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Resolución 807 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
11/08/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/08/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8639 del 14 de agosto del 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 807 DE 2026

 

(Agosto 10)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: Bogotá danza con la región”, “Invitación Cultural Maratón creativa del Festival Rock al Parque 30 Años”, “Invitación Cultural Legados vivos: Liderazgos que transforman territorios - Artes Escénicas”, y la “Invitación Cultural Legados Vivos: Liderazgos Culturales que transforman territorios” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 649 de 2025 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

 

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

 

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

 

“(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.

 

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.

 

Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en desarrollo de la función contenida en el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”

 

Que el artículo 14, numeral 1, del citado decreto, asigna a la Subsecretaría de Gobernanza la función de: “(…) Definir las estrategias y mecanismos para articular el diseño e implementación de políticas, planes, programas y proyectos sectoriales de arte, cultura, patrimonio, deporte, recreación, actividad física en el contexto del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y de las directrices del Despacho de la Secretaría (…)”.

 

Que, en los términos del decreto en mención, la Dirección de Fomento, en el artículo 16, tendrá a su cargo, entre otras, la siguiente función: “(…) 2. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento de los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. (…)”.

 

Que el artículo 11, numeral 4, del citado decreto, asigna a la Oficina Asesora de Comunicaciones la función de “(…) Desarrollar y evaluar, en coordinación con las áreas de la Secretaría, el plan estratégico de comunicación de la entidad de acuerdo con las políticas Distritales y los objetivos estratégicos institucionales (…)”.

 

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapte a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza - Dirección de Fomento, formuló la “Invitación Cultural: Bogotá danza con la región”, en el marco de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de la Ley 1493 de 2011 y del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, con el propósito de fortalecer la circulación de la danza y promover la articulación regional entre Bogotá D.C. y el departamento de Cundinamarca, mediante el apoyo a propuestas de producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas en danza, presentadas por productoras de espectáculos públicos con domicilio principal en Bogotá y experiencia en la producción y circulación de espectáculos de danza. Así mismo, la invitación busca impulsar circuitos de circulación artística que favorezcan el acceso de públicos, el fortalecimiento de los agentes del sector y la consolidación del trabajo en red entre las comunidades creadoras.

 

Que la SCRD, a través la Oficina Asesora de Comunicaciones, en el marco de la meta 7 del proyecto de inversión 8036, la cual establece la realización de: “1.00 Plan de acción de formación, fortalecimiento, eventos territoriales, actividades comunitarias, campañas y estrategias de comunicación”; meta que demanda la ejecución de acciones permanentes de planeación, producción, divulgación y difusión de contenidos institucionales, orientadas a fortalecer el relacionamiento con la ciudadanía, promover la participación en la oferta cultural de Bogotá, razón por la cual, la OAC formuló la “Invitación Cultural Maratón creativa del Festival Rock al Parque 30 Años”, la cual está alineada con el objetivo específico de la meta proyecto para “Fortalecer el relacionamiento e impacto de las comunicaciones entre la ciudadanía y la institucionalidad que le aporten a la incidencia de las agendas culturales en la ciudad”, con base en lo anterior, esta invitación permite integrar la oferta pública cultural, promover la cobertura y difusión del Festival Rock al Parque 2026, fomentar el cubrimiento creativo, innovador y periodístico de este escenario cultural, así como reconocer la producción de contenidos de alta calidad en las categorías de crónica, fotografía y video, orientados a fortalecer la memoria, la apropiación ciudadana y el reconocimiento del valor cultural, social e histórico de los treinta (30) años del Festival Rock al Parque.

 

Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza - Dirección de Fomento, formuló la “Invitación Cultural Legados vivos: Liderazgos que transforman territorios - Artes Escénicas”, para reconocer y exaltar el legado de personas con amplia trayectoria en las artes escénicas comunitarias y barriales, cuyas acciones han contribuido al fortalecimiento de la vida cultural, la construcción de tejido social, la participación ciudadana y la transformación de los territorios de Bogotá, promoviendo la visibilización de sus procesos, la apropiación social de sus aportes y la circulación de las artes escénicas mediante recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de la Ley 1493 de 2011.

 

Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza - Dirección de Fomento, formuló la “Invitación Cultural Legados Vivos: Liderazgos Culturales que transforman territorios”, para reconocer y visibilizar el legado de líderes, lideresas y artistas vinculados a procesos de cultura comunitaria y barrial que, mediante el arte, la cultura o el patrimonio, han contribuido al fortalecimiento de la vida cultural, el tejido social, la participación ciudadana y la transformación de los territorios de Bogotá, en desarrollo del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura” y en articulación con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, mediante el otorgamiento de diez (10) incentivos económicos dirigidos a personas naturales con trayectoria e incidencia en procesos comunitarios y barriales.

 

Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en la “Invitación Cultural: Bogotá danza con la región”, “Invitación Cultural Maratón creativa del Festival Rock al Parque 30 Años”, “Invitación Cultural Legados vivos: Liderazgos que transforman territorios - Artes Escénicas” y la “Invitación Cultural Legados Vivos: Liderazgos Culturales que transforman territorios”, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:

 

Invitación

Tipo del

incentivo

No. de

incentivos

Valor individual

del incentivo

Monto total de la invitación

CDP

Dependencia

encargada de la

invitación

Invitación Cultural: Bogotá danza con la región

Económico Fijo

Dos (2)

DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000)

$400.000.000

1277 del 08 de Julio de 2026

Dirección de Fomento

Invitación Cultural Maratón creativa del Festival Rock al Parque 30 Años

Económico Fijo

Nueve (9) Incentivos distribuidos de la siguiente manera:

 

-Categoría 1 Crónica “25 años BibloRed”: Tres (3) incentivos.

 

-Categoría 2 Fotografía: Tres (3) incentivos.

 

-Categoría 3 Video: Tres (3) incentivos.

Categoría 1. Crónica “25 años BibloRed”:

a. Primer puesto: CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($5.000.000)

b. Segundo puesto: TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($3.000.000).

c. Tercer puesto: DOS MILLONES DE PESOS M/CTE, ($2.000.000).

 

Categoría 2. Fotografía:

a.      a. Primer puesto:

CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($5.000.000)

b.      b. Segundo puesto:

c.      TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($3.000.000).

d.      C. Tercer puesto:

DOS MILLONES DE PESOS M/CTE, ($2.000.000).

 

Categoría 3. Video:

a.      Primer puesto:

CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($5.000.000)

b. Segundo puesto: TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($3.000.000).

c. Tercer puesto: DOS MILLONES DE PESOS M/CTE, ($2.000.000).

$30.000.000

1314 del 29 de Julio de 2026

Oficina Asesora de Comunicaciones

Invitación Cultural Legados vivos: Liderazgos que transforman territorios - Artes Escénicas.

Económico Fijo

Diez (10)

DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($10.000.000)

$100.000.000

1302 del 27 de Julio de 2026

Dirección de Fomento

Invitación Cultural Legados Vivos: Liderazgos Culturales que transforman territorios

Económico Fijo

Diez (10)

DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($10.000.000)

$100.000.000

1348 del 4 de agosto de 2026

Dirección de Fomento

 

Que los requisitos y condiciones específicas de participación de las invitaciones que se aperturan mediante el presente acto administrativo, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/  de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, se dispone la apertura de las Invitaciones Culturales que se relacionan en el presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural: Bogotá danza con la región”, “Invitación Cultural Maratón creativa del Festival Rock al Parque 30 Años”, “Invitación Cultural Legados vivos: Liderazgos que transforman territorios - Artes Escénicas” y la “Invitación Cultural Legados Vivos: Liderazgos Culturales que transforman territorios” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

 

PARÁGRAFO: Los incentivos económicos a que hacen referencia la “Invitación Cultural: Bogotá danza con la región”, “Invitación Cultural Maratón creativa del Festival Rock al Parque 30 Años” , “Invitación Cultural Legados vivos: Liderazgos que transforman territorios - Artes Escénicas” y la “Invitación Cultural Legados Vivos: Liderazgos Culturales que transforman territorios”, se encuentran amparados con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de las Invitaciones Culturales de que trata el presente acto administrativo, se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de las Invitaciones Culturales citadas en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

 

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Fomento y la Oficina Asesora de Comunicaciones, según corresponda, los trámites requeridos para los correspondientes desembolsos de los incentivos previstos en las citadas Invitaciones Culturales de las cuales son responsables, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

 

ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las citadas invitaciones culturales en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento, Oficina Asesora de Comunicaciones y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de agosto del año 2026.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.