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RESOLUCIÓN 381 DE 2026
(Septiembre 16)
Por la cual se modifica la conformación del Comité de Seguridad Vial - del PESV en la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A.
EL GERENTE GENERAL DE TRANSMILENIO S. A.
En uso de sus facultades conferidas en el artículo 5º del Acuerdo 05 de 2025 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A.; y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente, en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la Ley.
Que la Ley 1503 de 2011 "Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones", contiene los lineamientos generales en educación, responsabilidad social empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover en las personas la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y, en consecuencia, la formación de criterios autónomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la vía pública.
Que el articulo 12 ibidem, modificado por el artículo 110 del Decreto 2106 de 2019 "Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública", referente al diseño, implementación y verificación del Plan Estratégico de Seguridad Vial dispone que:
Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administre personal de conductores, deberá diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial en función de su misionalidad y tamaño, de acuerdo con la metodología expedida por el Ministerio de Transporte y articularlo con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST [...]
Que el Decreto 1079 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte", en su artículo 2.3.2.3.2., dispone que las entidades, organizaciones o empresas del sector público o privado de las que trata el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el artículo 110 del Decreto Ley 2106 de 2019, deberán diseñar e implementar su Plan Estratégico de Seguridad Vial de acuerdo con su misionalidad y tamaño, así como articularlo con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, de conformidad con la metodología adoptada por el Ministerio de Transporte.
Que el Ministerio del Transporte, mediante la Resolución N°. 20223040040595 de 2022, adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial - PESV y se dictan otras disposiciones.
Que el Anexo de la Resolución No. 20223040040595 de 2022, contentivo de la "Metodología para el Diseño, Implementación y Verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial - PESV", en el Paso 2. Comité de Seguridad Vial, establece que los miembros del Comité de Seguridad Vial serán designados por el nivel directivo de la organización y que este estará conformado por al menos tres (3) personas con poder de decisión, incluyendo al líder del diseño e implementación del PESV.
Que mediante la Resolución No. 039 del 30 de enero de 2026, se conformó el Comité de Seguridad Vial - PESV de TRANSMILENIO S.A. y se designaron sus integrantes, con el propósito de articular y gestionar las acciones relacionadas con el diseño, implementación, seguimiento y mejora del Plan Estratégico de Seguridad Vial, de conformidad con la metodología adoptada por el Ministerio de Transporte.
Que, de acuerdo con las necesidades de articulación institucional identificadas para el adecuado desarrollo y seguimiento del Plan Estratégico de Seguridad Vial - PESV de TRANSMILENIO S.A., se considera necesario fortalecer la conformación del Comité de Seguridad Vial mediante la incorporación de la Subgerencia de Infraestructura, en atención a las funciones y competencias asociadas a dicha dependencia y su relación con los aspectos de seguridad vial a cargo de la Entidad. Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la conformación del Comité de Seguridad Vial - PESV establecida en la Resolución No. 039 del 30 de enero de 2026, exclusivamente en lo relacionado con la incorporación de la Subgerencia de Infraestructura como integrante del mismo, manteniéndose vigentes las demás disposiciones contenidas en dicho acto administrativo.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. OBJETO. Modificar la conformación del Comité de Seguridad Vial - PESV de TRANSMILENIO S.A., establecida mediante la Resolución No. 039 del 30 de enero de 2026, mediante la incorporación de la Subgerencia de Infraestructura como integrante del Comité, de conformidad con lo señalado en la presente resolución.
ARTÍCULO 2. CONFORMACIÓN. El Comité de Seguridad Vial estará conformado por los funcionarios que ocupen los cargos que se relacionan a continuación; estos integrantes participarán con voz y voto y serán miembros permanentes del Comité, mientras así lo determine el nivel directivo o hasta que se presenten cambios estructurales en la organización o modificaciones normativas que afecten su composición.
Integrantes Comité de Seguridad Vial:
Subgerente General
Subgerente de Infraestructura
Director(a) Técnico(a) Troncal
Director(a) Técnico(a) Zonal
Director(a) Técnico(a) de Seguridad
Director(a) de Representación Judicial y Extrajudicial
Director(a) Corporativo(a)
Director(a) TIC
Subdirector(a) de Talento Humano
PARAGRAFO 1: La participación en el Comité de Seguridad Vial - PESV estará asociada al ejercicio del respectivo cargo. En consecuencia, los cambios de la persona que ejerza el cargo no requerirán la modificación de la presente resolución, sin perjuicio de las comunicaciones internas que correspondan para efectos de su conocimiento, participación y cumplimiento de las funciones asignadas al Comité.
ARTÍCULO 6. (SIC) COMUNICACIÓN. Comuníquese la presente resolución a quien ejerza el cargo de Subgerente de Infraestructura de TRANSMILENIO S.A., para su conocimiento y participación en el Comité de Seguridad Vial - PESV.
ARTÍCULO 7. (SIC) DIVULGACIÓN. La presente resolución será divulgada a través de los medios institucionales de TRANSMILENIO S.A., para conocimiento de los interesados.
ARTÍCULO 8. (SIC) DISPOSICIONES. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. 039 del 30 de enero de 2026 que no sean objeto de modificación mediante la presente resolución continuarán vigentes y producirán plenos efectos.
ARTÍCULO 9. (SIC) VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de publicación.
Dada en la ciudad Bogotá, D.C. a los 16 días del mes de septiembre del año 2026.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
PEDRO MAURICIO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ
GERENTE GENERAL
Nota: Ver norma original en los anexos. |