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RESOLUCIÓN 206 DE 2013 (Junio 12) Derogada por el art. 1, Resolución Transmilenio S.A. 188 de 2015, en lo que corresponde a la eliminación del procedimiento y formatos inmersos en las versiones P-DT-001, R-DT-002 y R-DT-003. “Por la cual se modifica la Resolución 078 del 31 de Julio de 2000, con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A” EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”, en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 278 de Julio de 2012, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor. Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000. Que mediante Acuerdo 002 de 2011 de la Junta Directiva de la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO – “TRANSMILENIO S.A.” se determinaron las funciones de las dependencias. Que una vez presentado, discutido y ajustado, fue aprobado en sesión del Comité de Calidad y Control Interno del 10 de Agosto de 2012, el nuevo Mapa de Procesos de la entidad, atendiendo el nuevo rol institucional como ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público. Que la Oficina Asesora de Planeación solicitó con los memorandos internos 931, 932, 933, 934, 935, 936, 937, 938, 1070. 4100, 4101, 4102, 4103, 4104, 4105, 4107 del año 2012 la actualización de los Documentos Oficiales del Sistema Integrado de Gestión ajustándolos al nuevo Mapa de Procesos, a las nuevas responsabilidades funcionales y a la nueva planta de personal. Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la entidad, con el objeto de ajustarlo a las nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo de la entidad y del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al personal de la entidad y a los actores que intervienen en la Operación. Que en mérito de lo expuesto, Ver Resolución Transmilenio S.A. 62 de 2015, Ver Resolución Transmilenio 63 de 2015, Ver Resolución Transmilenio 375 de 2013. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar la Resolución 078 del 31 de Julio de 2000 en lo que corresponde a: La incorporación del siguiente Procedimiento:
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios. Los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, a los doce (12) días del mes de junio de dos mil trece (2013). JUAN CARLOS MELO BERNAL Jefe Oficina Asesora de Planeación NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5147 de junio 26 de 2013
TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. RESPONSABLE 4. CONDICIONES GENERALES (POLÍTICAS DE OPERACIÓN) 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 6. TABLA DE FORMATOS 1. OBJETO Establecer las actividades necesarias para la custodia, almacenamiento, administración y uso adecuado de las copias recibidas de los módulos de seguridad SAM de producción del Sistema TransMilenio en las Fases I y II. 2. ALCANCE Este procedimiento es para conocimiento y aplicación por parte del Director de TIC´s y los Profesionales Especializados (06) de Bases de Datos y Aplicaciones y (06) de SIRCI. En caso de ausencia temporal o definitiva de los Profesionales Especializados (06) de Bases de Datos y Aplicaciones y/o (06) de SIRCI, el Director de TIC´s podrá designar un responsable que ejecute a cabalidad las funciones y actividades aquí descritas. 3. RESPONSABLE Los responsables por la elaboración, mantenimiento y cumplimiento de este procedimiento, son los Profesionales Especializados (06) de Bases de Datos y Aplicaciones y (06) de SIRCI, quienes deberán reportar cualquier novedad presentada al Director de TIC´s. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones, actividades y/o responsabilidades descritas en el presente procedimiento, acarreará las sanciones disciplinarias a que haya lugar. La revisión y/o actualización de este procedimiento deberá hacerse cada vez que se requiera. En todo caso, por lo menos una vez al año deberá efectuarse una revisión. 4. CONDICIONES GENERALES (POLÍTICAS DE OPERACIÓN) * Los Módulos de Seguridad SAM de Producción deben permanecer en la caja fuerte de TRANSMILENIO S.A., utilizando para ello las disposiciones y condiciones para el manejo de la caja fuerte establecidos por la Subgerencia Económica. * Los Módulos de Seguridad SAM de Producción podrán ser solicitados por un Operador de Recaudo, en cuyo caso, deben solicitarlo con 24 horas de antelación al Director de TIC´s, quien a través de los Profesionales Especializados (06) de Bases de Datos y Aplicaciones y/o (06) de SIRCI, los entregará bajo el esquema establecido en el presente documento. * Se permitirá la realización de pruebas en un horario de Lunes a Viernes entre las 8:00 AM y las 4:30 PM, cuidando que no se generen copias o duplicados de los mismos. En caso de realizarse pruebas de cargas o validaciones, se deberán registrar mediante acta, los seriales de las tarjetas utilizadas y hacer las validaciones necesarias, con el fin de que al finalizar cada ciclo de pruebas, las tarjetas usadas queden con saldo cero y/o sin información que se pueda utilizar para duplicar los Módulos de Seguridad SAM de Producción. * Nota: En caso que el Operador de Recaudo solicitante requiera el uso de los Módulos de Seguridad SAM de Producción por fuera del horario establecido, deberá informarlo con la debida antelación (24 Horas) a los Profesionales Especializados (06) de Bases de Datos y Aplicaciones y/o (06) de SIRCI quienes a su vez informarán el hecho al Director de TICs, para que se determine sitio y custodio para los Módulos SAM de Producción. * Para las pruebas a realizar, el concesionario de recaudo dispondrá de equipo de filmación que grabe todas las operaciones adelantadas sobre los Módulos de Seguridad SAM de Producción y reflejados en la pantalla del equipo que se utilice para el trabajo. * TRANSMILENIO S.A. deberá proveer las condiciones logísticas y de seguridad necesarias para el transporte de los Módulos de Seguridad SAM de Producción y del custodio, hasta el laboratorio de pruebas del Operador de Recaudo y desde este laboratorio hasta la sede administrativa de TRANSMILENIO S.A. 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
6. TABLA DE FORMATOS
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