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Resolución 009 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/08/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 009 DE 2025

 

(Agosto 19)

 

Por medio de la cual se delega el liderazgo de la organización y realización del 'Día Mundial de las Ciudades 2025

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 315 de la Constitución Política, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, los numerales 3 y 6 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, y de conformidad con la ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 enlista las atribuciones del Alcalde Mayor y, en su numeral 3 estipula, entre otras, la de: "(...) dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito. (...)".

 

Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 dispone que: "(...) las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, específicamente con la Ley 489 de 1998."

 

Que en el marco del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 "Bogotá Camina Segura" (Acuerdo Distrital 927 de 2024), la ciudad ha reafirmado su compromiso con el desarrollo sostenible, la inclusión social y la gobernanza urbana eficiente, impulsando una agenda internacional robusta que reconoce a Bogotá como actor estratégico en la solución de los desafíos urbanos contemporáneos.

 

Que, entre los pilares del Plan, se destacan los enfoques de seguridad integral, sostenibilidad territorial, participación ciudadana y fortalecimiento institucional, todos ellos con una perspectiva transversal de internacionalización e innovación urbana.

 

Que la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución A/RES/68/239 del año 2013, estableció el "Día Mundial de las Ciudades" y se celebra desde el 2014, cada 31 de octubre, en una ciudad distinta. Dicho esto, también forma parte de la implementación de la Agenda Hábitat y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y tiene como lema central "Mejor ciudad, mejor vida".


Que, la ONU-Hábitat abrió una convocatoria para ciudades interesadas en ser sede para el año 2025, definiendo una serie de requisitos relacionados con la capacidad logística y experiencia en eventos internacionales. En septiembre de 2024, el Distrito Capital de Bogotá se postuló oficialmente y, en noviembre de dicho año, ONU-Hábitat seleccionó a esta ciudad como sede.

 

Que, mediante oficio del 13 de junio de 2025 (Radicado No. 2-2025-15325), el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., indicó que: "La coordinación general del evento estará a cargo de la Secretaria Distrital del Hábitat, en virtud de las funciones que le asigna el Acuerdo Distrital 257 de 2006 del Concejo de Bogotá. En su artículo 111, este señala que el Sector Hábitat tiene como misión "(...) garantizar la planeación, gestión, control, vigilancia, ordenamiento y desarrollo armónico de los asentamientos humanos de la ciudad".

 

Que, a su vez, el artículo 115 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 dispone que la Secretaría Distrital de Hábitat es un organismo del nivel central con autonomía administrativa y financiera, encargado de "formular las políticas de gestión del territorio urbano y rural en orden a aumentar la productividad del suelo urbano, garantizar el desarrollo integral de los asentamientos y de las operaciones y actuaciones urbanas integrales, facilitar el acceso de la población a una vivienda digna y articular los objetivos sociales económicos de ordenamiento territorial y de protección ambiental (...)".

 

Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto Distrital 121 de 2008, la política del Hábitat comprende el conjunto de objetivos, estrategias, planes, programas y proyectos a cargo de las entidades y personas que integran dicho Sector, orientados a la planeación, gestión, control, vigilancia, ordenamiento y desarrollo armónico de los asentamientos humanos de la ciudad, así como a la provisión de soluciones de vivienda y a la adecuada prestación de los servicios públicos domiciliarios. En el marco de dicha política, la Secretaria Distrital del Hábitat ejerce el liderazgo en la coordinación de iniciativas estratégicas y en la canalización de recursos normativos, presupuestales, técnicos, humanos y operativos, lo que le permite ser la entidad idónea para liderar la realización del "Día Mundial de las Ciudades 2025" en Bogotá, garantizando que este evento contribuya al desarrollo urbano sostenible y a la articulación con la agenda internacional en materia de hábitat.

 

Que al ser seleccionada Bogotá como ciudad Sede, se inició la negociación del Acuerdo Sede entre la República de Colombia y ONU-Hábitat, estableciendo los compromisos mutuos. Además, se identificó la necesidad de suscribir por parte del Distrito Capital un concepto de plena capacidad y competencias legales, técnicas, operativas y financieras para asumir las responsabilidades logísticas y económicas previstas en el Acuerdo Sede a suscribirse entre ONU Hábitat y el Ministerio de Relaciones Exteriores, lo cual se hizo el día 15 de julio de 2025.

 

Que, en consecuencia, la Secretaria Distrital del Hábitat es el organismo del Distrito Capital llamado a liderar y coordinar con ONU-Hábitat la celebración del Día Mundial de las Ciudades, promoviendo espacios de articulación con otras ciudades que propicien un diálogo global frente a los desafíos del desarrollo urbano sostenible en Bogotá y permitan recoger aprendizajes a partir de las experiencias de otras partes del mundo.

 

Que, considerando que la organización del evento está a cargo del Distrito Capital y siendo el alcalde mayor su representante legal, se hace necesario delegar el liderazgo de las gestiones tendientes a la realización del "Día Mundial de las Ciudades 2025", a celebrarse en Bogotá en el mes de octubre de 2025.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Objeto. Delegar en el/la Secretario/a Distrital del Hábitat el liderazgo de la organización y realización del "Día Mundial de las Ciudades", a celebrarse en Bogotá en el mes de octubre de 2025.

 

Artículo 2. Comunicación. Comuníquese la presente resolución al despacho de la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

Artículo 3. Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su comunicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de agosto del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en los anexos.