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Resolución 382 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
06/05/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.8574 del 08 de mayo de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

GMC-MN-01-FR-05

RESOLUCIÓN 382 DE 2026

 

(Mayo 06)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la "Invitación Cultural: "Ruta del Arte en TransMi", "Invitación Cultural: "Ideas que transforman Transmilenio: Soluciones para el comportamiento ciudadano" y la "Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales 2026", de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 649 de 2025 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.” señala que:

 

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

 

 “(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

 

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

 

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.

 

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada y la sociedad civil”.

 

Que corresponde a la SCRD, en desarrollo de la función contenida en el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”

 

Que el artículo 19 del Decreto Distrital 649 de 2025 establece como funciones de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, entre otras, las siguientes: “(…) 1. Liderar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación participativa de las políticas distritales de cultura ciudadana y de transformación cultural. (…) 9. Diseñar, implementar y orientar acciones que permitan fortalecer las capacidades ciudadanas de organización, fomento e información para el liderazgo en los procesos de transformación cultural. (…)”.

 

Que le corresponde a la Dirección de Transformaciones Culturales, en desarrollo de la función prevista en el numeral 2 del artículo 21 del Decreto 649 de 2025, lo siguiente: “(…) 2. Desarrollar contenidos y metodologías de innovación, ideación y cocreación para la formulación e implementación de programas, estrategias y acciones de Cultura Ciudadana y Transformación Cultural. (…)”.

 

Que le corresponde a la Dirección del Observatorio y Gestión del Conocimiento Cultural, en desarrollo de la función prevista en el numeral 2 del artículo 20 del Decreto 649 de 2025, lo siguiente: “(…) 2. Adelantar procesos de gestión de conocimiento en torno a las prácticas culturales de la ciudad que orienten a las entidades sectoriales e intersectoriales en el desarrollo de las estrategias, los planes, programas y proyectos de transformación cultural y cultura ciudadana. (…)”.

 

 Que le corresponde a la Dirección de Redes y Acción Colectiva en desarrollo de la función prevista en el numeral 2 del artículo 22 del Decreto 649 de 2025, lo siguiente: “(…) 2. Gestionar las acciones para la transversalización del enfoque de cultura ciudadana en políticas, planes, programas y proyectos distritales y en otros instrumentos para la planeación estratégica del Distrito. (…)”.

 

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales. 

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapten a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la SCRD - Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento - Dirección de Transformaciones Culturales, estructuró la “Invitación Cultural: “Ruta del Arte en TransMi”, que tiene como objeto invitar a personas naturales y agrupaciones que residan en Bogotá a realizar intervenciones artísticas en muros y tótems del Sistema Transmilenio utilizando técnicas propias del arte urbano y el muralismo.

 

Que la SCRD - Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento - Dirección del Observatorio y Gestión del Conocimiento Cultural, estructuró la “Invitación Cultural: “Ideas que transforman Transmilenio :Soluciones para el comportamiento ciudadano”, mediante la cual se busca soluciones que contribuyan a alguno de los siguientes comportamientos: (1) reducir la evasión del pago, (2) promover el uso adecuado de la fila, (3) disminuir el ingreso con objetos voluminosos y (4) reducir el daño a la infraestructura. Esta invitación no está orientada a ideas conceptuales, sino a prototipos o intervenciones ya probadas, basadas en evidencia comportamental y con potencial de generar cambios observables en contextos reales.

 

Que la SCRD - Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento - Dirección de Redes y Acción Colectiva, estructuró la “Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales 2026”, mediante la cual invita a creadores y creadoras de contenido, y demás perfiles con presencia en el entorno digital, a proponer piezas originales, creativas y pedagógicas que abordan temas de cultura ciudadana especialmente en los temas de evasión del pasaje. Promoviendo la valoración, el cuidado y la apropiación del sistema integrado de transporte como un bien público, activando la corresponsabilidad y presentando el Sistema como patrimonio de la ciudad, a través de narrativas positivas sobre la importancia de no evadir el pago del pasaje y buen uso del sistema.

 

Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en las presentes invitaciones culturales, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:

 

 

 

 


Que los requisitos y condiciones específicas de participación de las invitaciones que se aperturan mediante el presente acto administrativo, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web:

 

https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, se dispone la apertura de las Invitaciones Culturales que se relacionan en el presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE


ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural: “Ruta del Arte en TransMi”, “Invitación Cultural: “Ideas que transforman Transmilenio: Soluciones para el comportamiento ciudadano” y la “Invitación Cultural Jóvenes Creadores Digitales 2026”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

 

PARÁGRAFO: Los incentivos económicos a que hacen referencia las invitaciones culturales que se aperturan, se encuentran amparados con los Certificado de Disponibilidad Presupuestal relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de las Invitaciones Culturales se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de las Invitaciones Culturales citadas en el presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de las Invitaciones Culturales.

 

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Transformaciones Culturales, la Dirección del Observatorio y Gestión del Conocimiento Cultural y la Dirección de Redes y Acción Colectiva, los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en las citadas invitaciones culturales de las cuales son responsables, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

 

ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las invitaciones culturales en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Transformaciones Culturales, la Dirección del Observatorio y Gestión del Conocimiento Cultural, la Dirección de Redes y Acción Colectiva, la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia

 

ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá D.C., a los 06 días del mes de mayo del año 2026.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.