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Decreto Local 004 de 2026 Alcaldía Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
14/07/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/07/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8619 del 15 de julio de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 004 DE 2026

 

(Julio 14)

  

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, para asumir el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo local por medio del cual se modifica el Acuerdo Local 001 de 2018, se transforma la denominación y el alcance conceptual del Consejo Local de Economía Creativa de Usaquén al Consejo Local de Economía Cultural, Creativa y de Saberes de la Localidad Primera de Usaquén, se adiciona el Capítulo II para el fortalecimiento de la Gobernanza Cultural, y se dictan otras disposiciones

 

El Alcalde Local de Usaquén,

 

En uso de sus competencias, en especial las conferidas por el artículo71 de la Ley 1421 de 1993 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Alcalde Mayor de Bogotá, DC, por medio del Decreto Distrital No 238 del 17 de julio de 2024, nombró a Daniel Hernando Ortiz Quintero como Alcalde Local Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Usaquén.

 

Que, conforme a lo previsto en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo; el primero (1°) de junio; el primero (1°) de septiembre, y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.

 

Que, de acuerdo con el mismo artículo 71, la Junta Administradora Local sesionará extraordinariamente, por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local, "evento en el cual sesionará por el término que este le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que el mismo someta a in consideración".

 

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Acuerdo Local 001 de 2024, que establece el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Usaquén, la sesión extraordinaria "es aquella que convoca el Alcalde Local por iniciativa propia o por petición de la Junta Administradora Local de Usaquén, Durante estas sesiones la corporación únicamente se ocupará de los asuntos para la cual fue convocada, la convocatoria a las sesiones extraordinarias debe hacerse por el Alcalde Local de Usaquén por medio de un Decreto Local, debidamente publicitado a los miembros de la Junta Administradora Local de Usaquén"

 

Que, conforme con lo anterior, se considera necesario convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, con el propósito de que se encargue exclusivamente de debatir y decidir lo relativo a la aprobación del proyecto de acuerdo por medio del cual se modifica el Acuerdo Local 001 de 2018, se transforma la denominación y el alcance conceptual del Consejo Local de Economía Creativa de Usaquén al Consejo Local de Economía Cultural, Creativa y de Saberes de la Localidad Primera de Usaquén, se adiciona el Capítulo Il para el fortalecimiento de la Gobernanza Cultural, y se dictan otras disposiciones

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVE:

 

PRIMERO: convocar a la Junta Administradora Local de Usaquén, a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el quince (15) y el treinta y uno (31) de julio de 2026, con el fin de que lleve a cabo el análisis, debate y adopción del proyecto de acuerdo por medio del cual se modifica el Acuerdo Local 001 de 2018, se transforma la denominación y el alcance conceptual del Consejo Local de Economía Creativa de Usaquén al Consejo Local de Economía Cultural, Creativa y de Saberes de la Localidad Primera de Usaquén, se adiciona el Capítulo II para el fortalecimiento de la Gobernanza Cultural, y se dictan otras disposiciones

 

SEGUNDO: el presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 14 días del mes julio del año 2026.

 

DANIEL HERNANDO ORTIZ QUINTERO

 

Alcalde Local De Usaquén

 

Nota: Ver norma original en Anexos.