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Resolución 919 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Fecha de Expedición:
04/09/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/09/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.8658 del 10 de septiembre de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 919 DE 2026

 

(Septiembre 04)

 

Por la cual se modifica el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte entre rubros de funcionamiento

 

LA SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 649 De 2025

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 en su artículo 90 establece como misión para el Sector Cultura, Recreación y Deporte, garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.

 

Que el 30 de diciembre de 2025 se expidió el Decreto Distrital No. 675 "Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 1019 del 15 de diciembre del 2025.

 

Que el artículo 31°. Modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento. Durante la vigencia 2026, las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde (sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin.

 

Que, en el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Que el Decreto Distrital 649 de 2025 en concordancia con el artículo 94 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el de "...orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil."

 

Que el Decreto Distrital 192 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dicta otras disposiciones" establece en el parágrafo del “artículo 11 sobre la modificación de las apropiaciones lo siguiente: "Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada. Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación."

 

Que la Resolución SDH No 191 del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se expide el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.4. establece lineamientos para realizar los ajustes presupuestales derivados de traslados presupuestales.

 

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, por el cual se compila el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, establece que cuando fuere necesario aumentar o disminuir las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

 

Que, en el marco de la programación presupuestal de la vigencia 2026 y en cumplimiento de las directrices impartidas por la Secretaría Distrital de Hacienda en materia de la clasificación de los rubros sujetos a seguimiento de austeridad en el gasto que trata el Decreto Distrital 062 de 2024 y el bienestar institucional, se hace necesario reprogramar recursos al rubro 021202020090191191 Servicios administrativos relacionados con los trabajadores estatales, con el fin de garantizar la ejecución del Plan de Bienestar e Incentivos 2026 para las y los servidores públicos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD).

 

En consecuencia, el traslado presupuestal solicitado resulta técnica y jurídicamente procedente, toda vez que permite asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales de la SCRD y los acuerdos con organizaciones sindicales, en materia de bienestar institucional durante la vigencia 2026.

 

Que, por ello, se requiere realizar un traslado presupuestal desde el rubro 0211010100204 Prima Semestral, el cual cuenta con recursos suficientes para atender esta necesidad, sin afectar la operación ni el pago de obligaciones esenciales durante los meses restantes del año.

 

Que, este ajuste presupuestal permitirá garantizar la disponibilidad de recursos para el suministro oportuno de bonos navideños a las y los hijos de las y los servidores públicos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) conforme a los planes de bienestar y acuerdos laborales con organismos sindicales.

 

Que, por lo anterior, se solicita formalmente la ampliación del presupuesto del rubro 021202020090191191 Servicios administrativos relacionados con los trabajadores estatales, con el fin de asegurar la adecuada financiación de las actividades de bienestar necesarias para funcionarios de la SCRD durante la vigencia 2026.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte requiere modificar el presupuesto y en consecuencia efectuar traslado de recursos entre rubros de funcionamiento por la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS m/cte. ($ 11.634.960).

 

Que mediante comunicación 2026EE87094401 del 31 de agosto de 2026, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación del presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para la presente vigencia fiscal, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.

 

Que, en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2026, por valor de ONCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS m/cte. ($ 11.634.960), según el siguiente detalle:

 

CONTRACREDITOS

 

 

 

Artículo 2. Ordenar a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte remitir copia de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Artículo 3. Ordenar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.

 

Artículo 4. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en Régimen Legal de Bogotá.

 

Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y contra ella no proceden los recursos de Ley, de conformidad con el artículo 75 de la Ley No. 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 04 días del mes de septiembre del año 2026.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.