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Acuerdo 258 de 2026 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
30/06/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/07/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8629 del 30 de julio de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 258 DE 2026

 

(Junio 30)

 

Por medio del cual se autoriza a la Gerente General para gestionar, contratar, dar garantías necesarias y efectuar operaciones asimiladas y conexas de deuda que se requieran

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA ESP, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUTARIAS CONSAGRADAS EN EL LITERAL A, NUMERAL 3 DEL ARTICULO 11 DEL ACUERDO 05 DE 2019 Y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Nacional 1068 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público establece en el artículo 2.2.2.2.7. las obligaciones de las Juntas o Consejos Directivos para la gestión o autorización de operaciones de crédito público. En los términos del artículo 8 de la Ley 538 de 1997. los miembros de las Juntas o Consejos Directivos de las entidades descentralizadas del orden territorial son responsables y deberán verificar al autorizar la gestión y celebración de operaciones de crédito público, el cabal cumplimiento del artículo 364 de la Constitución Política en el sentido de no exceder la capacidad de pago, tener presente la situación financiera de la entidad, las eficiencias que se generen y el uso adecuado de los recursos.

 

Que el artículo 2.2.1.2.1.6. del Decreto 1068 de 2015 señala que. La celebración de operaciones de crédito público internas y sus asimiladas por las entidades territoriales y sus descentralizadas se regirá por lo señalado en los Decretos Ley 1222 y 1333 de 1986, la Ley 358 de 1997, la Ley 617 de 2000 y demás normas que le adicionen, complementen y modifiquen según el caso.

 

Que dentro de las funciones de la Junta Directiva está la atribución financiera y el rol asociado a autorizar al Gerente General para la gestión o celebración de la autorización de las operaciones de crédito público, en virtud de lo dispuesto en el numeral 3 del literal A. De Estrategia, del articulo décimo primero del Acuerdo 05 de 2019, Estatutos de la Empresa.

 

Que en sesión de la Junta Directiva de la EAAB-ESP No. 2704 que tuvo lugar el 27 de mayo de 2026, se aprobó por unanimidad el Plan de Endeudamiento hasta por DOS BILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS CONSTANTES DE 2025 ($2.686.646.000.000).

 

Que para la ejecución del Plan de Endeudamiento se requiere autorizar a la Gerente General para gestionar, contratar, dar garantías necesarias y efectuar operaciones asimiladas y conexas de deuda, para ello, en sesión No. 2705 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, llevada a cabo el 30 de junio de 2026, por unanimidad los miembros de Junta Directiva expresaron su autorización, en este sentido.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a la Gerente General para gestionar, contratar, dar garantías necesarias y efectuar operaciones asimiladas y conexas de deuda que se requieran en operaciones de crédito público con cargo al plan de endeudamiento aprobado hasta por DOS BILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS CONSTANTES DE 2025 ($2.686.646.000.000).

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar a la Gerente General para gestionar, contratar, dar garantías necesarias y efectuar operaciones propias de manejo de deuda y de cobertura de riesgos. asimiladas y conexas se requieran para tal fin, con la correspondiente justificación y análisis de conveniencia financiera.

 

ARTICULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Acuerdo.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2026.

 

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

 

Presidente

 

HEYBY POVEDA FERRO

 

Secretaria

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.