Que mediante Resolución No. 00116 del 8 de mayo de 2007, se creó y conformó el Comité de Publicaciones de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Que el artículo tercero de la Resolución 00116 de 2007, establece que la Secretaría Técnica del Comité de Publicaciones estará a cargo del (la) Subdirector (a) de Regulación e Incentivos de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico o su delegado.
Que revisado el Decreto 552 de 2006, por medio del cual se determina la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la Subdirección de Estudios Estratégicos tiene como funciones, entre otras, la de elaborar los estudios e investigaciones de carácter estratégico, sobre temas propios del Desarrollo Económico de la ciudad-región y que identifiquen la problemática económica de esta, con el fin que puedan ser traducidos en propuestas y marcos regulatorios y realizar estudios e investigaciones sobre la dinámica del empleo en la ciudad y proponer políticas que contribuyan a la generación de empleo, en el Distrito Capital y la Ciudad-Región.
Que la Subdirección de Estudios Estratégicos, plasma la mayoría de sus acciones, estudios e investigaciones a través de documentos escritos, publicaciones, y/o cartillas sobre temas de interés relacionados con el sector de Desarrollo Económico.
Que por lo anterior, es pertinente trasladar la Secretaría Técnica del Comité de Publicaciones de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico en la Subdirección de Estudios Estratégicos, toda vez que de esta dependencia se genera la mayor cantidad de publicaciones sobre temas del sector desarrollo económico.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo tercero de la Resolución 00116 de 2007, el cual quedará así:
"ARTÍCULO TERCERO: Secretaría Técnica del Comité de Publicaciones y funciones. – El (la) Subdirector de Estudios Estratégicos de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, actuará como Secretario(a) Técnica del Comité de Publicaciones.
Son sus funciones las siguientes:
a) Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité de Publicaciones tanto a sus miembros como a los invitados permanentes y anexar el material que será objeto de estudio del Comité.
b) Elaborar las actas del Comité de Publicaciones, las que serán suscritas por el (la) Presidente del comité y la Secretaría Técnica del Comité.
c) Mantener debidamente el archivo de las actas, de los documentos que se presenten al Comité y de las publicaciones realizadas.
d) Mantener permanentemente actualizado al Comité sobre los recursos disponibles para las publicaciones.
e) Llevar registro, bases de datos y elaborar estadísticas sobre las publicaciones efectuadas.
f) Las demás que le sean asignadas por el Comité de Publicaciones".
ARTÍCULO SEGUNDO. Las demás disposiciones de la Resolución No. 00116 de 2007 quedarán vigentes.
ARTÍCULO TERCERO: Este acto rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de mayo del año 2011.
MARIELA BARRAGAN BELTRAN
Secretaria de Despacho