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Resolución 82 de 2008 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
30/01/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/01/2008
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 082 DE 2008

(Enero 30)

Por la cual se adopta y formaliza el Manual de Procesos y Procedimientos y se dictan otras disposiciones para las futuras actualizaciones de las herramientas, metodologías e instrumentos de gestión y control de la Secretaría Distrital de Salud

EL SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

En uso de sus facultades legales, en especial las contenidas en la Ley 87 de 1993, la Ley 872 de 2003, el artículo 6ª del Decreto 387 de 2004 y el Decreto 1599 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 6a de la Ley 87 de 1993, es responsabilidad de la Secretaría Distrital de Salud el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en la Entidad.

Que la Ley 872 de 2003, crea el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios.

Que el Concejo de Bogotá D.C. expidió el Acuerdo 122 de 2004, mediante el cual se adoptó en las entidades distritales el Sistema de Gestión de Calidad a que se refiere la precitada ley.

Que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., como suprema Autoridad Distrital, reglamentó el Acuerdo 122 de 2004, a través del Decreto 387 de 2204, estableciendo el marco general para el desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de Calidad en las entidades distritales.

Que el artículo 6° del referido Decreto, dispone que en el diseño de los principios, objetivos, metas y procedimientos que se implementaran en el Sistema de Gestión de Calidad se atenderán las prescripciones de las Leyes 489 de 1998 y 872 de 2003, el Decreto Nacional 2145 de 1999, así como las normas técnicas de calidad para la gestión pública que expida el Gobierno Nacional.

Que el Decreto 1599 de 2005, adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005, el cual determina las generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Control interno en las entidades y agentes obligados conforme el artículo 5 de la Ley 87 de 1993.

Que mediante la emisión de la Resolución 0122 del 23 de marzo de 2006, se designa al Director de Planeación y Sistemas de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C. como funcionario responsable del desarrollo, implementación y mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno basado en el Modelo Estándar de Control Interno.

Que mediante la emisión de la Resolución 0123 del 23 de marzo de 2006, se designa al director de Planeación y Sistemas de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C. como funcionario responsable del desarrollo e implementación la Dirección de Planeación y Sistemas.

Que la Dirección de Planeación y Sistemas, en concordancia con lo expuesto, es la dependencia encargada de asesorar a todos los niveles de la Entidad en los aspectos relacionados con la actualización y mejoramiento de las diferentes herramientas, metodologías e instrumentos de gestión y control institucional.

En mérito de lo expuesto

Ver la Resolución de la Sec. Distrital de Salud 993 de 1998

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Adoptar y formalizar el Manual de Procesos y Procedimientos de la Secretaría Distrital de Salud, anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Suscribir para las futuras actualizaciones de las herramientas, metodologías e instrumentos de gestión y control de la Secretaría Distrital de Salud, actas firmadas entre el Director de Planeación y Sistemas y los Directores y Jefes de Oficina responsables de las diferentes dependencias que conforman la Entidad.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de enero de 2008

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Secretario de Despacho