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RESOLUCIÓN 139 DE 2004 (Agosto 24) Derogada por el art. 9, Resolución Veeduria Distrital 222 de 2014 "Por medio de la cual se delegan funciones" LA VEEDORA DISTRITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los literales a), l) y n) del artículo 4 del Acuerdo 24 de 1993, y el artículo 87 del Decreto No. 714 de 1996 - Estatuto Orgánico del Presupuesto de Bogotá D.C. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política, en su artículo 209, señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que en el nivel nacional se tiene que el artículo 110 del Estatuto Orgánico del Presupuesto (Decreto 111 de 1996) establece que la función de ordenación del gasto asignada a los órganos que componen una sección del Presupuesto General de la Nación, podrá ser delegada por el jefe del respectivo órgano en los funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces. Que el artículo 87 del Estatuto de Presupuesto de Bogotá- Decreto 714 de 1996, al hablar sobre la ordenación del gasto y de la autonomía señala que "Los órganos y entidades que conforman la administración tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto. Estas facultades estarán en cabeza del Jefe de cada entidad quién podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones vigentes. " Que con base en las facultades conferidas por el Decreto 2150 de 1995 y por el Acuerdo 24 de 1993 el Veedor Distrital expidió la Resolución No. 237 de 1998 por medio de la cual delegó unas funciones en el Viceveedor Distrital y en la Jefe de la Unidad de Servicios Administrativos y Financieros. Que la Unidad Jurídica de la Veeduría Distrital mediante concepto de fecha 3 de agosto de 2004 recomendó modificar la Resolución No. 237 de 1998, en lo atinente a la delegación conferida a la Jefe de la Unidad de Servicios Administrativos y Financieros para ajustarla a lo dispuesto en el artículo 87 del Decreto No.714 de 1996 "Estatuto de Presupuesto de Bogotá" y a las disposiciones del Decreto No. 111 de 1996 - Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación. Que para realizar el ajuste recomendado por la Unidad Jurídica es necesario tener en cuenta lo previsto por el artículo 60 de Decreto 714 de 1996 según el cual "La ordenación del gasto conlleva la ordenación del pago.". Que basándose en lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Viceveedor Distrital las siguientes funciones: a. Ordenar el gasto y realizar licitaciones, concursos públicos y celebrar contratos y en general los actos inherentes a la actividad contractual, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y demás normatividad vigente. b. Ordenar el gasto por concepto de servicios personales y aportes patronales. c. Conceder, interrumpir, aplazar y compensar vacaciones en dinero, al igual que respecto de las licencias solicitadas por funcionarios de la Veeduría Distrital. d. Reconocer y ordenar el pago de las Primas Técnicas y Secretarial, a los servidores de la Veeduría Distrital. ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su totalidad la Resolución No. 133 de 10 de agosto de 2004 y las demás disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de agosto de 2004 MARÍA CONSUELO DEL RÍO MANTILLA Veedora Distrital
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