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Acta de Conciliación 1 de 2006 Departamento Administrativo de Bienestar Social

Fecha de Expedición:
15/02/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/02/2006
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 1 DE 2006

(Febrero 15)

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL DEL DISTRITO CAPITAL DABS

En Bogotá D. C., a los 15 días del mes de febrero de 2006, previa citación, se reunió en sesión ordinaria, en la Subdirección Administrativa y Financiera del Departamento Administrativo de Bienestar Social, el Comité de Conciliación, al cual asistieron los siguientes miembros: Doctora ÁNGELA MARÍA GONZÁLEZ LOSADA, Presidente del Comité; Doctora OLGA ISAZA DE FRANCISCO, Subdirectora de Políticas Poblacionales; Doctor GUSTAVO MONTAÑEZ GÓMEZ, Subdirector de Desarrollo Local; Doctora CÁROL VILLAMIL ARDILA, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica; Doctor JORGE GARTNER CORREDOR, Jefe de la Oficina de Asuntos Disciplinarios; Doctora MARÍA MARGARITA ARBELAEZ, Jefe de la Oficina de Control Interno, y el Doctor GERARDO JAIMES SILVA, en calidad de Secretario Técnico, estos dos últimos con derecho a voz pero sin voto. Como primera medida el Secretario Técnico dio lectura al orden del día, leído el cual, la Presidente del Comité, Doctora ÁNGELA MARÍA GONZÁLEZ LOSADA, procedió a instalar la sesión ordinaria programada. Acto seguido se verificó la asistencia, estableciéndose que había quórum para llevar a cabo la reunión y por ende para tomar decisiones.

1 Circular sobre políticas de prevención del daño antijurídico

Con base en el proyecto de circular previamente remitida y revisada por los miembros del Comité, se solicita la aprobación de la misma para su formalización ante las diferentes instancias del Departamento.

La doctora Margarita Arbelaez sugiere señalar con precisión, mediante qué medios se ha comunicado a las diferentes unidades operativas del DABS la existencia y forma de utilizar el seguro de accidente de los usuarios. Con esta adición, se aprueba el texto de la circular por unanimidad.

  2.Informe sobre la sentencia condenatoria en el caso de Harold Dueñas

Se expone por el Secretario Técnico que en el caso de la sentencia condenatoria dictada el año pasado, aún no se ha presentado solicitud por el beneficiario ni se han remitido por la Secretaría General los documentos que permitan adelantar el pago (copia auténtica de la sentencia y constancia de ejecutoria).

Señala además que la Oficina Asesora Jurídica escribió al contratista Douglas Garcés, con el fin de que informara sobre la forma en que efectuaría el pago al que estaba obligado por la sentencia y en el que el DABS es solidario, sin que se haya obtenido respuesta.

Se recomienda verificar la entrega de la correspondencia remitida, a lo que el Secretario Técnico informa que se han solicitado al área de correspondencia las planillas de entrega para anexarlas al expediente.

Ver el caso 1, Acta de Conciliación del D.A.B.S 08 de 2005

3.Informe de Llamamiento en garantía

El Secretario Técnico presenta al Comité un informe sobre los procesos judiciales que cursan en contra de la entidad, señalando que en ninguna de las demandas contestadas hasta ahora se ha producido el llamamiento en garantía. Se da lectura al texto y al cuadro del informe, previamente remitidos con la citación, y se explica frente a cada proceso el por qué del no llamamiento en garantía.

El Comité avala el informe presentado.

4 Informe sobre el caso de Teresa Selva Valencia

Para conocimiento del Comité, según el resumen remitido por correo electrónico en diciembre de 2005, el Secretario Técnico expone las discusiones sostenidas en las sesiones del comité de conciliación de los años 2004 y 2005, donde se analizó la viabilidad de iniciar una acción de repetición por la condena de acción de tutela de que fuera objeto la entidad en el caso de la comisaria de familia Teresa Selva Valencia.

Se destaca que los análisis del comité llevaron a determinar que no era procedente la acción de repetición, por no darse los supuestos legales al no evidenciarse dolo o culpa grave de los funcionarios que conocieron el caso.

Así mismo, se manifiesta que de conformidad con los estudios económicos efectuados el año anterior, en el evento de que hubiera procedido la acción de repetición, la suma máxima a recuperar hubiera sido de $123.275.

Agotado el orden del día, se da por terminada la sesión.

Una vez leída y aprobada la presente, se firma por los participantes.

ÁNGELA MARÍA GONZÁLEZ LOSADA

Presidente

OLGA ISAZA DE FRANCISCO

Subdirectora de Políticas Poblacionales

GUSTAVO MONTAÑEZ GÓMEZ

Subdirector de Desarrollo Local

CAROL VILLAMIL ARDILA

Jefe Oficina Asesora Jurídica

JORGE GARTNER CORREDOR

Jefe Oficina de Asuntos Disciplinarios

MARÍA MARGARITA ARBELAEZ

Jefe Oficina de Control Interno

GERARDO JAIMES SILVA

Secretario Técnico