| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
ACUERDO LOCAL 009 DE 2006 (Diciembre 11) "Por el cual se garantiza la publicidad, la información, la transparencia y la eficacia en la contratación y ejecución de los proyectos financiados y/o por el fondo de desarrollo local de Bosa" EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La ley 80 de 1993 por la cual se expide el estatuto general de contratación de la administración publica y su decretos reglamentarios, como el decreto 2170 de 2002, buscan que en la contracción general se garantice el cumplimiento de los principios de transparencia, economía y responsabilidad; para que estos principios, se hagan realidad es necesaria la participación de la comunidad mediante la veeduría activa y el control político de la Junta Administradora Local, tal y como lo consagra el estatuto orgánico de Bogotá decreto 1421 en su articulo 69 atribuciones de las Juntas Administradoras Locales, que en su numeral séptimo y noveno señala: Numeral séptimo: Promover la participación y veeduría ciudadana y comunitaria en el manejo del control de los asuntos locales. Numeral noveno: "Vigilar la ejecución de los contratos en la localidad y formular ante las autoridades competentes las recomendaciones que estimen convenientes para el mejor desarrollo de esos contratos, en el ejercicio de esta función los ediles podrán solicitar y obtener los informes y demás documentos que requieran". Desafortunadamente muchos de los proyectos que son priorizados por la comunidad en los encuentros ciudadanos reglamentados por el Acuerdo 13 y que posteriormente se convierten en contratos, cuando llegan estos a la ejecución en la mayoría de los casos la comunidad en general desconoce las obligaciones como: 1-Tiempos de ejecución 2-Presupuestos y obligación 3-Estándares de calidad 4-Información del contratista e interventor. Esta información es supremamente importante para realizar una excelente veeduría ciudadana o un control político de parte de la Junta Administradora Local. La ejecución de los contratos deben ser un proceso público y transparente a los ojos de cada uno de los ciudadanos de la Localidad de Bosa y no al contrario de lo que sucede actualmente. Donde los contratistas pasan por la Localidad sin pena ni gloria muchos casos de manera desapercibida ante la Junta Administradora Local y la Comunidad en general. Ver la Resolución Local 03 de 2009
ACUERDO "Por el cual se garantiza la publicidad, la información, la transparencia y la eficacia en la contratación y ejecución de los proyectos financiados y/o cofinanciados por el fondo de desarrollo local de Bosa" ARTÍCULO 1.- Inclúyase como obligación en todos los proyectos financiados y/o cofinanciados por el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, una presentación publica ante las comunidades beneficiarias del proyecto antes de iniciar cualquier actividad, en un lugar adecuado para tal evento, organizada por el respectivo contratista. ARTÍCULO 2.- En la presentación pública ante la comunidad se deberá invitar al interventor del proyecto, al concejo local relacionado con el tema, si este existe, a la Junta Administradora Local de Bosa, a la Alcaldía Local, los presidentes de las juntas de Acción Comunal y a la comunidad beneficiaria. ARTÍCULO 3.- Inclúyase como obligación en todos los proyectos financiados y/o cofinanciados por el fondo de desarrollo local de Bosa, una presentación publica en una de las sesiones de la Junta Administradora Local de Bosa, organizada por el respectivo contratista. ARTÍCULO 4.- La presentación publica en la Junta Administradora Local de Bosa se deberá solicitar ante la secretaria de la misma, para que la corporación decida la fecha y el horario en el cual se atenderá la solicitud. ARTÍCULO 5.- Inclúyase en la formulación de todos los proyectos financiados y/o cofinanciados por el fondo de desarrollo local de Bosa como obligación que toda pieza publicitaria que se realice como pendones, boletines, revistas, afiches, vallas informativas y demás deberán contar con los respectivos logos de la Alcaldía Local y la Junta Administradora Local, e igualmente numero de contrato, presupuesto, fecha y tiempo de ejecución del mismo. ARTÍCULO 6.- La presentación publica ante la comunidad y la Junta Administradora Local debe contener los siguientes temas: a) Fechas de inicio y terminación del contrato. b) Nombre e información del contratista. c) Actividades y responsabilidad contractuales. d) Presupuesto oficial y cronograma. e) Objeto del contrato y desarrollo del mismo. f) Nombre e información del interventor. ARTÍCULO 7.- Todas las anteriores obligaciones deberán ser incluidas en los términos de referencia derivados de la formulación de los proyectos de la Alcaldía Local de Bosa para que se convierta en responsabilidad de los contratistas. ARTÍCULO 8.- Vigencia del presente artículo rige a partir de su promulgación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C. a los Once (11) días del mes de Diciembre de 2006 GUILLERMO HUMBERTO BASTIDAS CASTAÑO Presidente JAL JOSE GUILLERMO VARGAS BECERRA Secretario JAL La Alcaldesa Local de Bosa sanciona el anterior Acuerdo a los veintiún (21) días del mes de diciembre de dos mil seis (2006). JANNETHE JIMENEZ GARZON Alcaldesa Local de Bosa NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3678 de diciembre 28 de 2006. |