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ACTA 4 DE 2006 (Mayo 10) Ver Acta de Conciliación del D.A.B.S 03 de 2006 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL DEL DISTRITO CAPITAL DABS En Bogotá D. C., a los 10 días del mes de mayo de 2006, previa citación, se reunió en sesión extraordinaria, en la Subdirección Administrativa y Financiera del Departamento Administrativo de Bienestar Social, el Comité de Conciliación, al cual asistieron los siguientes miembros: Doctora ÁNGELA MARÍA GONZÁLEZ LOSADA, Presidente del Comité; Doctora OLGA ISAZA DE FRANCISCO, Subdirectora de Políticas Poblacionales; Doctor GUSTAVO MONTAÑEZ GÓMEZ, Subdirector de Desarrollo Local; Doctora CÁROL VILLAMIL ARDILA, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica; y el Doctor GERARDO JAIMES SILVA, en calidad de Secretario Técnico, este último con derecho a voz pero sin voto. Como primera medida el Secretario Técnico dio lectura al orden del día, leído el cual, la Presidente del Comité, Doctora ÁNGELA MARÍA GONZÁLEZ LOSADA, procedió a instalar la sesión ordinaria programada. Acto seguido se verificó la asistencia, estableciéndose que había quórum para llevar a cabo la reunión y por ende para tomar decisiones. Estudio de la solicitud de pago elevada por la Asociación para el Desarrollo Integral de la Comunidad y la Defensa de la Niñez - ASONIÑEZ, casa vecinal Se entra a considerar nuevamente el derecho de petición elevado el 10 de marzo de 2006, por la casa vecinal ASONIÑEZ, donde solicita el reconocimiento de $15.836.766, por los costos del servicio de atención en educación inicial a los niños y niñas desde el 1 de marzo hasta el 13 de abril de 2005. El 9 de julio de 2004, se perfeccionó el contrato 957 de 2004, celebrado entre el DABS y la Asociación para el Desarrollo Integral de la Comunidad y la Defensa de la Niñez – ASONIÑEZ, cuyo objeto fue la Prestación de los servicios de atención integral en educación inicial a niños y niñas de tres meses a cinco años, ubicados en los barrios adscritos al Centro Operativo Local Usaquén". De conformidad con el acta de inicio, la ejecución de este contrato comenzó el día 13 de julio de 2005. El plazo inicial del contrato fue de 6 meses, adicionado el 12 de diciembre de 2004 en 2 meses, por lo cual la fecha de terminación del contrato fue el 12 de marzo de 2005. En el año 2005, el 8 de marzo, se celebró el contrato 047 entre las mismas partes, cuyo objeto fue la "Atención integral en educación inicial a niños y niñas de tres meses a cinco años, ubicados en los barrios adscritos al centro operativo local Usaquen". La ejecución de este contrato se inició el 14 de abril de 2005, de conformidad con el acta de inicio. Ahora bien, la aprobación de la póliza de se produjo el 6 de abril de 2005, observándose en la carpeta del contrato un certificado de modificación de la póliza, expedido en esa misma fecha. Lo anterior indica que entre el lapso del 1 al 12 de marzo de 2005, estuvo cubierto por el contrato 957 de 2004 y, de conformidad con la revisión del expediente del contrato, todo indica que la dilación en la firma del acta de iniciación del contrato 047 de 2005, obedeció al trámite de la modificación de la garantía, gestión a cargo del contratista. En consecuencia, con base en la información con la que se cuenta, no resulta viable que se reconozca la suma ni el período de atención reclamada por la asociación, decisión que se toma por unanimidad. Una vez leída y aprobada la presente, se firma por los participantes.
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