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RESOLUCIÓN 080 DE 2008 (Enero 30) Por medio de la cual se adopta en la Secretaría Distrital de Salud y el Fondo Financiero Distrital de Salud, la tabla de asignación de honorarios para las personas que se contraten mediante la modalidad de contratos de prestación de servicios y se dictan otras disposiciones EL SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD Y DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades legales y, en especial de las conferidas en los artículos 209 de la Constitución Política, 5º del Decreto Distrital 122 de 2007, 24 de la Ley 80 de 1993 el Acuerdo Distrital Nº 20 de 1990 y la Resolución 001 del 20 de diciembre de 1991, y CONSIDERANDO Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que la Secretaría Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital de Salud, como ente rector del Sistema de Seguridad Social en Salud en el Distrito Capital y para atender los planes y metas contenidos en el plan de desarrollo vigente para el periodo 2008-2012 " BOGOTA POSITIVA", debe realizar una serie de acciones, pera lo cual requiere contratar personas bajo la modalidad de prestación de servicios o consultoría, que estén capacitadas y demuestren idoneidad para apoyar la gestión. Que como consecuencia de lo anterior, se hace necesario establecer al interior de la Entidad los perfiles y asignar los honorarios de todas aquellas personas naturales que se llegaren a contratar por la modalidad de prestación de servicios o consultoría. Que en merito de lo expuesto, este Despacho Ver la Circular de la Sec. Distrital de Salud 02 de 2008, Ver el art. 82, Decreto Nacional 2474 de 2008 RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Adoptar la tabla mediante la cual se asignan honorarios a las personas naturales que se llegaren a contratar, por parte de esta Secretaría o por el Fondo Financiero Distrital de Salud, que se requieran para la prestación de servicios de apoyo o asesoría a la gestión de la Entidad, así:
PRÁGRAFO PRIMERO: Los honorarios aquí establecidos no incluyen I\/A; este valor será determinado de acuerdo al régimen al que pertenezca la persona seleccionada.PARÁGRAFO SEGUNDO: Las dependencias podrán prever la aplicación de equivalencias entre estudios y experiencia, de conformidad con lo establecido en las normas que regulan la materia. PARÁGRAFO TERCERO: Lo previsto en el presente artículo, no aplicará en aquellos casos en los cuales se requiera la contratación de personas para la realización de asesorías o trabajos estratégicos en el cumplimiento de los objetivos de la Entidad, así como en los requeridos en las labores de apoyo o de asesoría para este Despacho. Tales honorarios serán determinados por el Secretario de Despacho de la Secretaría Distrital de Salud y Director Ejecutivo del Fondo Financiero Distrital de Salud. ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución deroga en su totalidad la resolución 0020 de 16 de enero de 2007. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los 30 días del mes de enero de 2008 HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ |