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Acuerdo 1 de 2008 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Chapinero I Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
30/01/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/01/2008
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 01 DE 2008

(Enero 30)

Por el cual se deroga un trámite del Manual Interno de Contratación del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado

LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL CHAPINERO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

En uso de las facultades derivadas del artículo 15 literal c del Acuerdo No. 01 de 2000 expedido por la Junta Directiva del Hospital Chapinero E.S.E. y los numerales 10 y 11 del artículo 12 del Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo de Bogotá, y

CONSIDERANDO:

Que el Hospital Chapinero Empresa Social del Estado mediante Acuerdo No. 008 del 28 de marzo de 2006, proferido por la Junta Directiva, adoptó el Manual Interno de de Contratación.

Que el manual de que trata el considerando anterior, en el numeral "2. del CAPITULO IV" al regular lo relativo al "procedimiento para la contratación de menor cuantía" en su ARTICULO UNDÉCIMO inciso primero establece como procedimiento el publicar un aviso en las carteleras del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado y en la página WEB institucional y solicitar a la Alcaldía Mayor de Bogotá para que se haga lo propio.

Que de acuerdo con lo manifestado por la Subdirectora de Contratación de la Alcaldía Mayor de Bogotá "no es posible publicar la invitación en el Portal de Contratación del Distrito Capital, ya que no existe el modulo para los hospitales" y que "esa entidad no realiza ningún trámite sobre los procesos contractuales que adelanta el Hospital, razón por la cual se hace necesario modificar el Manual de contratación, adoptado mediante el acuerdo 008 de 2006 de la Junta Directiva, en lo referente al envío de avisos de Convocatoria a esa Secretaría".

Que de conformidad con el numeral 8 del artículo 12 del Acuerdo 17 de 1997, expedido por el Concejo Distrital, corresponde a la Junta Directiva del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado adoptar el Manual Interno de Contratación de la Entidad y por consiguiente efectuar las modificaciones a que hubiere lugar.

Razón por la cual,

ACUERDA

ARTICULO  PRIMERO: Derogar el trámite de enviar el aviso de invitación a la Alcaldía Mayor de Bogotá establecido para la contratación de menor cuantía en el inciso 1. del ARTICULO UNDÉCIMO del Acuerdo No. 008 del 28 de marzo de 2006, por medio del cual la Junta Directiva adopta el Manual Interno de Contratación del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado, por lo tanto, el texto de dicho inciso quedará así:

Se publicará un aviso en las carteleras del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado y en la página WEB institucional.

ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dado en Bogotá D.C., a los 30/01/08

NOHORA GALEANO JEREZ

PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA

HOSPITAL CHAPINERO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

GERMAN DE LA CRUZ ARRIETA VIOLET

SECRETARIO EJECUTIVO JUNTA DIRECTIVA

HOSPITAL CHAPINERO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO