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RESOLUCIÓN 555 DE 2011 (Septiembre 09) Por la cual se adopta el Reglamento Técnico y Operativo para la concesión del servicio público de aseo en la ciudad de Bogotá D.C., en sus componentes domiciliarios de recolección y transporte. y barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final, y las actividades de orden financiero, comercial, técnico, operativo, educativo y administrativo que eso conlleva EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS - UAESP, En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en los Acuerdos 1 y 4 de 2008 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y demás normas complementarias y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 113 del Acuerdo Distrital 257 de noviembre 30 de 2006, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos es una entidad del orden distrital del Sector Descentralizado por Servicios, de carácter técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Hábitat. Que mediante Acuerdo 04 de 2008, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, modificó los estatutos adoptados y adicionados por los Acuerdos 01, 05 y 07 de 2007, y estableció como objeto de la entidad, garantizar, entre otros, la planeación, prestación, coordinación, supervisión y control de los servicios de recolección, transporte, disposición final, reciclaje y aprovechamiento de residuos sólidos, la limpieza de vías y áreas públicas. Que a la UAESP en particular le fueron otorgadas las funciones de diseñar las estrategias, planes y programas para el manejo integral de los residuos sólidos, alumbrado público y servicios funerarios; dirigir y coordinar la prestación de los servicios propios del manejo integral de los residuos sólidos, el servicio de alumbrado público y los servicios funerarios; y realizar el seguimiento y la evaluación de los servicios propios del manejo integral de los residuos sólidos, alumbrado público y servicios funerarios. Que uno de los componentes del servicio público de aseo, servicio que hace parte del manejo integral de residuos sólidos, es la recolección y transporte y barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final, y las actividades de orden financiero, comercial, técnico, operativo, educativo y administrativo que eso conlleva, el cual se realiza a través de los operadores vinculados mediante contratos de concesión. Que en la actualidad, la prestación del servicio público de aseo en el componente referido, se rige por el Reglamento Técnico y Operativo adoptado mediante la Resolución Número 114 de 2003, expedida por la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, hoy Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, cuya vigencia expira con el vencimiento de los contratos de la actual concesión de aseo, esto es, el 15 de septiembre de 2011. Que en el marco de la urgencia manifiesta declarada mediante la Resolución 552 de 2011, la Unidad suscribirá los contratos de concesión para la prestación del servicio público de aseo en la ciudad de Bogotá D.C., en sus componentes domiciliarios de recolección y transporte, y barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final, y las actividades de orden financiero, comercial, técnico, operativo, educativo y administrativo que eso conlleva, en las zonas delimitadas en el presente contrato. Que por lo anterior, es necesario adoptar el reglamento técnico y operativo que regirá los referidos contratos de concesión. Que en merito de lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar el Reglamento Técnico y Operativo para la concesión del servicio público de aseo en la ciudad de Bogotá D.C., en sus componentes domiciliarios de recolección y transporte y barrido y limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final, y las actividades de orden financiero, comercial, técnico, operativo, educativo y administrativo que eso conlleva, anexo a la presente resolución y el cual hace parte integral de la misma. PARÁGRAFO.- El reglamento adoptado mediante la presente resolución, se entenderá incorporado a los contratos de concesión que se suscriban para la prestación del servicio público de aseo en la ciudad de Bogotá D.C., y es de obligatorio cumplimiento para los concesionarios y la interventoría. ARTÍCULO SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en la Gaceta Distrital y comunicarla a los concesionarios y a la Interventoría. ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir del 16 de septiembre de 2011. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los nueve (9) días del mes de septiembre de dos mil once (2011). JUAN CARLOS JUNCA SALAS Director General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4731 de septiembre 14 de 2011. |