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DECRETO LOCAL 007 DE 2012 (Marzo 7) "Por el cual se conforma el Consejo Local de Deporte, Recreación y Actividad Física en la Localidad de San Cristóbal" LA ALCALDESA LOCAL DE SAN CRISTOBAL (E.) En uso de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y, CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Local No. 038 de 2011, se creó el Consejo Local de Deporte, Recreación y Actividad Física en san Cristóbal, siendo un escenario destinado al encuentro, la deliberación, el ejercicio del derecho a la participación y la elaboración de procesos de concertación con la administración local sobre la aplicación de la política pública del deporte y el funcionamiento del sistema local de deporte y su relación con las asignaciones presupuestales. Que en virtud de lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo Local 038 de 2011, el Consejo Local de Deporte, Recreación y la Actividad Física, estará integrado por Trece (13) consejeros (as), de la siguiente manera: 1. Por las disciplinas Deportivas así: • Un/a (1) representante de los practicantes reconocidos de deportes de conjunto (futbol y sus distintas modalidades, baloncesto, voleibol, hockey y en patines) • Un/a (1) representante de los practicantes reconocidos en deportes de fuerza (lucha, judo, taekondo, boxeo, halterofilia y otros) • Un/a (1) representante de los practicantes reconocidos de deportes de carreras (ciclismo, atletismo, patinaje, natación) • Un/a (1) representante de los practicantes reconocidos de otros deportes (gimnasia, tenis y tenis de mesa, ajedrez, tejo y otros) • Un/a (1) representante de los clubes y/o escuelas de formación deportiva local reconocidos por el IDRD • Un/a (1) representante de las organizaciones deportivas locales, que desarrollen procesos o actividades relacionadas con el deporte, la recreación o la actividad física. 2. Por el sector institucional: • Un/a (1) representante por las Instituciones Educativas Locales, con formación en la educación física, la recreación y el deporte (Educadores físicos) • Un/a (1) representante del Sector Salud • Un/a (1) representante de la Junta Administradora Local • El Alcalde o Alcaldesa Local o su delegado (a) • El representante del Instituto Distrital de Recreación y Deporte en la Localidad • El representante de la Dirección Local de Educación • El representante de Asojuntas de San Cristóbal Que de conformidad con lo establecido en el Articulo 4º del Acuerdo Local No. 038 de 2011, la elección y período del Consejo Local de Deporte, Recreación y Actividad Física de San Cristóbal, estará conformado por miembros elegidos democráticamente con el apoyo directo e institucional de la Alcaldía Local de San Cristóbal, del IDRD y la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Sus integrantes ejercerán las funciones por un período de dos (2) años. Que la Alcaldía Local de San Cristóbal, estableció el siguiente cronograma: 1. Socialización del Acuerdo Local el 26 de enero de 2012 en el Salón Comunal las Mercedes. 2. Inscripción de votantes del 26 enero al 29 de febrero de 2012. 3. Publicación de inscritos-Votantes el 27 de febrero del 2012. 4. Inscripción de candidato o candidata al Consejo de Deportes y entrega de documentos el 28 y 29 de febrero del 2012. Que vencidos los términos de acreditación e inscripción por parte de las distintos disciplinas deportivas y organizaciones, contemplados en el artículo 2°, del Acuerdo Local 038 de 2011, se inscribieron un total de setecientos (700) votantes y quince (15) candidatos a las distintas disciplinas deportivas y organizaciones deportivas. Que ante la acreditación de varios representantes o delegados de las disciplinas deportivas y organizaciones, se adelantó por parte de la Alcaldía Local de San Cristóbal, el día 1º de marzo de 2012, la elección del representante de cada una de las disciplinas deportivas y organizaciones, realizando la respectiva publicación de consejeros elegidos el 2 de marzo del 2012. Que el proceso de elección de los representantes de las diferentes disciplinas deportivas para la conformación del Consejo Local de Deporte, Recreación y Actividad Física de San Cristóbal, se adelantó de forma democrática y con la observancia de los principios de publicidad, transparencia, imparcialidad y demás principios que rigen la función Administrativa. Que la Alcaldesa Local de San Cristóbal (E), en mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Instálese el Consejo Local de Deporte, Recreación y Actividad Física de San Cristóbal, el cual estará conformado de la siguiente manera: 1. Por las disciplinas Deportivas así:
2. Por el sector institucional así:
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los miembros el Consejo Local de Deporte, Recreación y Actividad Física de San Cristóbal, tendrán un período de dos años a partir del año 2012 hasta el año 2014, conforme con lo establecido en el artículo 4° del Acuerdo Local 038 de 2011.Parágrafo.– Los procedimientos de remplazos, vacancias, inasistencias que afecten el cumplimiento de la naturaleza de consejero, se define a partir de lo acordado en el respectivo Reglamento Interno. En todo caso el período de los consejeros no podrá ser superior a lo escrito en el presente artículo. ARTÍCULO TERCERO.- El Consejo Local de Deporte, Recreación y Actividad Física de San Cristóbal deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en el artículo 3°, así como con las demás disposiciones que rigen el Acuerdo Local 038 de 2011. ARTICULO CUARTO.- Los representantes y delegadas o delegados al Consejo Local de Deporte, Recreación y Actividad Física de San Cristóbal, no recibirán remuneración alguna y su participación será ad honorem. ARTÍCULO QUINTO.- El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de marzo del año 2012. MARÍA DEL PILAR MUÑOZ TORRES Alcaldesa Local San Cristóbal (E.) NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4852 de marzo 8 de 2012 |