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Acta de Conciliación 28 de 2004 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Comité de Conciliación y Defensa Jurídica

Fecha de Expedición:
27/05/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/05/2004
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 28 de 2004

(Mayo 27)

COMITÉ DE DEFENSA JUDICIAL Y CONCILIACIÓN

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ D.C.

Ver el Caso 2, Acta de Conciliación de la SED 039 de 2005

LUGAR: En las instalaciones de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C.

FECHA: 27 de mayo de 2004

MIEMBROS ASISTENTES:

Dr. Ángel Pérez Martínez - Subsecretario Administrativo

Dra. Alba dé la Cruz Berrio Baquero - Jefe Oficina Asesora Jurídica

Dra. Olga Teresa de Jesús Ávila - Directora de Contratación

Dra. Luz Amparo Jaramillo Londoño.

I. Orden del día propuesto.

1. Verificación de quórum.

2.Aprobación del orden del día

3. Presentación de casos

3.1 Conciliación dentro del Tribunal de Arbitramento convocado por la Unión Temporal Colombiana de Construcciones.

3.2. Conciliación judicial dentro del Proceso Penal adelantado por la Fiscalía 76 Seccional - Unidad de Delitos contra el Orden Económico Social y Otros - Tilcia Sofía Beltrán.

4. Varios.

II. Desarrollo del Orden del Día

1. Verificación de Quórum.

Verificada la asistencia de los miembros integrantes, hay quórum deliberatorio y decisorio para realizar la sesión.

2. Aprobación del orden del día.

Se aplaza la presentación correspondiente al Numeral 2.2. del orden del día propuesto, correspondiente a la Conciliación judicial dentro del Proceso Penal adelantado por la Fiscalía 76 Seccional - Unidad de Delitos contra el Orden Económico Social y Otros - Tilcia Sofía Beltrán, hasta tanto no se resuelvan los recursos de reposición y apelación interpuestos por el Apoderado de esta Entidad, contra la providencia que ordeno la apertura parcial de investigación.

3. Presentación de casos

Los Abogados designados de conformidad con lo establecido en el Art. 7º del Reglamento del Comité de Conciliación, en concordancia con lo previsto en las normas que regulan la materia, presentan la información y estudio jurídico correspondiente a los casos que conforman el orden del día, los cuales hacen parte integral de la presente acta y corresponden a sus anexos.

Efectuada la exposición de cada caso y formuladas las consideraciones respectivas por parte de los miembros del Comité, se procedió a adoptar las decisiones que se consignan a continuación.

3.1. PRIMER CASO

ASUNTO: AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO DE LA UNION TEMPORAL COLOMBIANA DE CONSTRUCCIONES-SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ D.C.

CONVOCANTE: Unión Temporal Colombiana de Construcciones

CONVOCADA: Secretaría de Educación del Distrito Capital.

ABOGADO RESPONSABLE: Hernán Carrasquilla Coral

La ficha correspondiente a este caso hace parte integral de la presente acta y corresponde a su Anexo No.1.

RECLAMACIÓN.

LAS PRETENSIONES

A. DECLARATIVAS:

"Que se declare que el DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL DE BOGOTÁ, incumplió el contrato No. 045 del 9 de mayo de 2000 suscrito entre las partes, ante el no pago oportuno del precio pactado en el contrato.

B. CONDENATORIAS:

Se condene al DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ al pago de $129.579.341.20 como consecuencia de Incumplimiento en el pago de la obligación dinerada y a titulo de indemnización de perjuicios por la mora, pago que deriva su existencia de los siguientes incumplimientos:

La suma de $4.535.535,73 por concepto de ajuste IPC de la factura 0027 acta No.05. La anterior suma se obtiene de aplicar la tasa de incremento de índice de precios al consumidor para el año 2001, es decir, el valor histórico actualizado.

El incremento del índice de precios al consumidor, se calculó con base en la certificación expedida por el DANE para el período comprendido entre el 12 de febrero de 2001 al 29 de mayo de 2001.

La suma de $3.616.548,66 por concepto de intereses de mora en razón al no pago oportuno de la factura No. 0027 acta No. 05 por valor de $99.059.610,98, una vez aplicado el correspondiente incremento del índice de precios al consumidor para el año de ¡a referencia, es decir, sobre el valor histórico actualizado.

Los intereses moratorios, se calculan durante 106 días, correspondientes al período transcurrido entre el 12 de febrero de 2001, (fecha contractual para el pago) y el 29 de mayo de 2001, fecha en que se produjo el desembolso.

La suma de $16.422.692,39 por concepto de ajuste IPC de la factura 0042 acta No.7. La anterior suma se obtiene de aplicar la tasa de incremento de índice de precios al consumidor para el año 2001 y 2002, es decir, el valor histórico actualizado.

El incremento del índice de precios al consumidor, se calculó con base en la certificación expedida por el DANE para el período comprendido entre el 4 de julio de 2001 al 4 de octubre de 2002.

La suma de $37.281.636,38 por concepto de intereses de mora en razón al no pago oportuno de la factura No.0042 acta No.07 por valor de $240.773.628,37, una vez aplicado el correspondiente incremento del índice de precios al consumidor para el año de la referencia, es decir, sobre el valor histórico actualizado.

Los intereses moratorios, se calculan durante 449 días, correspondientes al período transcurrido entre el 04 de julio de 2001, (fecha contractual para el pago) y el 04 de octubre de 2002, fecha en que se produjo el desembolso.

La suma de $18.388.765,99, por concepto de ajuste IPC de la fecha 0048 acta No. 08, la anterior suma se obtiene de aplicar la tasa de incremento de índice de precios al consumidor para el año 2001 y 2002, es decir, el valor histórico actualizado.

El incremento del índice de precios al consumidor, se calculó con base en la certificación expedida por el DANE para el período comprendido entre el 11 de agosto de 2001 al 25 de noviembre de 2002.

La suma de $37.674.424,37 por concepto de intereses de mora en razón al no pago oportuno de la factura No.0048 acta No. 08 por valor de $234.217.627,75, una vez aplicado el correspondiente incremento del índice de precios al consumidor para el año de la referencia, es decir, sobre el valor histórico actualizado.

Los intereses moratorios, se calculan durante 464 días, correspondientes al período transcurrido entre el 11 de agosto de 2001, (fecha contractual para el pago) y el 25 de noviembre de 2002, fecha en que se produjo el desembolso.

Suma de $693.000,61 por concepto de ajuste de IPC en la factura 000045 REAJUSTE acta No.03. La anterior suma se obtiene de aplicar la tasa de incremento de índice de precios al consumidor para el año 2001 y 2002, es decir, el valor histórico actualizado.

El incremento del índice de precios al consumidor, se calculó con base en la certificación expedida por el DANE para el período comprendido entre el 04 de agosto de 2001 al 18 de enero de 2002.

La suma de $2.199.647,81 por concepto de intereses de mora en razón al no pago oportuno de la factura No.0045 REAJUSTE acta No. 03 por valor de $39.888.624,00, una vez aplicado el correspondiente incremento del índice de precios al consumidor para el año de la referencia, es decir, sobre el valor histórico actualizado.

Los intereses moratorios, se calculan durante 164 días, correspondientes al período transcurrido entre el 04 de agosto de 2001 , (fecha contractual para el pago) y el 18 de enero de 2002, fecha en que se produjo el desembolso.

La suma de $187.839,64 por concepto de ajuste de IPC de la factura 0065 REAJUSTE acta No.04. La anterior suma se obtiene de aplicar la tasa de incremento de índice de precios al consumidor para el año 2001 y 2002, es decir, el valor histórico actualizado.

El incremento del índice de precios al consumidor, se calculó, con base en la certificación expedida por el DAÑE para el período comprendido entre el 09 noviembre al 21 de enero de 2002.

La suma d $459.144,15 por concepto de intereses de mora en razón al no pago oportuno de la factura No. 00665 REAJUSTE acta No. 04 por valor de $19.037.899,00, una vez aplicado el correspondiente incremento del índice de precios al consumidor para el año de la referencia, es decir, sobre el valor histórico actualizado.

Los intereses moratorios, se calculan durante 72 días, correspondientes al período transcurrido entre el 9 de noviembre de 2001, (fecha contractual para el pago) y. el.21 de enero de 2002, fecha en que se produjo el reembolso.

La suma de $1.082.847,23 por concepto de ajuste IPC de la factura 0066 REAJUSTE acta No. 04. La anterior suma se obtiene de aplicar la tasa de incremento de índice de precios al consumidor para el año 2001 y 2002, es decir, el valor histórico actualizado.

El incremento del índice de precios al consumidor, se calculó con base en la certificación expedida por el DANE para el período comprendido entre el 9 de noviembre de 2001 al 4 de octubre de 2002.

La suma de $2.084.666,11 por concepto de intereses de mora en razón al no pago oportuno de la factura No.0066 REAJUSTE acta No. 04 por valor de $18.635.222,00, una vez aplicado el correspondiente incremento del índice de precios al consumidor para el año de la referencia, es decir, sobre el valor histórico actualizado.

Los intereses moratorios, se calculan durante 324 días, correspondientes al período transcurrido entre el 9 de noviembre de 2001, (fecha contractual para el pago) y el 04 de octubre de 2002, fecha en que se produjo el desembolso.

la suma de $1.262.585,70 por concepto de ajuste de IPC de la factura 0067 REAJUSTE acta No.05. La anterior suma se obtiene de aplicar la tasa de incremento de índice de precios al consumidor para el año 2001 y 2002, es decir, el valor histórico actualizado.

El incremento del índice de precios al consumidor, se calculó con base en la certificación expedida por el DANE para el período comprendido entre el 9 de noviembre de 2001 al 4 de octubre de 2002.

La suma de $2.430.693.40 por concepto de intereses de mora en razón al no pago oportuno de la factura No, 0067 REAJUSTE acta No. 05 por valor de $21,728.425.00, una vez aplicado el correspondiente incremento del índice de precios al consumidor para el año de la referencia, es decir, sobre el valor histórico actualizado.

Los intereses moratorios, se calculan durante 324 correspondiente al periodo transcurrido entre el 09 de noviembre de 2001, (fecha contractual contra el pago) y el 04 octubre de 2002, fecha en que se produjo el desembolso.

La suma de $452.215.91 por concepto de ajuste IPC de la factura 0086 REAJUSTES acta No.06. La anterior suma se obtiene de aplicar la tasa de incremento de índice de precios al consumidor para el año 2002, es decir, el valor histórico actualizado.

El incremento del índice de precios al consumidor, se calculó con base en la certificación expedida por el DANE para el período comprendido entre el 7 de enero de 2002 al 04 de octubre de 2002.

La suma de $804.097.11 por concepto de intereses de mora en razón al no pago oportuno de la factura No.0086 REAJUSTE acta No. 06 pro valor de $8.618.435.52, una vez aplicado el correspondiente incremento del índice de precios al consumidor para el año de la referencia, es decir, sobre el valor histórico actualizado.

Los intereses moratorios, se calculan durante 270 días, correspondientes al período transcurrido entre el 7 de enero de 2002, (fecha contractual para el pago) y el 04 de octubre de 2002, fecha en que se produjo el desembolso.

Se ordene la actualización de las sumas pretendidas teniendo en cuenta la pérdida del valor adquisitivo de la moneda causado entre la fecha en que se hizo el pago del precio del contrato y la fecha mediante la cual se profiera sentencia que haga tránsito a cosa juzgada material.

Se ordene a la entidad pública demandada para que dé cumplimiento al pago de las condenas de conformidad con el artículo 177 del Código Contencioso Administrativo.

Se condene en gastos y costas procesales a la entidad pública demandada".

RECOMENDACIONES Y PROCEDENCIA DE LA CONCILIACIÓN:

La pretensión es valorada- por el apoderado de la parte demandante en la suma de $129.576.341 a la fecha de presentación de la solicitud, en liquidación presentada por el Dr. GUSTAVO ALBERTO SÁNCHEZ RIVERO, Subdirector de Análisis Financiero de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C., realizó el calculo de los intereses de mora, teniendo en cuenta el cuadro resumen del Contrato de Obra No.045 del 9 de mayo de 2000, cuya liquidación arroja la suma de OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VENTIOCHO PESOS ($89.747.728,00) Mcte., el Dr. HERNÁN CARRASQUILLA CORAL, Abogado externo de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C. presenta concepto favorable para ofrecer como formula conciliatoria el pago de la suma de OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VENTIOCHO PESOS ($89.747.728,00) Mcte,

CONSIDERACIONES DEL COMITÉ:

Con base en el análisis de los hechos y la ilustración sobre el marco legal aplicable, contenidos en el informe presentado por el Apoderado de la Secretaría de Educación de Bogotá Dr. HERNÁN CARRASQUILLA CORAL, los miembros del comité autorizan por unanimidad efectuar ofrecimiento conciliatorio, facultando al Apoderado para negociar el pago de los intereses moratorios, hasta un tope cuyo valor máximo no puede exceder la suma de OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO PESOS ($89.747.728,00) Mcte.

4. VARIOS

La Jefe de la Oficina Jurídica, se pronuncia sobre la conveniencia de excluir de los contratos que celebra la entidad, las cláusulas compromisorias para la solución de los conflictos que surjan en la ejecución de las obligaciones contractuales; sobre la procedencia de la adopción de la medida propuesta, la Dirección de Contratación solicitara concepto a la oficina Asesora Jurídica.

ÁNGEL PÉREZ MARTÍNEZ.

Presidente

SONIA CONSTANZA GARCÉS VARGAS

Secretaria Técnica