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ACUERDO 004 DE 2011 (Marzo 3) Por medio del cual se aprueba el Plan de Acción para la Atención de la Emergencia y la Mitigación de sus Efectos. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA (CAR), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las contenidas en el Parágrafo Transitorio del artículo 5º del Decreto 141 de 2011 y en el Parágrafo Transitorio del artículo 9º del precitado decreto, y CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido por el Gobierno Nacional en el Decreto 020 del 7 de enero de 2011, fue declarado el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional, con el fin de conjurar la grave calamidad pública ocasionada por el Fenómeno de La Niña e impedir la extensión de sus efectos. Que el citado decreto, en su parte considerativa, define el Fenómeno de La Niña como un desastre natural de dimensiones extraordinarias e imprevisibles, ocasionando una mayor saturación de humedad de los suelos generando eventos extraordinarios de deslizamientos y crecientes rápidas en cuencas, ríos y quebradas de alta pendiente de la región Andina, Caribe y Pacífica. Que, además, de acuerdo con el Ideam, el fenómeno descrito como lo demuestran los patrones de los eventos anteriores puede extenderse hasta el segundo semestre del 2011, empatando con el segundo régimen de lluvias del segundo año, lo cual no solo extendería los efectos de la actual calamidad pública; sino que la haría mucho más grave por la falta de capacidad de la tierra para absorber semejante caudal de agua. Que a partir de las situaciones de emergencia presentadas por el Fenómeno de La Niña, a finales del 2010 y lo previsto para el 2011, el Gobierno Nacional con el fin de conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos expidió el Decreto 141 de 21 de enero de 2011, por medio del cual se modifican los artículos 24, 26, 27, 28, 29, 31, 33, 37, 41, 44, 45, 65 y 66 de la Ley 99 de 1993, y se adoptan otras determinaciones. Que de conformidad con lo establecido en el parágrafo transitorio del artículo 9º del Decreto 141 del 21 de enero de 2011, se adicionó a las funciones de las Corporaciones Autónomas Regionales establecidas en el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, la de "Formular dentro de los treinta días siguientes a la expedición del presente decreto, en concordancia con las directrices que para el efecto expida el Gobierno Nacional, un Plan de Acción para la Atención de la Emergencia y la Mitigación de sus efectos". Que, para tal efecto, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 510 de 2011, por el cual se adoptan las directrices para la formulación del Plan de Acción para la Atención de la Emergencia y la Mitigación de sus Efectos y, en este orden de ideas, atendiendo lo dispuesto en el anterior decreto se proyectó el nuevo Plan de Acción para la Atención de la Emergencia y la Mitigación de sus Efectos (PAAEME) con un período de vigencia correspondiente al tiempo de duración del Fenómeno de la Niña 2010-2011. Que de igual forma, el Decreto 510 de 2011 establece, en su artículo 9º, lo referente a la aprobación, seguimiento y evaluación del PAAEME, el cual deberá ser presentado por el Director General al Consejo Directivo, para su aprobación y, así mismo, establece que para su seguimiento y evaluación el Director General presentará informes de avance y final al Consejo Directivo con la periodicidad que este determine. Que el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, en cumplimiento de sus nuevas funciones, especialmente la establecida en el parágrafo transitorio del artículo 6º del Decreto 141 de 2011, aprobará "Plan de Acción para la Atención de la Emergencia y la Mitigación de sus Efectos", de que trata el parágrafo transitorio del artículo 9º del decreto 141 de 2011. Que evaluado el contenido del PAAEME, en sesión extraordinaria del 3 de marzo de 2011, el Consejo Directivo encontró procedente impartir su aprobación de conformidad con el documento anexo, el cual se entiende parte integral del presente acuerdo. Que en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), ACUERDA: Artículo 1º. Aprobar el Plan de Acción para la Atención de la Emergencia y la Mitigación de sus Efectos (PAAEME), con un período de vigencia correspondiente al tiempo de duración del Fenómeno de la Niña 2010-2011, presentado por el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR). El Documento PAAEME, con sus respectivos anexos y matrices de metas e indicadores, forman parte integral del presente acuerdo. Artículo 2º. El PAAEME será una herramienta de planificación dinámica que será actualizada constantemente por el Consejo Directivo, de conformidad con las necesidades que surjan, con la gestión de recursos y la identificación de nuevos proyectos. Artículo 3º. El PAAEME tendrá una ejecución gradual y proporcional en función de los recursos del Estado, en función de las gestiones de cada entidad y en función del tema de priorización. Artículo 4º. El presente acuerdo, rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a los 3 días del mes de marzo del año 2011. El Presidente Consejo Directivo, ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ. El Secretario Consejo Directivo, JOSÉ DE JESÚS GONZÁLEZ ALARCÓN. (C. F.). Nota: Publicado en el Diario Oficial 48022 de marzo 25 de 2011. |