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RESOLUCIÓN 356 DE 2026
(Septiembre 21)
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 354 del 16 de septiembre del Instituto Distrital de Turismo
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 109 del Decreto Distrital 645 del 2025, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.
Que, mediante la Resolución 354 del 16 de septiembre de 2026, la entidad efectuó traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($288.587.039), entre los rubros presupuestales dispuestos en el plan de cuentas.
Que, una vez realizada la revisión y verificación de la disponibilidad y ejecución presupuestal de los rubros inicialmente contemplados como contracrédito del traslado respecto a los gastos generales, se determinó modificar el rubro objeto de disminución de partida, sustituyendo parcialmente el concepto de arrendamiento inicialmente previsto por valor de $58.403.440, por el rubro O211010100101 - Sueldo básico por valor de 24.043.440, toda vez que del análisis de la ejecución y proyección de los gastos de personal se evidenció disponibilidad presupuestal reorientada, sin comprometer los recursos requeridos para atender las obligaciones salariales proyectadas para la vigencia. En consecuencia, se considera procedente utilizar dicho saldo como fuente de financiación para atender la apropiación requerida en el rubro correspondiente O2110103190 Apoyo de sostenimiento prácticas laborales, manteniendo el valor total del traslado presupuestal establecido en la Resolución del IDT No. 354 del 16 de septiembre de 2026.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025, las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación que no modifiquen el monto agregado de las apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión se efectuarán mediante el acto administrativo correspondiente y, tratándose de establecimientos públicos del Distrito, mediante resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Así mismo, el parágrafo de la citada disposición establece excepciones al concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto para los traslados presupuestales de gastos de funcionamiento realizados al interior de cada uno de los rubros allí expresamente señalados, entre ellos, los factores constitutivos de salario, las remuneraciones no constitutivas de factor salarial, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, y la adquisición de servicios.
Que, en el presente caso, la modificación de la fuente de financiación corresponde a un cambio del rubro objeto de contracrédito, pasando de un concepto asociado a la adquisición de servicios a un rubro correspondiente a factores constitutivos de salario, sin modificar el monto total de las apropiaciones de funcionamiento de la Entidad. En tal sentido, la modificación se efectúa en el marco de las competencias y procedimientos presupuestales aplicables, atendiendo las disposiciones contenidas en el artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025.
De esta manera, resulta procedente modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución del IDT No. 354 del 16 de septiembre de 2026, cambiando un rubro objeto de contracrédito sin modificar el monto total de las apropiaciones de funcionamiento de la Entidad. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución del IDT No. 354 del 16 de septiembre de 2026, el cual quedará así:
Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($288.587.039), entre los rubros presupuestales dispuestos en el plan de cuentas.
Parágrafo: Las demás disposiciones de la Resolución del IDT No. 354 del 16 de septiembre de 2026, continúan vigentes.
Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.
Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 21 días del mes de septiembre del año 2026.
ANGELA GARZON CAICEDO
Directora
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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