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RESOLUCIÓN 062 DE 2015 (Febrero 12) “Por la cual se modifica la Resolución 078 del 31 de Julio de 2000, con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A.” EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”, en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 271 de Junio de 2013, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor. Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000. Que mediante Acuerdo 002 de 2011 de la Junta Directiva de la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO – “TRANSMILENIO S.A.” se determinaron las funciones de las dependencias. Que una vez presentado, discutido y ajustado, fue aprobado en sesión del Comité de Calidad y Control Interno del 10 de Agosto de 2012, el nuevo Mapa de Procesos de la Entidad, atendiendo el nuevo rol institucional como ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público. Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la Entidad, con el objeto de ajustarlo a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al personal de la Entidad y a los actores que intervienen en la Operación. Que mediante la Ley 769 de 2002 se expide el código Nacional de tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones. Que en mérito de lo expuesto, Ver Resoluciones Transmilenio S.A. 206 y 375 de 2013, Ver Resolución Transmilenio S.A. 63 de 2015. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la resolución 078 del 31 de Julio de 2000 en lo que corresponde a la incorporación del siguiente documento:
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios. Los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, a los 12 días del mes de febrero del año 2015. ANDRÉS ARBOLEDA SALAZAR Jefe de Oficina Asesora de Planeación TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. RESPONSABLE 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA 5. DEFINICIONES 6. CONDICIONES GENERALES 6.1 Clasificación de multas y desincentivos operativos. 6.2 Códigos utilizados para las multas. 6.3 Descripción de las multas y los desincentivos operativos. 6.4 Sanciones por infracciones a los indicadores de desempeño. 6.4.1 Concesionarios troncales fase I 6.4.2 Concesionarios troncales fase II 6.4.3 Concesionarios troncales y alimentadores fase III 7. PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS Y DESINCENTIVOS OPERATIVOS 8. TABLA 9. ANEXOS 1. OBJETO El propósito de este procedimiento es definir de forma sencilla, concisa y clara los pasos que se deben seguir para la aplicación de multas para los Concesionarios de alimentación fase II y desincentivos operativos a los Concesionarios Troncales fase I, II y II y alimentadores fase III. 2. ALCANCE Este procedimiento debe ser aplicado por todo el personal de la Dirección Técnica de BRT o personal que TRANSMILENIO S.A. asigne para labores en vía y que intervienen en cualquier instancia en el proceso de aplicación de las multas y desincentivos operativos a empresas concesionarias encargadas de la operación troncal y alimentadora del Sistema TransMilenio. 3. RESPONSABLE El responsable por la elaboración y mantenimiento de este procedimiento es el Profesional Especializado de Control de Operación. El responsable de su desarrollo, implementación y ejecución es el personal de la Dirección Técnica de BRT de TRANSMILENIO S.A. que tiene la potestad de elaborar los reportes de incumplimiento y los desincentivos operativos, como son: Profesional Especializado de Coordinación Técnica Operativa, Profesional Especializado de Control de Operación, Técnico de Control Enlace, Técnico de Control del Sistema BRT, Técnico Operativo de Monitoreo a la Operación, Técnico Operativo de Supervisión de Flota y Auxiliar Operativo Dirección Técnica de BRT o el personal y/o contratista que TRANSMILENIO S.A. asigne para este fin. Por su estricto cumplimiento y mantenimiento velará el Director Técnico de BRT. La revisión y/o actualización de este procedimiento deberá hacerse por lo menos una vez al año o cuando la Dirección Técnica de BRT lo considere pertinente. 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA * Normograma * Contratos de concesión operadores troncales fase I y fase II * Contratos de concesión de operadores alimentadores fase II. * Contratos de concesión del SITP con operación troncal y alimentadora. * Manual de operaciones del Componente Troncal del Sistema Integrado de Transporte Público – SITP. * Manual de operaciones del Componente Zonal del Sistema Integrado de Transporte Público – SITP. 5. DEFINICIONES Allanarse: Acción de prestar aceptación, conformidad, asentamiento y confirmación a lo comunicado y liquidado por TRANSMILENIO S.A. Auxiliar Operativo Dirección Técnica de BRT: Apoya la gestión y desarrollo de la Dirección de Técnica de BRT en el soporte a la supervisión de la empresa que administre y controle la operación de los servicios troncales, alimentadores del Sistema BRT, incluyendo las acciones tendientes a lograr una operación coordinada con el componente zonal y demás modos del SITP. Bus Articulado: Vehículo troncal que cuentan con dos vagones y una articulación, existen dos clases de articulados: los primeros buses vinculados con 18 metros de largo y capacidad de 160 pasajeros. Adicionalmente, se han incorporado buses articulados con medida de 20 metros de largo cuya capacidad aumenta a 190 pasajeros. Estos vehículos operan en los corredores exclusivos del Sistema TransMilenio. Bus Biarticulado: Vehículos que cuentan con tres vagones y dos articulaciones. Tienen una capacidad para 242 pasajeros, mide 27,2 metros de largo y pesan 40 toneladas, los cuales operan en los corredores exclusivos del Sistema TransMilenio. Bus Alimentador: Buses de capacidad media, adecuados a las condiciones viales y de tránsito que permiten el acceso desde los barrios cercanos al sistema sin pagar doble viaje, estos buses se identifican de color verde. Bus Padrón Dual: Bus de capacidad media y un solo cuerpo que está especialmente adaptado para operar en la infraestructura de tipo troncal y del tipo zonal. Su capacidad es de 80 pasajeros, su longitud es de 12 metros aproximadamente. Adicionalmente presenta accesibilidad total a personas en condición de discapacidad. Este bus cuenta con puertas de servicio al costado izquierdo para el componente troncal, junto con puertas en el costado derecho para operar en el componente zonal; por lo anterior, cuenta con validadores y sistema de recaudo a bordo. Compensación: Descuento sobre la participación que el concesionario tenga derecho a obtener, derivada de la ejecución del presente contrato. Centro de Control: Lugar especialmente acondicionado que integra los equipos, las aplicaciones informáticas, datos y personal, para la localización, seguimiento, coordinación y demás actividades de gestión de la flota del Sistema TransMilenio. Comprobar: Verificar o confirmar la infracción. Desincentivo Operativo: Descuentos generados por cualquier incumplimiento de los requisitos y parámetros taxativamente contenidos en el manual de operaciones o aquellos establecidos en el contrato que se refieran o tengan equivalencia a los de dicho manual. Infracción o Incumplimiento: Es la acción de irrespeto u omisión por parte de la Empresa Concesionaria, de sus empleados o representantes legales, a la normatividad vigente en materia de tránsito y transporte o a los comportamientos establecidos en el manual de Operaciones del Componente BRT del SITP, las actas del Comité de Operadores Troncales y los Contratos de Concesión suscritos con los Operadores. Observador: Persona(s) que verifica(n) la infracción o incumplimiento, la(s) cual (es) puede(n) ser: el Auxiliar Operativo Dirección Técnica de BRT, el Técnico de Control Enlace, el Técnico de Control del Sistema BRT, el Técnico Operativo de Monitoreo a la Operación, el Técnico Operativo de Supervisión de Flota, los Profesionales de la Dirección, Policía, personal de Misión Bogota, personal de taquillas o torniquetes, Usuario, el Centro de Control en casos donde sean detectados por el Software de control, por el Sistema de monitoreo de CCTV o el personal o contratista que la Dirección Técnica de BRT designe para tal fin. Operador Alimentador: Empresas CONCESIONARIAS del Sistema, propietarias de Buses Alimentadores. Operador Troncal: Empresas Concesionarias del Sistema, propietarias de Buses Troncales. Personal operativo de inspección de la operación: Son los Auxiliares Operativos y/o Técnicos Operativos y/o quien TRANSMILENIO S.A. designe como personal en la vía encargado de realizar la supervisión de la operación y el apoyo al Centro de Control en cualquier actividad para el funcionamiento del Sistema. Técnico de Control Enlace: Es el encargado de liderar la cadena de información y decisiones del control de la operación hasta en las contingencias que impliquen interrupciones del servicio al usuario o personas lesionadas. Técnico de control del Sistema BRT: Es el encargado de realizar el control y la regulación de la operación del Sistema de BRT, verificando que la frecuencia y flujo de buses se ajusten a la programación, con el fin de mantener los niveles de prestación de servicio continuo a los usuarios, de conformidad con el procedimiento establecido. Técnico operativo de monitoreo a la operación: Es el encargado de apoyar la gestión y desarrollo de la Dirección Técnica de BRT en la realización de las acciones control operativo del servicio del Sistema, por medio del Circuito Cerrado de TV que se coordina desde el Centro de Control en TRANSMILENIO S.A. Técnico Operativo de Supervisión de Flota: Apoyar la gestión y desarrollo de la Dirección de Técnica de BRT en la verificación de las condiciones de operación de los vehículos sus conductores y la documentación respectiva garantizando que las acciones preventivas y correctivas programadas se realicen oportunamente con el fin de asegurar una buena prestación del servicio por parte del Sistema BRT. 6. CONDICIONES GENERALES TRANSMILENIO S.A. verificará el cumplimiento de la totalidad de los parámetros, requisitos, obligaciones y responsabilidades exigibles al concesionario en virtud de lo dispuesto en el contrato de concesión. La Dirección Técnica de BRT tiene a cargo ejecutar las acciones de vigilancia y control en los niveles de servicio de la operación troncal, para garantizar la calidad, cobertura, continuidad, eficiencia y acceso del Sistema. Si el concesionario no cumple con cualquiera de los parámetros, requisitos, obligaciones y responsabilidades que le han sido asignados en el contrato de concesión, a partir de la fecha en que cada obligación se hace exigible, TRANSMILENIO S.A. comenzará a causarle una multa o desincentivo operativo diario de acuerdo con lo previsto en cada uno de los contratos de concesión. Todas las multas y desincentivos operativos se causarán de manera continua hasta cuando se restituya el cumplimiento del contrato, según el parámetro, requisito, obligación o responsabilidad exigidos. Cuando se trate de incumplimiento de ejecución inmediata cuyo cumplimiento no sea posible restituir, se causarán tantas multas o desincentivos operativos como infracciones de ejecución inmediata haya cometido el concesionario, cuantificadas en cada caso por una sola vez. Todas las multas y desincentivos operativos que se causen podrán ser canceladas a través de la figura de la compensación, descontándose el valor de las multas de los valores que el concesionario tenga el derecho a obtener derivados de la ejecución de los contratos de concesión. En todo caso, el pago o la deducción de dichas multas no exonerarán al concesionario de su obligación de cumplir plenamente con las responsabilidades y obligaciones que emanen de los contratos de concesión. Toda multa y desincentivo operativo es soportado por el registro R-DO-004 “Reporte de incumplimientos”. Estos formatos deben estar elaborados con información detallada y precisa por personal de la Dirección Técnica de BRT, o el personal que TRANSMILENIO S.A. asigne para este fin. El diligenciamiento del registro R-DO-004 “Reporte de Incumplimientos” lo realiza el observador de la infracción así: * Fecha: Se refiere a la fecha exacta en que la infracción fue cometida, especificando año, mes, día y hora, la hora será registrada en formato de hora militar. * Lugar: Se trata de la ubicación exacta donde es cometida la infracción, se debe especificar la troncal en la que se comete, calle y carrera o si fue en una estación el nombre de ésta. * Incumplimiento: Se debe registrar el código de la multa y el mecanismo de observación. * Código: Se escribe el código de la multa o desincentivo * Mecanismo de Observación: Diligenciar que ente detecto el incumplimiento, si es “OTRO” informar cual. * Comprobado Por: Se registra el nombre del funcionario que comprueba ó ratifica el incumplimiento. * Vehículo: Se registra el número interno del vehículo que comete la infracción ya sea bus troncal o alimentador, placas y empresa operadora a la que pertenece. * Conductor: Se registra el nombre y apellido del conductor que comete el incumplimiento, como también al número de credencial o código del conductor. * Situación que origina el incumplimiento: Se describe, de forma concreta, el suceso que causa el incumplimiento. * Reportado Por: Se registra el nombre y la firma de la persona que diligencia el formato (observador de la infracción o funcionario). Toda multa y desincentivo operativo que se haya generado en la vía debe ser revisado por el Auxiliar Operativo Dirección Técnica de BRT. Las multas y desincentivos operativos realizados por los Técnicos Operativos de Supervisión de flota deben ser revisados por el Técnico Operativo Apoyo Logístico y las multas y desincentivos operativos de los Técnicos de Control Del Sistema BRT y los Técnicos Operativos de Monitoreo a la Operación deben ser revisadas por el Técnico de Control Enlace o por los demás profesionales de la Dirección Técnica de BRT, según corresponda, antes de ser enviada formalmente a la Empresa Operadora. 6.1 Clasificación de multas y desincentivos operativos Las multas y desincentivos operativos se han clasificado y codificado para los concesionarios según el tipo de afectación que tenga el incumplimiento así: * Multas y Desincentivos operativos relacionados con el estado de los vehículos: derivados de la obligación de los concesionarios de suministrar y mantener en óptimas condiciones la flota de autobuses. * Multas y Desincentivos operativos por deficiencias relacionadas con la operación: derivados de las deficiencias relacionadas con la obligación de operar el servicio de transporte público de pasajeros dentro del Sistema TRANSMILENIO S.A. * Multas y Desincentivos operativos relacionados con obligaciones de carácter institucional o administrativo: derivadas de las deficiencias relacionadas con el desempeño institucional o administrativo del Concesionario. * Multas y Desincentivos operativos relacionados con obligaciones de carácter ambiental: derivadas de las deficiencias relacionadas con el desempeño ambiental del Concesionario. * Multas y desincentivos operativos relacionadas con las sanciones de los conductores: derivadas de las conductas de los conductores que están reguladas dentro del Manual de Operación. * Multas y desincentivos operativos relacionadas con la obligación de la prestación de los servicios de aseo y vigilancia: Están relacionadas a la prestación del servicio de aseo y vigilancia en las estaciones por parte de los concesionarios troncales fase II. * Desincentivos operativos asociados a terminales zonales y patios de operación troncal: derivadas con la obligación de dotar, administrar y conservar los patios y talleres de operación troncal fase III. * Multas y desincentivos operativos asociadas a la imagen y publicidad: derivadas a la publicidad de los vehículos. * Multas y Desincentivos operativos por deficiencias relacionadas con el servicio al usuario: la exigibilidad de multas y desincentivos operativos por deficiencias relacionadas con el servicio que el Concesionario preste a los usuarios del Sistema TransMilenio 6.2 Códigos utilizados para la multas En la tabla 1 se relacionan los códigos utilizados para las respectivas multas que se impongan a los concesionarios del sistema.
6.3 Descripción de las multas y los desincentivos operativos En el anexo No 1. Descripción del incumplimiento a Concesionarios Troncales y en el anexo No 2. Descripción del incumplimiento a Concesionarios Alimentadores, de este procedimiento, muestran cada una de las multas y desincentivos operativos que son aplicables dentro del Sistema TRANSMILENIO a los Concesionarios Troncales y Alimentadores, se relaciona el código de la multa o desincentivo operativo, la clase de multa o desincentivo operativo, la descripción del incumplimiento, su valor equivalente en kilómetros, SMMVL o tiquetes y el operador al que aplica. Como quiera que los incumplimientos estén descritos de manera general, las conductas específicas en las que incurra el concesionario serán catalogadas por TRANSMILENIO S.A. dentro de la clasificación de incumplimientos de acuerdo con sus características propias y/o las consecuencias de estos. 6.4 Sanciones por infracciones a los Indicadores de Desempeño En los contratos de Concesión de Troncales de Fase I y Fase II, se determinaron incumplimientos aquellos índices de desempeño que presentan un desfase específico en su puntuación con respecto a la mayor puntuación obtenida en el periodo evaluado. Los incumplimientos generados por índices de desempeño descritos en los contratos con cada Concesionario Troncal no generan registro R-DO-004 “Reporte de Incumplimientos”. Sin embargo si tienen relación, debido a que son un reflejo de los incumplimientos generados en la operación. De esta manera, se estipularon las siguientes sanciones: 6.4.1 Concesionarios Troncales FASE I 6.4.1.1 Regularidad Para la imposición de sanciones por infracciones a la regularidad, se tomará mensualmente al operador que presente el mayor de los índices de regularidad, multándose así a aquellos operadores que presenten un desfase en su índice superior al 5% con respecto al operador que haya obtenido el mejor puntaje, de acuerdo con lo establecido en la tabla 2. TABLA 2. SANCIONES POR REGULARIDAD
6.4.1.2 Puntualidad Como base, se tomará mensualmente al operador que presente el mayor de los índices de puntualidad, multándose así a aquellos operadores que presenten un desfase en su índice superior al 5% con respecto al mejor operador, de acuerdo con lo establecido en la tabla 3. TABLA 3. SANCIONES POR PUNTUALIDAD
6.4.1.3 Satisfacción al Usuario Como base, se tomará mensualmente al operador que presente el mejor de los índices de satisfacción, multándose así a aquellos operadores que presenten un desfase en su índice, superior al 10% con respecto al operador con mayor puntaje, de acuerdo con lo establecido en la tabla 4. TABLA 4. SANCIONES POR SATISFACCIÓN AL USUARIO
6.4.2. Concesionarios Troncales FASE II Para la imposición de sanciones por infracciones a los indicadores de desempeño, se tomara mensualmente al operador que presente mejor puntuación del concesionario, multándose así a aquellos operadores que presenten un desfase en su puntuación superior al 20% con respecto al operador que haya obtenido el mejor puntaje, de acuerdo con lo establecido en la tabla 5 TABLA 5. SANCIONES CONCESIONARIOS TRONCALES FASE II
Para Regularidad y Puntualidad la Dirección Técnica de TIC´s emite un informe mensual en el cual se incluye el porcentaje respectivo para cada Operador. Para Satisfacción del Usuario la empresa encargada de la realización de las encuestas entrega mensualmente a la oficina Asesora de Planeación el porcentaje correspondiente a cada Operador, comunicando dichos resultados a la Dirección de BRT. 6.4.3. Concesionarios Troncales y alimentadores FASE III 6.4.3.1 Gestión de satisfacción de usuarios Para la imposición de multas se considerara como nivel mínimo aceptable de satisfacción el 60%, el no cumplimiento de este índice generara el cobro de la respectiva multa, en el caso de obtener tres trimestres seguidos índices menores al 60% se considera causal para declarar la caducidad del contrato de concesión. 6.4.3.2 Gestión de seguridad Para la imposición de multas se considerara como nivel máximo aceptable 0.4 eventos por vehículo, el no cumplimiento de este índice generara el cobro de la respectiva multa, en el caso de obtener seis meses seguidos índices de accidentalidad mayores de 0.4 eventos por vehículo se considera causal para declarar la caducidad del contrato de concesión. 6.4.3.3 Gestión de servicios Índice de cumplimiento de despachos: Para la imposición de multas se considerara como nivel mínimo aceptable 95%, el no cumplimiento de este índice generara el cobro de la respectiva multa, en el caso de obtener seis meses seguidos índices de cumplimiento menores de 95% se considera causal para declarar la caducidad del contrato de concesión. Índice de puntualidad de partidas realizadas: Para la imposición de multas se considerara como nivel mínimo aceptable 70%, el no cumplimiento de este índice generara el cobro de la respectiva multa, en el caso de obtener seis meses seguidos índices de puntualidad menores de 70% se considera causal para declarar la caducidad del contrato de concesión. 6.4.3.4 Gestión de mantenimiento Para la imposición de multas se considerara como nivel máximo aceptable 0.08 eventos promedio por flota en operación por mes, el no cumplimiento de este índice generara el cobro de la respectiva multa, en el caso de obtener seis meses seguidos índices de fallas mayores a 0.08 eventos promedio por flota en operación por mes se considera causal para declarar la caducidad del contrato de concesión. 6.4.3.5 Gestión de medio ambiente Para la imposición de multas se considerara como nivel máximo aceptable 5% del total de la flota por operador reprobada, el no cumplimiento de este índice generara el cobro de la respectiva multa, en el caso de obtener seis meses seguidos índices de emisiones superiores al 5% se considera causal para declarar la caducidad del contrato de concesión. 7. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICION DE LAS MULTAS Y LOS DESINCENTIVOS OPERATIVOS Para la imposición de Multas y Desincentivos operativos generados por incumplimientos en los que incurran los operadores del Sistema, se da aplicación al siguiente procedimiento:
8. TABLA
9. ANEXOS Anexo 1. Descripción del incumplimiento a Concesionarios Troncales Anexo 2. Descripción del incumplimiento a Concesionarios Alimentadores NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5538 de febrero 20 de 2015 |
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