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Resolución 238 de 2002 Ministerio de Hacienda

Fecha de Expedición:
18/02/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/02/2002
Medio de Publicación:
Diario Oficial 44721 del 15 de febrero de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

RESOLUCIÓN 238 DE 2002

(18 DE FEBRERO)

por la cual se autoriza a Bogotá, Distrito Capital, para celebrar un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, hasta por la suma de US$16.000.000, con garantía de la Nación.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y
en especial de las que le confieren el Decreto Reglamentario 2681 de 1993 y la Ley 344 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resoluciones Ministeriales núme ros 1028 del 25 de mayo de 2001 y 2359 del 31 de octubre de 2001, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a Bogotá, Distrito Capital, para gestionar la contratación de empréstitos externos con la Banca Multilateral hasta por la suma de doscientos dieciocho millones de dólares (US$218.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, destinados a garantizar el cumplimiento del Plan de Inversiones 2001-2004, contemplado en el documento Conpes número 3112 del 3 de mayo de 2001;

Que con base en las citadas resoluciones, Bogotá, Distrito Capital, gestionó un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, por la suma de dieciséis millones de dólares (US$16.000.000) de los Estados Unidos de América, para lo cual solicita la respectiva autorización;

Que el literal b) del artículo 10 del Decreto 2681 de 1993 establece que la celebración de contratos de empréstito externo por parte de las entidades territoriales requiere autorización para suscribir el contrato, impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con base en la minuta definitiva del mismo;

Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 24 del Decreto Reglamentario 2681 de 1993,

Ver Resolución del Ministerio de Hacienda 1006 de 2003

RESUELVE:

Artículo 1º. Autorizar a Bogotá, Distrito Capital, para celebrar un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, hasta por la suma de dieciséis millones de dólares (US$16.000.000) de los Estados Unidos de América, con garantía de la Nación, en los términos de la minuta de contrato de préstamo aprobada por la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Oficio número DFE2002-00076 de 15 de febrero de 2002.

Artículo 2º. Los términos financieros del empréstito a los cuales deberá sujetarse la contratación autorizada en el artículo 1º de la presente resolución, son los siguientes:

• Plazo total: 20 años, con un período de gracia de 3.5 años.

• Tasa de interés: Costo de los Empréstitos Unimonetarios Calificados en dólares para el semestre anterior, más un diferencial fijado periódicamente por el BID.

• Comisión de crédito: 0.75% anual sobre saldos no desembolsados.

• Inspección y Vigilancia: 1% del monto del empréstito.

Artículo 3º. Los recursos provenientes del empréstito al que se refiere el artículo anterior se deben destinar al financiamiento parcial del Programa de Fortalecimiento Institucional de Bogotá, D. C., en cumplimiento de las obligaciones contempladas en el Plan de Inversiones 2001-2004.

Artículo 4º. Bogotá, Distrito Capital, otorgará a favor de la República de Colombia las siguientes contragarantías:

• La pignoración de los ingresos que Bogotá, D. C., recaude de la renta del impuesto de consumo de cerveza y que a la fecha no están pignorados, hasta por el ciento veinte por ciento (120%) del servicio semestral de la deuda que se origine en el Contrato de Empréstito Externo, incluidos capital, intereses y demás costos y gastos que asuma la Nación derivados de la garantía otorgada por ésta al Contrato de Empréstito Externo.

Pagaré con espacios en blanco junto con la correspondiente carta de instrucciones para su diligenciamiento, el cual entregará Bogotá, D. C. a la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de Crédito Público, en la fecha de firma del contrato de contragarantía.

Artículo 5º. Bogotá, Distrito Capital, deberá constituir a favor de la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las contragarantías de que trata el artículo anterior, a fin de suscribir el correspondiente contrato de garantía.

Artículo 6º. Bogotá, Distrito Capital, deberá enviar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General de Crédito Público, un original del contrato de préstamo y la información mensual referente a saldos y movimientos de deuda dentro de los primeros diez (10) días calendario del mes siguiente al mes que se reporte, de acuerdo con las instrucciones que para tal efecto imparta la Dirección General de Crédito Público, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley 533 del 11 de noviembre de 1999. Así mismo, esta operación deberá incluirse en la base única de datos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General de Crédito Público, conforme a lo dispuesto en la mencionada ley.

Artículo 7º. La presente autorización no exime a Bogotá, Distrito Capital, del cumplimiento de las demás normas de cualquier naturaleza que le sean aplicables, en especial a la Resolución Externa número 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República.

Artículo 8º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 185 de 1995.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 2002.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Manuel Santos Calderón.

(C. F.)

 

Nota: Se encuentra publicado en el Diario Oficial 44.721 de 25 de febrero de 2002.