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ACTA 10 DE 2006 (Junio 30) FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Siendo las 10Am del día treinta (30) días del mes de junio del año en curso, previa citación efectuada por la secretaria técnica del Comité, se reanudo la sesión del Comité de conciliación en la oficina de Apoyo Institucional del edificio de la DPAE, el Comité de Conciliaciones del FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS DEL DISTRITO CAPITAL - FOPAE, con la asistencia de los Doctores MARGARITA BUITRAGO RODRÍGUEZ, en calidad de designada del Director de la DPAE y representante legal del FOPAE, JAIME ROJAS CÓRDOBA, responsable de presupuesto del FOPAE, SEGUNDO ELIÉCER ARGUELLO ANGULO, Coordinador de las Actividades Jurídicas, CLARA SALCEDO NOVOA, Coordinadora de las Actividades Administrativa y Financiera. Así mismo, asisten a ella los invitados a participar en esta sesión con derecho a voz pero sin voto doctores GLORIA CECILIA MEDINA ABONDANO, en calidad de Abogada Asesora Externa del FOPAE y el ingeniero GUILLERMO ÁVILA ÁLVAREZ, Coordinador del Área de Investigación y Desarrollo del FOPAE. Se deja constancia que no se hizo presente ningún funcionario del Ministerio del Interior citado previamente. Ver el Acta de Conciliación del FOPAE 08 de 2006 I ORDEN DEL DIA 1 Verificación del quórum 2 Lectura y aprobación del acta anterior. 3 Continuación del análisis y decisión sobre la propuesta de solución del problema de calidad de los servicios de diseño e Interventoría y de la estabilidad de la obra realizada en el sector de San Francisco Quebrada Limas. 4 Opiniones de los miembros del Comité II DESARROLLO DEL ORDEN DEL DIA. 1 Verificación del quórum. Verificada la asistencia de los integrantes del Comité por parte de la Secretaria Técnica del mismo, se establece que hay quórum para iniciar con la sesión. 2 Lectura y aprobación del acta anterior. La secretaria técnica del Comité procede a dar lectura del acta de la sesión anterior la cual es aprobada por quienes intervinieron en dicha sesión. 3. Continuación del análisis y decisión sobre la propuesta de solución del problema de calidad de los servicios de diseño e Interventoría y de la estabilidad de la obra realizada en el sector de San Francisco Quebrada Limas. Los Doctores Medina y Ávila expusieron a los miembros del Comité que a partir de la fecha de la sesión anterior del 5 de junio del presente año, se han adelantado diversas actividades tendientes a finiquitar el trámite previo a la aprobación a la solución que garantice la continuación de la funcionalidad de la obra. Señalaron que se convoco a una reunión a los contratistas a la que asistieron solamente el representante del consorcio constructor y el interventor de la construcción. Manifiesta la Doctora Medina su preocupación por la falta de ánimo de arreglo que parece presentarse en cabeza de una parte del diseñador y de su interventor, quienes pese haberse sido citados en diversas oportunidades por la parte técnica del FOPAE no se han hecho presentes sino en contadas ocasiones. Además manifiesta que esta circunstancia no es obstáculo para que los demás contratistas involucrados en la obra puedan presentar al FOPAE las formulas de solución que consideren pertinentes encaminadas a efectuar reparaciones en la obra que aseguren su buen funcionamiento, pues en una u otra forma lo que interesa a la administración pública es que la totalidad de la obra pueda considerarse como idónea por el FOPAE, para que siga cumpliendo con la finalidad para la cual fue contratada y así satisfacer las necesidades de la comunidad y preservar los intereses patrimoniales de la entidad representados en dichas obras. Por ello, es que en este caso existe solidaridad por parte de los contratistas en el sentido de responder por dicha obra. Esta solidaridad significa que la entidad estatal se encuentra en la posibilidad de exigir a cualquiera de los obligados, la totalidad de la obligación que en este evento se traduce en la exigencia de las reparaciones correspondientes. De otra parte, la Doctora Gloria señala que dicha ausencia de ánimo de arreglo se hace extensiva a las compañías aseguradoras y recuerda que la obligación de responder por la obra es de los contratistas y se encuentra avalada por las diferentes pólizas constituidas ante las compañías de seguros, las que, en las primeras reuniones de acercamiento no demostraron la menor intención de que se pudiese llevar a cabo este arreglo directo, cuestión esta que tampoco es óbice para lograr ajustes en las obras como quiera que si los contratistas efectúan los arreglos de manera directa no se afecta el valor de las pólizas en la forma en que se hallaban constituidas con anterioridad a la declaratoria de la ocurrencia del siniestro a la que se refiere la Resolución No.171 del 30 de junio del 2005, siempre y cuando la ejecución de ese arreglo directo satisfaga los intereses del FOPAE, lo cual se cristalizara a través del acta de aceptación de los trabajos de reparación, momento este en que el FOPAE podrá revocar dicha Resolución en virtud a la facultad prevista en el Parágrafo del Artículo 68 de la Ley 80 de 1993. Habiendo la posibilidad de que tanto el constructor como su interventor respondan por la totalidad por los defectos de las obras se considera importante que el FOPAE cumpla con su obligación de analizar la formula de arreglo directo presentada por ellos, pues así lo impone el numeral 5 del Artículo 25 de la mencionada Ley en el sentido de que se adoptaran procedimientos que garantice la pronta solución de las diferencias. Así mismo, indica el Ingeniero ÁVILA, que a través de sendos escritos del 9 de junio del 2006, se les informo a los contratistas que revisada la propuesta revisada por ellos para la posible solución a los problemas de inestabilidad que se generaron en la obra de la Quebrada Limas en el sector de San Francisco, era necesario efectuarle unos ajustes con el ánimo de lograr un mejor comportamiento de la obra, ajustes a todos ellos que fueron el resultado del análisis técnico efectuado por el FOPAE. Los contratistas JORGE HUMBERTO PINZÓN MARIÑO, GILDARDO CASTILLO SÁNCHEZ (Representante del Consorcio) y ÁLVARO FONSECA SOLANO (Interventor de la Obra), manifestaron por escrito la aceptación de los ajustes del documento de entendimiento. Continua el Ing. ÁVILA, expresando que se ha de entenderse que la obra no es de carácter definitiva, si no una obra de emergencia y por tal razón al presentarse un caudal relativamente alto, podría volver a generar deterioros en la misma, por ello se requiere mantenimiento por parte del FOPAE, en desarrollo de las obligaciones que tiene el FOPAE respecto de las obras entregadas. El Dr. Arguello, Coordinador de las Actividades Jurídicas, manifiesta que se deja constancia que los efectos de este arreglo directo son: 1 Demostrar la intención de los contratistas e interventores de la obra de solucionar el inconveniente de índole técnico de la obra, sin que dichas soluciones los exoneren de continuar respondiendo por la estabilidad de la obra. 2 Que, el presente arreglo tampoco implica exonerar de responsabilidad al diseñador e interventor del contrato de diseño, por los daños presentados en la obra atribuibles a fallas en el diseño. Con mayor razón si se tiene en cuenta que el diseñador y su interventor no demostraron ánimo de participar en el arreglo. 3 Que las compañías aseguradoras deberán continuar respondiendo por los amparos vigentes en el momento del siniestro, ya que el valor asegurado no se afectará con motivo de las reparaciones de la obra estipuladas en el documento de entendimiento. Se procede en este momento a dar lectura al proyecto de documento de entendimiento que se pondrá a consideración final a los contratistas. El Comité analiza la situación anteriormente planteada y, determina que es conveniente adelantar el trámite del arreglo directo, teniendo en cuenta que con el se satisfacen las necesidades técnicas y se garantiza que si las reparaciones son las correctas, se seguirá respetando la finalidad de la contratación. No habiendo más temas a tratar, se solicita un receso para que la Secretaria Técnica del Comité elabore el acta. Reanudada la reunión, la secretaría técnica le da lectura al acta, la cual es aprobada por quienes intervinieron en la reunión.
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