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RESOLUCIÓN 1051 DE 2008 (Abril 14) Modificada por la Resolución del I.DU -D.G. 1161 de 2009 "Por la cual se modifica parcialmente la resolución No. 1247 de 2006, por medio de la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto de Desarrollo Urbano" LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO IDU en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 13 y 28 del Decreto Ley 785 de 2005, los numerales I y II del artículo 17 del Acuerdo Distrital 19 de 1972, el artículo 6 de la Resolución de Junta Directiva 014 de septiembre de 2005 y el artículo 9º del Decreto 2539 de 2005 y, CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de la ley 909 de 2004, y el decreto 785 y 2539 de 2005, el Instituto de Desarrollo Urbano procedió a ajustar el Manual de Funciones de todos los empleos de su planta de personal, de acuerdo a los criterios impartidos en cuanto a las competencias laborales y los requisitos exigidos para el ejercicio de los empleos, contenidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales que fue adoptado en su versión vigente mediante la Resolución 1247 del 9 de marzo de 2006.Que los Manuales de Funciones se constituyen en herramientas para definir las competencias requeridas por todos y cada uno de los empleos. Que el Acuerdo 19 de 1972, por medio del cual se creó y reglamentó el funcionamiento del Instituto de Desarrollo Urbano, establece que corresponde a la Junta Directiva disponer la organización administrativa del Instituto y dentro de ella, crear, suprimir, modificar dependencias y cargos y señalar las funciones respectivas. Que mediante la Resolución 014 del 14 de septiembre de 2005, la Junta Directiva delegó en el Director General del Instituto la facultad de expedir y actualizar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 785 de 2005. Que dentro de la planta de personal del Instituto existe el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 03 (Plan Manejo de Tráfico) distribuido en la Subdirección Técnica de Coordinación Interinstitucional de la Subdirección General Técnica, cuyo propósito principal es Apoyar el ajuste y seguimiento realizado al Plan de Manejo de Tráfico de los Contratos IDU, para garantizar su cumplimiento. Que el literal b) del numeral 2 del artículo 19 de la Ley 909 de 2004, establece que el diseño de cada empleo, además de la descripción del contenido funcional que permita identificar con claridad las responsabilidades exigibles a quien sea su titular consagrado en el literal a) del citado numeral, debe contener "el perfil de competencias que se requiera para ocupar el empleo, incluyendo los requisitos de estudio y experiencia, así como también las demás condiciones para el acceso al servicio. En todo caso, los elementos del perfil han de ser coherentes, con las exigencias funcionales del contenido del empleo". Que mediante memorando SRTH-2200-41764 de septiembre 12 de 2007, la Subdirectora Técnica de Recursos Humanos solicitó a la Subdirección Técnica de Desarrollo de la Organización el estudio técnico para determinar la inclusión de la profesión de Ingeniero de Transportes y Vías en el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 03 (Plan Manejo de Tráfico) distribuido en la Subdirección Técnica de Coordinación Interinstitucional de la Subdirección General Técnica. Que una vez analizado el Manual de Funciones y Competencias Laborales, respecto al cargo de Profesional Universitario código 219 grado 03 (Plan Manejo de Tráfico) distribuido en la Subdirección Técnica de Coordinación Interinstitucional de la Subdirección General Técnica, mediante memorando STDO-1400-6932 de febrero 19 del 2008, el Subdirector Técnico de Desarrollo de la Organización evidenció la necesidad de realizar ajustes a los requisitos de estudios, con el fin de incluir profesiones que tienen relación directa con el propósito principal de tales empleos como Ingeniería de Transporte y Vías, para lo cual remitió el estudio concluyente. Que el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales ha sido diseñado de manera tal que se le puedan hacer los ajustes necesarios, de acuerdo con los requerimientos de la entidad. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el folio 530 del Manual de Funciones y Competencias Laborales, adoptado mediante la Resolución No. 1247 de marzo 9 de 2006, en cuanto a los requisitos de estudios exigidos para el cargo de Profesional Universitario código 219 grado 03 (Plan Manejo de Tráfico) distribuido en la Subdirección Técnica de Coordinación Interinstitucional, el cual quedará así: (CUADRO) ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente, la Resolución No.1247 de 2006. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá a los catorce (14) días del mes de abril de dos mil ocho (2008). LILIANA PARDO GAONA Directora General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3967 de abril 18 de 2008. |