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Resolución 313 de 2026 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Fecha de Expedición:
13/10/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/10/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8678 Octubre 09 de 2026
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 313 DE 2026

 

(Agosto 13)

 

Por la cual se adoptan los instrumentos de evaluación del desempeño laboral para los empleados de libre nombramiento y remoción de los niveles asesor, profesional, técnico y asistencial en el Instituto Distrital de Turismo

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que el literal c) del artículo 2º, el artículo 39 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.10.10 del Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública No. 1083 de 2015, у

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 489 de 1998, establece que, en cumplimiento de los principios de la función pública, se debe evaluar el desempeño de las entidades el cual es concomitante y derivado de la gestión de los servidores públicos, quienes están llamados a responder y demostrar los resultados de su propio desempeño y su aporte a la gestión institucional y con ello al logro de los fines del Estado.

 

Que la Ley 909 de 2004, señala en el marco de los principios de la función pública, que la responsabilidad de los servidores públicos, sin distingo del tipo de vinculación, deberá concretarse a través de instrumentos de evaluación, con miras a la satisfacción de los intereses generales, la efectiva prestación del servicio y al logro de los fines del Estado.

 

Que específicamente el literal c) del artículo 2, de la Ley 909 de 2004, establece que la responsabilidad de los servidores públicos por el trabajo desarrollado se concretará a través de los instrumentos de evaluación del desempeño y de los acuerdos de gestión.

 

Que, por su parte, el artículo 30 de dicha ley determina que la evaluación deberá desarrollarse a través de instrumentos y metodologías acordes a la reglamentación vigente, al tiempo que enfatiza las responsabilidades que deben asumir los evaluadores en el proceso, así como las implicaciones de su incumplimiento.

 

Que el parágrafo del artículo 2.2.10.10 del Decreto 1083 de 2015 señala que "El desempeño laboral de los empleados de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública, se efectuará de acuerdo con el sistema de evaluación de gestión prevista en el presente Título. Los demás empleados de libre nombramiento y remoción serán evaluados con los criterios y los instrumentos que se aplican en la entidad para los empleados de carrera".

 

Que la Comisión Nacional del Servicio Civil ha deshabilitado el acceso a la evaluación de los empleados de libre nombramiento y remoción de los niveles asesor, profesional, técnico y asistencial a través del aplicativo EDL-APP a partir de la vigencia 2026, motivo por el cual se hace necesario adoptar nuevos instrumentos de evaluación que permitan dar continuidad al proceso de evaluación de estos servidores.

 

Que la Circular Externa 020 del 31 de julio de 2026 expedida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD, en cuanto a "Novedades en el proceso de evaluación del desempeño de los servidores públicos de libre nombramiento y remoción de los niveles asesor, profesional, técnico y asistencial.", pone a disposición de las entidades y organismos distritales un instrumento técnico en archivo Excel para adelantar dicho proceso, con ocasión de la deshabilitación del módulo correspondiente en el aplicativo EDL-APP.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1°: Adoptar e implementar el Sistema de Evaluación del desempeño laboral para los empleados de libre nombramiento y remoción de los niveles asesor, profesional, técnico y asistencial del Instituto Distrital de Turismo, a partir de la vigencia 2026, cuya estructura, desarrollo y procedimiento han sido definidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante circular 020 "Novedades en el proceso de evaluación del desempeño de los servidores públicos de libre nombramiento y remoción de los niveles asesor, profesional, técnico y asistencial", junto con el Protocolo del mismo nombre, el cual hace parte integral de la presente Resolución y determina su implementación y ejecución.

 

Artículo 2°: Publicar en la página web del Instituto Distrital de Turismo la presente resolución, comunicar su contenido a los servidores de libre nombramiento y remoción de los niveles asesor, profesional, técnico y asistencial, así como a sus evaluadores para que procedan con la implementación de los nuevos instrumentos y den continuidad al proceso de evaluación para el período 2026-2027 y siguientes.

 

Artículo 3º: Remitir copia de la presente Resolución al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

Artículo 4º: La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá D. C., a los 13 días del mes de agosto del año 2026.

 

ANGELA CAICEDO GARZON


Directora General

 

Nota: Ver norma original en los Anexos.