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ACUERDO 005 DE 2026
(Julio 29)
Por el cual se autoriza a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para presentar ante la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda la solicitud de autorización de vigencias futuras ordinarias para gastos de funcionamiento
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 11 del Acuerdo 004 de 2021, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad, y
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 2 del Acuerdo 004 de 2021, mediante el cual se determinan las reglas de organización y funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, dispone que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital es un establecimiento público del orden distrital.
El numeral 4 del artículo 11 del mismo Acuerdo establece como función del Consejo Directivo aprobar anualmente los planes, programas y proyectos, así como el presupuesto de la entidad y sus modificaciones, de conformidad con la normativa distrital vigente.
El artículo 118 del Decreto Distrital 645 de 2025, mediante el cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda, dispone que, en el Distrito Capital, las autorizaciones para comprometer vigencias futuras ordinarias se regulan por el artículo 143A del Decreto Ley 1421 de 1993, adicionado por el artículo 14 de la Ley 2116 de 2021. De conformidad con esta disposición, la autorización de vigencias futuras ordinarias requiere, como mínimo, apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que sean autorizadas y, tratándose de proyectos de inversión, concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
El artículo 273 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, mediante el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024 - 2027 “Bogotá Camina Segura”, prevé la utilización de vigencias futuras para asumir compromisos con cargo a presupuestos de vigencias fiscales posteriores destinados a gastos de funcionamiento, operación o inversión de las entidades y organismos distritales, con el propósito de contribuir a la eficiencia del gasto público y a la observancia de los principios que rigen la gestión contractual.
La Resolución CONFIS Distrital 04 del 31 de julio de 2024 delegó en la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda la competencia para autorizar las solicitudes de vigencias futuras ordinarias para gastos de funcionamiento presentadas por las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, conforme el artículo 2 del Decreto Distrital 714 de 1996.
La Circular Externa DDP-000011 del 16 de agosto de 2024 establece el procedimiento para el trámite de las solicitudes de vigencias futuras ordinarias para gastos de funcionamiento de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, cuya autorización fue delegada en la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda.
La Gerencia de Tecnología presentó la solicitud de vigencias futuras ordinarias para gastos de funcionamiento correspondiente al proceso denominado "Prestación de servicios de telefonía IP con comunicaciones unificadas y canales de comunicaciones para la operación de la UAECD", con el fin de garantizar la continuidad del servicio para su trámite ante la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda.
El presupuesto oficial estimado para el proceso asciende a la suma de setecientos noventa y dos millones ochocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos noventa y nueve pesos moneda corriente ($792.857.499), de los cuales se solicita autorización de vigencia futura ordinaria para gastos de funcionamiento por valor de seiscientos veinticuatro millones trescientos un mil cuatrocientos noventa y nueve pesos moneda corriente ($624.301.499), equivalentes a quinientos noventa y ocho millones ochocientos cincuenta mil trescientos cincuenta y nueve pesos ($598.850.359) en pesos constantes.
A continuación, se presenta la distribución detallada del presupuesto y del valor solicitado como vigencia futura ordinaria:
La certificación expedida por el responsable del presupuesto de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital el quince (15) de julio de 2026 acredita que la entidad cuenta, para la vigencia fiscal 2026, con la apropiación presupuestal mínima del quince por ciento (15%) requerida para la solicitud de vigencias futuras ordinarias.
En sesión extraordinaria del 29 de julio de 2026, según consta en el Acta No. 03 de la misma fecha, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital autorizó la presentación de la solicitud de vigencias futuras ordinarias ante la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, para asumir compromisos con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal 2027.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDAN:
Artículo 1°. Autorización. Autorizar a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para presentar ante la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda la solicitud de autorización de vigencias futuras ordinarias para gastos de funcionamiento, por valor de seiscientos veinticuatro millones trescientos un mil cuatrocientos noventa y nueve pesos moneda corriente ($624.301.499), equivalentes a quinientos noventa y ocho millones ochocientos cincuenta mil trescientos cincuenta y nueve pesos ($598.850.359) en pesos constantes, con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal 2027.
Artículo 2°. Comunicaciones. Comunicar el contenido del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y a la Gerencia Corporativa de la UAECD.
Artículo 3°. Publicación. Ordenar la publicación del presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá D.C., a los 29 días del mes de julio del año 2026.
ANA MARÍA CADENA RUIZ
Presidente Consejo Directivo
LUZ ELENA RODRIGUEZ QUIMBAYO
Secretario Consejo Directivo (E)
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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