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Resolución 148 de 2026 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A - Oficina Asesora de Planeación

Fecha de Expedición:
06/10/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/10/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8681 del 14 de octubre del 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 148 DE 2026

 

(Mayo 06)

 

Por la cual se actualiza en el sistema de gestión de la entidad el documento "Política de prevención y lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo y de administración del SARLAFT de TRANSMILENIO S. A. (L-OP-001)"

 

LA JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO – “TRANSMILENIO S. A.”

 

En uso de sus facultades conferidas en el 5º de la Resolución 342 de 2025 y en el artículo 10º del Acuerdo 05 de 2025 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A. y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Constitución Política en su artículo 209, establece: «…La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley…»

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente, en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la Ley.

 

Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 2º del Acuerdo Distrital 004 de 1999 modificado por el artículo 135 del Acuerdo 927 de 2024: «corresponde a TRANSMILENIO S. A. la gestión, organización y planeación del Servicio de Transporte Público Masivo Urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la multimodalidad de transporte, en las condiciones que señalen las normas vigentes, las autoridades competentes y sus propios estatutos…»

 

Que de acuerdo con el artículo 350 del Decreto 652 de 2025, TRANSMILENIO S. A. cuenta con la facultad para fijar las condiciones técnicas y operativas para el funcionamiento del Sistema y ejerce el control de la operación a través de los instructivos y reglamentos de carácter general que expida, tal como lo prevé el artículo 351 ibídem.

 

Que el artículo 2.2.22.1.1 del Decreto 1499 de 2017 estableció: … “El Sistema de Gestión, creado en el de la Calidad, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad” y en virtud de ello, se adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, siendo el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos.

 

Que, cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., el cual permite contar con una herramienta útil y adecuada como mecanismo de desarrollo organizacional, para servir de guía a quienes lo consulten y a la vez facilitar la difusión y aplicación de procesos estandarizados al interior de toda la entidad en todas sus áreas.

 

Que, de conformidad con sus atribuciones legales y estatutarias, y acorde con la autonomía propia de las entidades descentralizadas, la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A., de manera unánime, aprobó mediante el Acuerdo 05 de 2025, la reformulación de la estructura organizacional de la Empresa, con fundamento en los conceptos técnicos favorables de la Secretaría General, del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y de la Secretaría de Hacienda Distrital.

 

Que de conformidad con el artículo décimo del Acuerdo No. 05 de 2025 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A., corresponde a la Oficina Asesora de Planeación liderar la formulación y seguimiento de planes estratégicos de la Empresa, buscando que los proyectos de inversión estén alineados con las políticas institucionales, el Plan Distrital de Desarrollo, los Planes Interinstitucionales y demás instrumentos de planeación; liderar el seguimiento a objetivos y resultados empresariales, así como la formulación de riesgos y la implementación de los sistemas de gestión y desempeño, promoviendo la innovación y uso efectivo del conocimiento en la organización.

 

Que de conformidad con el artículo 5º de la Resolución 342 de 2025 corresponde a la Jefe de la Oficina Asesora de Planeación adoptar las actualizaciones necesarias del Manual de Procedimientos de la entidad.

 

Que a través de la herramienta utilizada para tal fin en TRANSMILENIO S.A. se gestionan, se oficializan y se publican los documentos que forman parte del sistema de gestión de la entidad.

 

Que, en cumplimiento de la Resolución 2328 de 2025, emitida por la Superintendencia de Transporte de Colombia, se requiere actualizar la Política de prevención y lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo y de administración del SARLAFT de TRANSMILENIO S. A. (L-OP-001), con el fin de asegurar la alineación de la Entidad con los nuevos estándares regulatorios establecidos por la autoridad competente y fortaleciendo los mecanismos de prevención, detección y control de estos riesgos.

 

Así mismo, esta actualización permite incorporar cambios normativos, mejorar la gestión del riesgo en TRANSMILENIO S.A., optimizar los procedimientos internos y asegurar la debida diligencia en las operaciones, contribuyendo así a la transparencia, la integridad institucional y la mitigación de posibles sanciones legales y reputacionales.

 

Que la Política de prevención y lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo y de administración del SARLAFT de TRANSMILENIO S. A. (L-OP-001), cuenta con las siguientes versiones

 

Código

Versión

Fecha de adopción

M-OP-004 

0

28-dic-2022

L-OP-001

2

21-dic-2023

L-OP-002

2

1-ago-2024

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1°. APROBACIÓN: La actualización de la Política de prevención y lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo y de administración del SARLAFT de TRANSMILENIO S. A. (L-OP- 001), fue elaborada por las áreas responsables y aprobada en el marco del Comité Institucional de Gestión y Desempeño que sesionó el 4 de mayo del presente año.

 

ARTÍCULO 2° ADOPCIÓN: Adoptar la versión 3 de la Política de prevención y lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo y de administración del SARLAFT de TRANSMILENIO S. A. (L-OP001), a cargo de la Gerencia y la Oficina Asesora de Planeación. 

 

ARTÍCULO 3°. OBJETO DEL DOCUMENTO: La Política de prevención y lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo y de administración del SARLAFT de TRANSMILENIO S. A. (L-OP-001), tiene como propósitos:

 

- Establecer los lineamientos generales para el eficiente y oportuno funcionamiento del SARLAFT, en cumplimiento de la Resolución 2328 de 2025 o las que la modifiquen o sustituyan.

 

- Impulsar una cultura de prevención del riesgo, mediante la promoción de los valores y prácticas que contribuyan el cumplimiento de medidas legales, regulatorias y operativas para prevenir y detectar el LA/FT.

 

- Incorporar criterios de identificación, análisis y evaluación de riesgos asociados al LA/FT en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y el esquema de las tres líneas de defensa. Asociar y articular a la gestión de riesgos existentes en TRANSMILENIO S. A., los criterios para la identificación, análisis y evaluación de los riesgos asociados al LA/FT, en el marco del fortalecimiento del Modelo Estándar de Control Interno (MECI) a través del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y al esquema de las tres líneas de defensa establecidas en el MIPG, para prevenirlo y mitigarlo.

 

- Fortalecer la integración de la gestión de prevención de LA/FT con las acciones que desarrollen las demás instituciones y autoridades competentes, procurando la interoperabilidad tecnológica y la trazabilidad de alertas.

 

- Fortalecer la gestión de riesgos y el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) a través del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

 

- Fortalecer la transparencia institucional y proteger el buen nombre y patrimonio de TRANSMILENIO S. A.

 

ARTÍCULO 4°. La presente Resolución deberá ser publicada en la imprenta distrital y rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C. a los 06 días de mes de mayo del año 2026.

 

FÍRMESE Y CÚMPLASE.

 

CAROLINA RESTREPO PALACIO

 

Jefe Oficina Asesora de Planeación

 

Nota: Ver norma original y anexo en Anexo.