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Resolución 1032 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
30/09/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1032 DE 2026

 

(Septiembre 30)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación Cultural: Ruta a Mercados Escénicos Internacionales - Cultura que Trasciende” y la “Invitación Cultural: 100 años de Gabo en Escena. Todas las culturas cuentan”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 649 de 2025 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:

 

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

 

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

 

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece:

 

“(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”.

 

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte”, dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.

 

Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, en desarrollo de la función contenida en el numeral 10 del artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025, lo siguiente: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.”

 

Que el artículo 7, numeral 1, del Decreto Distrital 649 de 2025, asigna al Despacho del Secretario la función de: “(...) Formular y adoptar de manera articulada las políticas, planes, programas y proyectos en los campos del arte, la cultura, el patrimonio cultural, la recreación, el deporte y la actividad física del Distrito Capital.(...)”.

 

Que el artículo 14, numeral 1, del citado decreto, asigna a la Subsecretaría de Gobernanza la función de: “(…) Definir las estrategias y mecanismos para articular el diseño e implementación de políticas, planes, programas y proyectos sectoriales de arte, cultura, patrimonio, deporte, recreación, actividad física en el contexto del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y de las directrices del Despacho de la Secretaría (…)”.

 

Que en los términos del decreto en mención, la Dirección de Fomento, en el artículo 16, tendrá a su cargo, entre otras, la siguiente función: “(…) 2. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento de los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. (…)”.

 

Que el artículo 26, numeral 1 del Decreto Distrital 649 de 2025, asigna a la Dirección de Lectura y Bibliotecas la función de: “(...) Liderar el diseño e implementación de las políticas públicas de fomento en lectura, escritura y cultura digital, proponer su adopción, y orientar los procesos de concertación, así como realizar su seguimiento y evaluación. (...)”.

 

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de una oferta que se adapte a las necesidades particulares o distritales, así como las concertaciones poblacionales, sectoriales o territoriales, sectores sociales o agentes de la ciudad. Este mecanismo le permite a las organizaciones, agrupaciones, colectivos o personas, encontrar distintos medios para acceder a recursos económicos o en especie (talleres, fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio o mesas colaborativas, seminarios o eventos de interés, entre otros); así como a espacios que les faciliten iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la SCRD, a través del Despacho del Secretario – Asuntos Internacionales y Cooperación y la Subsecretaría de Gobernanza, formuló la “Invitación Cultural: Ruta a Mercados Escénicos Internacionales - Cultura que Trasciende”, en el marco de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de la Ley 1493 de 2011, del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura” y lo dispuesto en el artículo 180 del Decreto Distrital 649 de 2025, relativo a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, con el propósito de fortalecer el ecosistema musical bogotano mediante el apoyo a iniciativas de producción y circulación de músicos o agrupaciones de Bogotá en los mercados internacionales especializados de la música BIME Bilbao y WOMEX, presentadas por personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, con domicilio en Bogotá D.C., que acrediten mínimo tres (3) años de trayectoria en la realización de proyectos musicales, incluida experiencia en mercados internacionales de música consolidados, y que se encuentren registradas como productoras en el Portal Único de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas – PULEP.

 

Que la “Invitación Cultural: Ruta a Mercados Escénicos Internacionales - Cultura que Trasciende busca ampliar la presencia del talento bogotano en escenarios globales y consolidar a Bogotá como epicentro creativo y diverso, en articulación con la Coordenada 5 del Plan de Cultura de Bogotá: Una Brújula Hacia 2038.

 

Que la SCRD, a través de la Subsecretaría de Gobernanza - Dirección de Lectura y Bibliotecas, formuló la “Invitación Cultural: 100 años de Gabo en Escena. Todas las culturas cuentan”, en el marco de los recursos de la Contribución Parafiscal Cultural de la Ley 1493 de 2011, del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura” y lo dispuesto en el artículo 180 del Decreto Distrital 649 de 2025, relativo a la administración y ejecución de los recursos de la contribución parafiscal cultural, con el propósito de promover la producción y la circulación de obras o puestas en escena de las artes escénicas previamente creadas, el diálogo creativo interdisciplinar y el reconocimiento del talento local, en el marco de la celebración del centenario del natalicio de Gabriel García Márquez en 2027.

 

Que la “Invitación Cultural: 100 años de Gabo en Escena. Todas las culturas cuentan”, se desarrolla a través de cuatro (4) categorías: “Realismos mágicos en escena”, “Pequeñas historias, grandes mundos”, “Caravana de Melquíades” y “La bendita manía de contar”, dirigidas a agrupaciones y personas jurídicas según lo establecido para cada categoría, y se articula con la Coordenada 1 del Plan de Cultura de Bogotá: Una Brújula Hacia 2038 “Todas las culturas, todas las personas y todos los territorios cuentan”.

 

Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en la “Invitación Cultural: Ruta a Mercados Escénicos Internacionales - Cultura que Trasciende” y en la “Invitación Cultural: 100 años de Gabo en Escena". Todas las culturas cuentan”, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación:

 

Invitación

Tipo de incentivo

No. De incentivos

Valor individual del incentivo

Monto total de la invitación

CDP

Dependencia encargada de la invitación

Invitación Cultural: Ruta a Mercados Escénicos Internacionales - Cultura que Trasciende

Económico Fijo

Uno (1)

DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000)

$250.000.000

1487 del 31 de agosto de 2026

Despacho del Secretario - Asuntos Internacionales y Cooperación – Subsecretaría de Gobernanza

Invitación Cultural: 100 años de Gabo en Escena. Todas las culturas cuentan

Económico Fijo

Cinco (5) incentivos distribuidos de la siguiente manera:

 

Categoría 1 “Realismos mágicos en escena”: Un (1) incentivo.

 

Categoría 2 “Pequeñas historias, grandes mundos”: Un (1) incentivo

 

Categoría 3 “Caravana de Melquíades”: Un (1) incentivo

 

Categoría 4 “La bendita manía de contar”: Dos (2) incentivos.

Categoría 1. Realismos mágicos en escena: Un (1) incentivo de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000)

 

Categoría 2. Pequeñas historias, grandes mundos: Un (1) incentivo de CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000)

 

Categoría 3. Caravana de Melquíades: Un (1) incentivo de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000)

 

Categoría 4. La bendita manía de contar: Dos (2) cada uno por valor de VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($20.000.000) cada uno

$390.000.000

1607 del 23 de septiembre de 2026

($350.000.000)

1626 del 23 de septiembre de 2026

($40.000.000)

Subsecretaría de Gobernanza – Dirección de Lectura y Bibliotecas

 

Que los requisitos y condiciones específicas de participación de las invitaciones que se aperturan mediante el presente acto administrativo, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/  de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, se dispone la apertura de las Invitaciones Culturales que se relacionan en el presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la “Invitación Cultural: Ruta a Mercados Escénicos Internacionales - Cultura que Trasciende” y la “Invitación Cultural: 100 años de Gabo en Escena. Todas las culturas cuentan” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

 

PARÁGRAFO: Los incentivos económicos a que hacen referencia la “Invitación Cultural: Ruta a Mercados Escénicos Internacionales - Cultura que Trasciende” y la “Invitación Cultural: 100 años de Gabo en Escena. Todas las culturas cuentan” se encuentran amparados con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal relacionados en la parte motiva del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de las Invitaciones Culturales de que trata el presente acto administrativo, se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de las Invitaciones Culturales citadas en el presente acto administrativo se podrán realizar mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/, con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

 

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Fomento, la Dirección de Lectura y Bibliotecas, el Despacho del Secretario - Asuntos Internacionales y Cooperación, y la Subsecretaría de Gobernanza, los trámites requeridos para los correspondientes desembolsos de los incentivos previstos en las citadas Invitaciones Culturales, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

 

ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las citadas invitaciones culturales en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, al Despacho del Secretario, a la Subsecretaría de Gobernanza, a la Dirección de Fomento, a la Dirección de Lectura y Bibliotecas y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C, a los 30 días del mes de septiembre del año 2026.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.