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Acta de Conciliación 11 de 2002 Departamento Administrativo de Acción Comunal

Fecha de Expedición:
27/12/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/2002
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTA 11 DE 2002

(Diciembre 27)

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE ACCIÓN COMUNAL DISTRITAL COMITÉ DE CONCILIACIÓN

Ver el Acta de Conciliación del D.A.A.C. 010 de 2002

FECHA: 27 de Diciembre de 2.002

HORA: 11:00 A.M.

ASISTENTES:

Dra. CLEMENCIA ESCALLON GARTNER.

Directora.

Dr. ALVARO SANDOVAL REYES.

Subdirector de Programas.

Dra. MARTHA LUCIA CARDONA VISBAL.

Subdirectora Administrativa y Financiera

Dra. LUZ ANGELA RAMÍREZ RUIZ.

Jefe de la Oficina Asesora de Plantación.

Dra. MARY LUZ MARTÍNEZ CRUZ.

Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica.

La Secretaría técnica del Comité informa que esta reunión es la continuación de la sesión del 23 de Diciembre de 2.002, para lo cual curso oficio de invitación al Doctor JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ Delegado de la Dirección de la Defensa Judicial de la Nación del Ministerio de Justicia y del Derecho, para su asistencia a la misma en incumplimiento a lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 1° de la Resolución número 082 del 27 de febrero de 2.002.

En la fecha se reunieron los miembros del comité de conciliación con el propósito de dar desarrollo a los asuntos que se previeron en el siguiente orden del día.

1. Verificación del quórum

2. Asuntos para estudio y consideración

DESARROLLO DE LOS PUNTOS DESCRITOS ANTERIORMEMTE:

La Directora del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, doctora CLEMENCIA ESCALLON GARTNER, en calidad de presidente del comité, da inicio a la sesión.

Al primer punto: Verificación de quórum: Se procedió al llamado de lista, y se constató la presencia de todos los miembros del comité de conciliación.

Al segundo punto:

Asunto para estudio solicitud de Conciliación contrato No.10-006-00-00, celebrado entre el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE ACCION COMUNAL DISTRITAL- UEL-FFOND DE DESARROLLO LOCAL DE ENGATIVA Y CARLOS AUGUSTO PINZON.

La asesora de la Unidad Ejecutiva de Localidades Doctora MARTHA LUCIA GARCÍA VELASQUEZ y el Asesor del área técnica de la UEL LUIS MIGUEL FIQUERO G,. manifiestan a los miembros del Comité, que el señor CARLOS AUGUSTO PINZÓN solicitó ante la Procuraduría General de la Nación realizar audiencia de conciliación para intentar finiquitar las diferencias surgidas con ocasión del contrato de interventoría Número 10-006-00-00, suscrito el día 17 de abril de 2.000 y. Fundamenta su petición en el cumplimiento a cabalidad de todos los términos y funciones, por parte del interventor durante el plazo contractual, el cual término el 28 de noviembre del 2.000 y que las obras de los salones comunales no se ejecutaron, por cuanto no se obtuvieron las licencias de construcción . Que el continuó desempeñando las labores y funciones de interventoría tres meses después de vencido el contrato. Que el Departamento administrativo de Acción Comunal solo le pago el treinta por ciento del contrato. Además manifiesta que solicitó mediante derecho de petición a la UEL - DAACD la cancelación del saldo adeudado, sin haber obtenido respuesta alguna, en consecuencia acudió ante notario a protocolizar el Silencio Administrativo Positivo.

Una vez conocidos las pretensiones del peticionario el comité procedió a analizar todos los documentos relacionados con la ejecución y liquidación del contrato de interventoría número 10-006-00-00 y de los contratos de obra número 10-125-00-99 del barrio Mortiño, 10-119-099 del Barrio Bachue II y 10-116-0099 del Barrio Tisquesusa, de dicho análisis se aporta un cuadro el cual hace parte de la presente acta.

Analizadas las obligaciones que debía cumplir el interventor y con base en los informes por él presentados, en el concepto técnico emitido, y teniendo en cuenta que las licencias de Construcción si fueron otorgadas la del Barrio Bachue dos días después, de haber vencido el término de ejecución del contrato y la del Barrio Mortiño aproximadamente otorgada cinco meses antes del vencimiento del contrato, sin actuación alguna por parte del Interventor, de dichos hechos se concluye:

- Que el contratista no cumplió con las obligaciones estipuladas en los numerales 10, 13, y 20 de la cláusula sexta del contrato de interventoría y numeral 1.1.7 de los Términos de Referencia.

-.Que el DAACD cancelo al contratista el porcentaje correspondiente al valor ejecutado de los contratos citados.

- Que al interventor en varias oportunidades le fueron solicitados los soportes de su petición, sin que hubiera aportado documento alguno.

- Que las obras previstas en los contratos Nos.10-125-00-99 y 10-119-00-99 no se pudieron realizar por el vencimiento de los mismos.

-. Que no le asiste derecho alguno del valor reclamado.

Que el Silencio Administrativo protocolizado en la notaria 52 de Bogotá, no es un titulo ejecutivo claro, expreso y exigible no se fundamenta en un derecho legitimo, fue interpuesto después del vencimiento del término del contrato y sin pruebas que permitan dilucidar la obligación del derecho reclamado

- Que en la liquidación bilateral del contrato número 10-006-00-00 del 2.000, se hicieron los reconocimientos a que había lugar, y no fue demostrados por el contratista gastos adicionales o perjuicios que hayan ocasionado un desequilibrio económico del contrato.

-. No conciliar por cuanto las pretensiones no se fundamentan en hechos y derechos con soporte legal y jurídico reconocido.

-. Oficiar al Alcalde local de Engativá con el propósito de que allegue los documentos y pruebas necesarias para que obren y sirvan de soporte en la Audiencia de Conciliación Extrajudicial que se llevará acabo el día 13 de enero de 2 003.

Que con base en lo anterior se autoriza para asistir a la audiencia de conciliación extrajudicial promovida por el señor CARLOS AUGUSTO PINZÓN SÁNCHEZ ante la Procuraduría Novena Judicial a la Doctora MARTHA LUCIA GARCÍA VELASQUEZ, para el día 13 de enero de 2.003 a la una y treinta (1:30) P M

No siendo otro el motivo de la presente, se firma la presenté acta por quienes en ella intervinieron, la cual se da por terminada siendo las 12:00 p.m.

CLEMENCIA ESCALLON GARTNER

Directora

Presidente del Comité de Conciliación

ELSY NAYIVE ALBA VARGAS.

Secretaría Técnica del Comité de Conciliación.