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RESOLUCIÓN 000210 DE 2007 (Diciembre 17) Derogada por el art. 5, Resolución S.D.E. 205 de 2008 Derogada parcialmente por la Resolución de la S.D.E. 39 de 2008 Aclarada por la Resolución de la S.D.E. 32 de 2008 "Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos Contractuales de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico" LA SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial de las conferidas en los artículos 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006 y en el artículo 5 del decreto 552 de 2006, CONSIDERANDO: Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico fue creada mediante el Acuerdo Distrital 257 de 2006 e inició el desarrollo de sus funciones a partir del 2 de enero de 2007. Que la Secretaría de Desarrollo Económico, tiene como objeto orientar y liderar la formulación de políticas de desarrollo económico de las actividades comerciales, empresariales y de turismo del Distrito Capital que conlleven a la creación o revitalización de empresas, a la generación de empleo y de nuevos ingresos para los ciudadanos y ciudadanas en el Distrito Capital. Que la SDDE para cumplir con su objeto requiere celebrar contratos con diversas entidades públicas y privadas, y por lo tanto debe implementar a cabalidad lo dispuesto en la ley 80 de 1.993, la ley 1150 de 2007 en lo actualmente aplicable, sus decretos reglamentarios y demás normas complementarias. Que es necesario contar con un Manual de Procedimientos Contractuales que documente y consolide los procedimientos que deben desarrollar las dependencias de la Secretaría para celebrar los contratos de su competencia. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1º. Adopción. Adoptar el Manual de Procedimientos Contractuales para la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el cual forma parte de la presente resolución. Artículo 2°. Obligatoriedad. El Manual de Procedimientos Contractuales es de obligatoria aplicación y cumplimiento. No obstante, según las particularidades que puedan derivarse de la actividad contractual frente a contrataciones concretas, la Oficina Asesora Jurídica podrá orientar, por escrito, la aplicación de medidas o trámites específicos, que se distingan de los indicados en el Manual. Artículo 3º. Actualización. La Oficina Asesora Jurídica será la dependencia encargada de la coordinación y actualización del presente Manual, de conformidad con las disposiciones que se dicten en materia de contratación estatal, para lo cual debe contar con la aprobación previa del Comité de Contratación. Artículo 4°. Vigencia. Este Acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C. a los 17 días de diciembre de 2007 CONSUELO CORREDOR MARTÍNEZ Secretaria de Despacho |