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Resolución 354 de 2026 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Fecha de Expedición:
16/09/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/09/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8678 del 09 de octubre del 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 354 DE 2026

 

(Septiembre 16)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2026

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que el artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del alcalde o alcaldesa local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

 

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 1° de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General, para efectuar los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2026, la autorización es hasta $353.682.810, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que, el parágrafo primero del artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025, exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

 

“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.

 

Que artículo 31 del Decreto Distrital 675 de 2025, dispone acerca de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento, indicando que respecto de la liquidación del presupuesto del Distrito de Bogotá para vigencia 2.026, se permite hacer modificaciones presupuestales al interior de los componentes de gastos, señalando lo siguiente:

 

“Durante la vigencia 2026, las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del (de la) Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin”

 

Que, la entidad requiere realizar un traslado presupuestal de gastos de funcionamiento al interior de los rubros de gastos de personal y de gastos generales. En virtud de lo establecido en el Artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025, el numeral 3.2.1.4.2. de la Resolución SHD No. 191 del 22 de septiembre de 2017 - Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, el Instituto Distrital de Turismo se propone efectuar un traslado presupuestal por valor de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($288.587.039).

 

Que, la presente justificación económica se fundamenta en la necesidad de realizar un traslado presupuestal de gastos de funcionamiento, por valor de DOSCIENTOS DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($216.383.599), con el fin de garantizar la disponibilidad de recursos requerida para atender oportunamente las obligaciones derivadas de la nómina de la Entidad, correspondientes a los conceptos de bonificación especial de recreación, prima secretarial, prima de Navidad y aportes a la seguridad social en pensiones públicas, de acuerdo con la proyección de los gastos de personal y las necesidades identificadas para la adecuada liquidación y pago de las obligaciones laborales y de seguridad social a cargo del Instituto Distrital de Turismo.

 

Que, con el propósito de garantizar los recursos requeridos para la vinculación formativa de cinco (5) estudiantes que realizarán prácticas laborales en el Instituto Distrital de Turismo, en el marco de la convocatoria Parche Distrito IDT 2026-II, durante un periodo de seis (6) meses y con una asignación mensual de $1.750.905 por estudiante, se requiere fortalecer la apropiación presupuestal destinada al apoyo de sostenimiento por valor de VEINTICUATRO MILLONES CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($24.043.440). Lo anterior, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley 2043 de 2020, la Ley 1780 de 2016 y la Resolución SDH-000002 de 2023, y atendiendo la necesidad de garantizar los recursos para la vinculación y permanencia de los estudiantes durante el periodo previsto para el desarrollo de sus prácticas laborales en la Entidad.

 

Que, con el propósito de garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la entrega de dotación a los servidores públicos que cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente, y de acuerdo con la necesidad identificada por el proceso de Talento Humano, se requiere fortalecer la apropiación presupuestal para atender la adquisición de vestuario por valor de QUINIENTOS TREINTA MIL PESOS M/CTE ($530.000) y calzado por valor de TRESCIENTOS TREINTA MIL PESOS M/CTE ($330.000), correspondientes a la dotación de los servidores con derecho a esta prestación durante dos (2) periodos de la vigencia 2026.

 

En consecuencia, se requiere efectuar un traslado presupuestal por valor de OCHOCIENTOS SESENTA MIL PESOS M/CTE ($860.000), con el fin de garantizar la disponibilidad de recursos necesaria para atender oportunamente la obligación.

 

Que, en atención a la dinámica misional del Instituto Distrital de Turismo y al incremento de las necesidades de desplazamiento de los servidores públicos para el desarrollo de actividades de promoción turística, participación en ferias y eventos, ruedas de negocios, captación de eventos y articulación de iniciativas turísticas de la Región Metropolitana, se requiere fortalecer los recursos destinados a viáticos de los funcionarios en comisión, con el fin de atender los gastos de alojamiento, manutención y demás gastos de viaje derivados de las comisiones de servicio autorizadas durante la vigencia 2026.

 

Por consiguiente, se requiere efectuar un traslado presupuestal por valor de TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($38.500.000), de conformidad con las disposiciones presupuestales y las escalas de viáticos vigentes, garantizando así la disponibilidad de recursos para el desarrollo de las actividades misionales que requieren desplazamiento de los servidores de la Entidad.

 

Que, en atención a las necesidades operativas y misionales del Instituto Distrital de Turismo y considerando la incorporación de un (1) vehículo adicional al parque automotor de la Entidad, se requiere fortalecer la disponibilidad de recursos destinada al suministro de combustible necesario para el desarrollo de las actividades institucionales. Por lo cual, se requiere efectuar un traslado presupuestal por valor de OCHO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($8.800.000), con el fin de garantizar los recursos necesarios para adelantar la contratación del suministro de combustible mediante el instrumento de agregación de demanda correspondiente y asegurar la continuidad de la operación de los vehículos destinados al cumplimiento de las actividades misionales de la Entidad.

 

De esta manera, como se indicó anteriormente, la presente modificación presupuestal se realiza entre rubros de Gastos de Funcionamiento al interior de los rubros presupuestales de gastos de personal y gastos generales; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al artículo 31 del Decreto 675 de 2025.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Modificado por el art. 1, Resolución 356 de 2026. <El nuevo texto es el siguiente> Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($288.587.039), entre los rubros presupuestales dispuestos en el plan de cuentas.

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CRÉDITOS

CODIGO

NOMBRE

VALOR

O211010300103

Bonificación especial de recreación

21.796.692

O2110103068

Prima secretarial

411.312

O21101010010801

Prima de navidad

74.175.595

O211010200101

Aportes a la seguridad social en pensiones públicas

120.000.000

O2110103190

Apoyo de sostenimiento prácticas laborales

24.043.440

O2120201002

Productos alimenticios, bebidas y tabaco; textiles, prendas de vestir y productos de cuero

860.000

O2120202010

Viáticos de los funcionarios en comisión.

38.500.000

O212020100303333110 1

Gasolina motor corriente

8.800.000

 

TOTAL

288.587.039

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CONTRACRÉDITOS

CODIGO

NOMBRE

VALOR

O211010100204

Prima semestral

85.989.581

O2110103005

Reconocimiento por permanencia en el servicio público - Bogotá D.C.

10.394.018

O211010100101

Sueldo básico

24.043.440

O211010200102

Aportes a la seguridad social en pensiones privadas

120.000.000

O21202020070272112

Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opc

34.360.000

O21202020080585330

Servicios de limpieza general

13.800.000

 

TOTAL

288.587.039

 

El texto original era el siguiente:

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($288.587.039), entre los rubros presupuestales dispuestos en el plan de cuentas.

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CRÉDITOS

CODIGO

NOMBRE

VALOR

O211010300103

Bonificación especial de recreación

21.796.692

O2110103068

Prima secretarial

411.312

O21101010010801

Prima de navidad

74.175.595

O211010200101

Aportes a la seguridad social en pensiones públicas

120.000.000

O2110103190

Apoyo de sostenimiento prácticas laborales

24.043.440

O2120201002

Productos alimenticios, bebidas y tabaco; textiles, prendas de vestir y productos de cuero

860.000

O2120202010

Viáticos de los funcionarios en comisión.

38.500.000

O2120201003033331101

Gasolina motor corriente

8.800.000

TOTAL

288.587.039

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

CONTRACRÉDITOS

CODIGO

NOMBRE

VALOR

O211010100204

Prima semestral

85.989.581

O2110103005

Reconocimiento por permanencia en el servicio público - Bogotá D.C.

10.394.018

O211010200102

Aportes a la seguridad social en pensiones privadas

120.000.000

O21202020070272112

Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opc

58.403.440

O21202020080585330

Servicios de limpieza general

13.800.000

TOTAL

288.587.039

  

Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de septiembre del año 2026.

 

ANGELA GARZON CAICEDO

 

Directora General

 

Nota: Ver norma original en Anexos.