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Resolución 614 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Subsecretaría de Gobernanza

Fecha de Expedición:
23/06/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/06/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 614 DE 2026

 

(Junio 23)

 

Por medio de la cual se acoge la recomendación del Comité Validador para seleccionar a las personas beneficiarias de los componentes descritos para los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos, Chapinero barrio Pardo Rubio, se ordena el desembolso de los incentivos económicos y se dictan otras disposiciones

 

LA SUBSECRETARIA DE GOBERNANZA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 90 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte No. 649 de 22 de diciembre de 2025, la Resolución No. 720 del 23 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución No. 430 del 2 de julio de 2024 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante Resolución No. 402 del 11 de mayo de 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de "Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos Chapinero" de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte", se dispuso que los requisitos y condiciones de participación en "Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos - Chapinero" se encuentran establecidos en los documentos denominados "Condiciones de Participación" y en la "Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales".

 

Que el objetivo general de los Laboratorios se encuentra descrito en la "Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales", en los siguientes términos:

 

"(...) Orientar la implementación técnica, metodológica y operativa de los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos, mediante el establecimiento de lineamientos claros para los equipos de gestores, laboratoristas, enlaces y directivos, con el fin de garantizar un acompañamiento coherente en el diseño y ejecución de hitos culturales de escala barrial bajo enfoques diferenciales, participativos y de corresponsabilidad. (...)"

 

Que el objetivo general del Hito Cultural "Sendero Biocultural Paraíso Escondido" es implementar el Sendero Cultural de Pardo Rubio como una estrategia de articulación territorial que potencie la identidad de la UPZ barrio mediante la integración de la memoria histórica, la protección ambiental y las expresiones culturales contemporáneas, transformando los espacios públicos en escenarios de encuentro, apropiación ciudadana y bienestar comunitario.

 

Que según lo dispuesto en el Acta de Concertación del Hito Cultural de la localidad de Chapinero Pardo Rubio "SENDERO BIOCULTURAL PARAÍSO ESCONDIDO" y en la Resolución No. 402 del 11 de mayo de 2026 , se estableció la disponibilidad de recursos para la realización de "Los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos Chapinero", el monto de cada laboratorio será asignado conforme la complejidad del laboratorio, las necesidades de cada Hito cultural concertado en la localidad y los criterios de asignación de recursos que defina el Comité Validador interno conformado para tal efecto desde la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte SCRD, amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal 982 de Abril 1 de 2026 que asciende la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($285.714.286), expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera, responsable del Presupuesto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD.

 

Que el 17 de Junio de 2026, bajo radicado 20262100349003, el Comité Validador suscribió el acta de concertación del Hito Cultural, "SENDERO BIOCULTURAL PARAÍSO ESCONDIDO", que comprende un ejercicio de planeación estratégica, participativa y corresponsable entre las personas participantes de los Laboratorios de Oportunidades Culturales y la SCRD. Este proceso se enmarca en la Estrategia de Innovación Cultural Barrios Vivos y tiene como propósito garantizar la construcción colectiva de un hito cultural, entendido como un conjunto de actividades culturales concertadas colectivamente, con alto valor simbólico, representativo, afectivo, de innovación, sostenibilidad y funcional para un territorio, que busca fortalecer el tejido social, la confianza y el sentido de pertenencia comunitario hacia su barrio, su localidad y su ciudad.

 

Que de conformidad con la Resolución No. 430 del 2 de julio de 2024 "Por la cual se modifica la Resolución No. 720 del 23 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución No. 229 de 2024 y corregida mediante la Resolución No. 245 de 2024, en el marco del plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2024- 2027 "Bogotá Camina Segura", se delegó la ordenación del gasto del proyecto de inversión 8027 denominado "Fortalecimiento de la gobernanza territorial, la participación incidente y la atención diferenciada de los grupos étnicos, etarios y sectores sociales desde las prácticas culturales en Bogotá D.C.", a la Subsecretaria de Gobernanza.

 

Que de conformidad con el parágrafo segundo del artículo primero de la Resolución No. 430 del 2 de julio de 2024, la delegación de que trata el referido acto administrativo implica la suscripción de todos los actos administrativos requeridos para el desarrollo de las convocatorias de fomento, en el marco de lo establecido en el artículo 71 de Constitución Política de 1991 y los artículos 17 y 18 de la Ley 397 de 1997.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Acoger la recomendación efectuada por el Comité Validador para seleccionar a las personas beneficiarias de los componentes descritos para los Laboratorios de Oportunidades Culturales de Barrios Vivos, de la localidad de Chapinero Pardo Rubio, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y en consecuencia otorgar el incentivo económico, como se indica a continuación:

 

No.

Actividad

Tipo de participante, representante de actividad:

Nombre del participante representante de actividad:

Tipo y Número de Documento de Identidad del representante de actividad:

Valor Incentivo:

1

Creación de identidad de marca, creación de estrategia de comunicación, creación documental audiovisual

Persona Natural

Santiago Cortes Araque

CC. 1.018.435.729

$11.000.000

2

Ruta Cian: experiencia gráfica del Sendero Biocultural Paraíso Escondido

Persona Natural

Juan Felipe Olarte Forero

C.C. 1.193.101.043

$10.000.000

3

Dejando Huella: Implementación de talleres experienciales de arte y apropiación territorial para niñas, niños y sus familias.

Persona Natural

Angie Julieth Olarte Forero

CC. 1.018.473.303

$6.500.000

4

Galería experiencial de activación, bienvenida e inmersión al Sendero Biocultural Paraíso Escondido

Persona Natural

Humber Danilo Ochoa

CC. 80.095.786

$9.000.000

5

Más por mi Barrio: Embellecimiento, emprendimiento y memoria comunitaria

Colectivo

Jeanette Caycedo Niño = Jóvenes ayudando jóvenes

CC. 52.706.749

$9.887.000

6

Diseño, producción e instalación de señalética artística, photo spot y embellecimiento del Sendero Biocultural Paraíso Escondido

Persona Natural

Vivian Jibeth Aguillon Bautista

CC. 1.000.601.680

$18.000.000

7

Jornada de activación territorial: Huellas de memoria y bienestar animal

Persona Natural

Sol Maritza Rojas Mora

CC. 51.858.821

$5.300.000

8

Experiencia escénica y pedagógica sensorial para la memoria de las mujeres del Sendero Biocultural Paraíso Escondido

Persona Natural

Diana Catalina Cordoba

CC. 52.966.988

$5.000.000

9

Minga de mujeres y niñas para la resignificación del cuidado, la memoria y los saberes comunitarios, en los lavaderos del Punto Cero

Persona Natural

Magda Lucia Rivera Joya

CC. 52.131.900

$5.200.000

10

Carpa de juegos del Sendero Biocultural Paraíso Escondido: Mediación lúdica y apropiación del territorio

Persona Natural

Ingrid Alejandra Munza Sanchez

CC. 52.426.555

$5.000.000

11

Reporteritos de Barrio: Jornada cultural de creación artística, comunicación comunitaria y apropiación del territorio.

Persona Natural

David Mauricio Zacipa Ordoñez

CC. 1.018.452.104

$8.600.000

12

Jornada comunitaria de bienestar emocional, meditación y tejido artesanal en el Sendero Biocultural

Persona Natural

Cristian Yovany Trejos Buesaquillo

CC. 1.127.071.147

$3.300.000

13

Refugio Piedra Viva: Intervención simbólica de memoria en el Sendero Biocultural Paraíso Escondido

Persona Natural

Johan Sebastian Gomez Carrillo

CC. 1.027.520.945

$3.500.000

14

Voces de los Guardianes: Memoria viva y turismo comunitario

Persona Natural

Maria Alexandra Cadena Fernandez

CC. 51.700.143

$9.500.000

15

Picnic literario: Palabras, territorio y memoria en el sendero Biocultural Paraíso Escondido

Persona Natural

Blanca Lilia Pirajan De Cruz

CC. 41.470.147

$2.570.143

16

Murales comunitarios de memoria e identidad Sendero Biocultural Paraíso Escondido

Persona Natural

Deisy Mariana Silva Amaya

CC. 1.022.357.336

$12.000.000

17

Recorrido comunitario de bienestar animal por el Sendero Biocultural Paraíso Escondido

Persona Natural

Brayan Andres Romero Urrego

CC. 1.018.471.009

$6.500.000

18

Activación Escénica y Musical en el Sendero Bio Cultural con Agrupaciones de Rap y Arte Circense.

Persona Natural

Luis Fernando Medina Ramirez

CC. 1.018.427.383

$12.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Realizar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano - Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, los trámites correspondientes para la expedición del certificado de registro presupuestal a cada uno de los beneficiarios establecidos en cada uno de los componentes por el valor del incentivo indicado en el artículo primero de la presente resolución, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 982 de Abril 1 de 2026.

 

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Asuntos Locales y Participación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, los trámites correspondientes para el pago de los incentivos económicos, de conformidad con los montos establecidos para cada uno de los beneficiarios, indicados en las respectivas actas de concertación y la "Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales".

 

PARÁGRAFO: El desembolso se hará posterior de la propuesta de hito cultural, y estará sujeto a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja -PAC-. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el beneficiario, dependiendo de su condición tributaria.

 

ARTÍCULO CUARTO: Reiterar que, con la aceptación del incentivo económico, los beneficiarios se comprometen a cumplir con los compromisos contemplados en los documentos denominados "Condiciones de Participación" y en la "Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales" en el apartado "Deberes de los beneficiarios del incentivo", y aquellos establecidos en la respectiva Acta de Concertación del Hito Cultural, teniendo en cuenta igualmente que la citada guía establece que: "(...) Todos los deberes aquí enunciados forman parte integral del rol del beneficiario como corresponsable de la acción cultural en el territorio. Su incumplimiento podrá derivar en la revocatoria del incentivo, la reconfiguración del hito o la exclusión del proceso, conforme a los criterio definidos por la SCRD.".

 

ARTÍCULO QUINTO: La fecha máxima de ejecución del Hito Cultural es hasta el 15 de julio de 2026, de conformidad con lo indicado en el acta del Hito Cultural.

 

ARTÍCULO SEXTO: El seguimiento a la ejecución de los compromisos específicos de los beneficiarios, de acuerdo con lo establecido en la GUÍA OPERATIVA DE LABORATORIOS DE OPORTUNIDADES CULTURALES, corresponderá al funcionario o contratista designado por la Dirección de Asuntos Locales y Participación.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66, 67 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA-, el contenido del presente acto administrativo a los beneficiarios señalados en el artículo primero, a través del correo electrónico registrado y autorizado para tal fin.

 

ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la herramienta Orfeo, para lo de su competencia.

 

ARTÍCULO NOVENO: Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO DÉCIMO: La presente resolución rige a partir de su expedición y contra ella procede el recurso de reposición en los términos de los artículos 74 y 76 de la Ley 1437 de 2011.

 

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 23 días del mes de junio del año 2026.

 

ANA MARÍA BOADA AYALA

 

Subsecretaria de Gobernanza

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.