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DECRETO 1450 DE 1987 (Octubre 1) Derogado art. 6 del Decreto Distrital 658 de 1994 "Por el cual se crea el COMITÉ DE ESTUDIO para revisar y actualizar la estratificación oficial del Distrito Especial de Bogotá. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO ESPECIAL En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 3133 de 1968, en su Artículo 16, Numeral 13 y, CONSIDERANDO: Que el Decreto 1140 de Julio 7 de 1983 reglamenta como función del Departamento Administrativo de Planeación Distrital" el determinar, revisar, clasificar y actualizar la Estratificación del espacio construído en Bogotá. Que existe necesidad de actualizar dicha estratificación. Que las Entidades Distritales son beneficiarias directas del conocimiento de la estratificación en Bogotá. Que a nivel del Distrito, se debe manejar de manera unificada el concepto de estratificación a fin de aplicar el cobro de tarifas. Ver Decreto Distrital 9 de 1997DECRETA: ARTICULO PRIMERO: Créase el COMITÉ UNIFICADOR DE LA ESTRATIFICACION DE BOGOTA. D.C. PARAGRAFO: El Comités tendrá a cargo el estudio y fijación de las políticas de estratificación en Bogotá, D.E. ARTICULO SEGUNDO: EL COMITÉ UNIFICADOR estará integrado por:
ARTICULO TERCERO: La coordinación del Comité estará a cargo del Departamento Administrativo de Planeación Distrital. ARTICULO CUARTO: La sistematización e información de la estratificación estará a cargo del SISE. ARTICULO QUINTO: El Comité determinará los costo y la forma como serán cancelados por los diferentes usuarios de la información, al igual que los aportes de recursos humanos y materiales que se necesiten. ARTICULO SEXTO: Este Decreto rige a partir de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE. Dado en Bogotá, D.E. a los 1 de Octubre de 1987.
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