidar territorios con alta concentración de actividades culturales y creativas, impulsando procesos sostenidos de activación económica, circulación artística, fortalecimiento empresarial y apropiación social del espacio público; en este contexto, esta Invitación Cultural tiene como objeto apoyar iniciativas para fomentar el fortalecimiento, la sostenibilidad y la circulación de las prácticas artísticas y creativas de los Distritos Creativos de la localidad de Chapinero, mediante la ejecución de ferias y experiencias sectoriales en la localidad de Chapinero, que actúen como plataformas de intercambio territorial, formación de públicos y articulación del ecosistema cultural local.
Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza Dirección de Economía, Estudios y Política, estructuró la "Invitación Cultural Chapinero Late 24/7 - Rutas Culturales", que busca ampliar el acceso ciudadano a la cultura, fortalecer la apropiación del territorio y dinamizar la vida cultural en horarios no convencionales, y está orientada a la creación e implementación de circuitos culturales en horarios no convencionales que dinamicen la vida cultural, fortalezcan la apropiación del territorio y promuevan experiencias culturales seguras, incluyentes y sostenibles.
Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en las presentes invitaciones culturales, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:
Que los requisitos y condiciones específicas de participación de las invitaciones que se apertura mediante el presente acto administrativo, los cuales hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, se dispone la apertura de las Invitaciones Culturales que se relacionan en el presente acto administrativo.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la "Invitación Cultural Chapinero en Red: Visita, recorre y vive la cultural local" y la "Invitación Cultural Chapinero Late 24/7 - Rutas Culturales", de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo al cronograma establecido para tal fin.
PARÁGRAFO: Los incentivos económicos a que hace referencia las Invitaciones Culturales que se apertura, se encuentran amparados con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de las Invitaciones Culturales, se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de las Invitaciones Culturales citadas en el presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/,con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.
ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Economía, Estudios y Política, los trámites requeridos para los correspondientes desembolsos de los incentivos económicos previstos en las citadas invitaciones culturales de las cuales son responsables, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.
ARTÍCULO CUARTO: Realizar por la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Centro Felicidad Chapinero en coordinación con la Dirección de Economía, Estudios y Política, las acciones y trámites correspondientes para ejecutar el incentivo en especie descrito en las condiciones específicas de participación de la "Invitación Cultural "Chapinero en Red: Visita, recorre y vive la cultural local", de la cual es responsable.
ARTÍCULO QUINTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las citadas invitaciones culturales en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Economía, Estudios y Política, Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio Centro Felicidad Chapinero (CEFE), Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO SEPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C, a los 17 días del mes de abril del año 2026.
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR
Secretario de Despacho
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
NOTA: Ver norma original en Anexos. |