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Resolución 165 de 2014 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
08/05/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/05/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5355 de Mayo 14 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 165 DE 2014

(Mayo 8)

 Modificado por el art. 1, Resolución Transmilenio 571 de 2015.

"Por la cual se modifica la Resolución 078 del 31 de Julio de 2000, con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio TRANSMILENIO S.A"

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO "TRANSMILENIO S.A.",

en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución 271 de Junio de 2013, y

CONSIDERANDO: 

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según Resolución 078 de 2000.

Que mediante Acuerdo 002 de 2011 de la Junta Directiva de la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO – "TRANSMILENIO S.A." se determinaron las funciones de las dependencias.

Que una vez presentado, discutido y ajustado, fue aprobado en sesión del Comité de Calidad y Control Interno del 10 de Agosto de 2012, el nuevo Mapa de Procesos de la entidad, atendiendo el nuevo rol institucional como ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público.

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos de la entidad, con el objeto de ajustarlo a las nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo de la entidad y del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al personal de la entidad y a los actores que intervienen en la Operación.

Que la Ley 6 de 1945 y el Decreto 2127 de 1945 establecen las disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de trabajo.

Que mediante la Ley 100 de 1993 se crea el Sistema de seguridad social integral.

Que mediante la Ley 190 de 1995 se dictan las normas tendientes a preservar la moralidad en la administración pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa.

Que con el Decreto 614 de 1984 se dictan las bases para la organización de la Administración de la salud ocupacional en el País.

Que con la Resolución 041 de 2008 se reglamenta la vigencia de los procesos de selección para los Trabajadores Oficinales que adelante TRANSMILENIO S.A.

Que la Resolución 003 de 2006 reglamenta la evaluación del desempeño para TRANSMILENIO S.A y adopta el modelo basado en gestión de resultados y competencias laborales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la resolución 078 del 31 de Julio de 2000 en lo que corresponde a la modificación del siguiente documento:

Código

Versión

Nombre

P-DA-001

1

Procedimiento

Selección y Vinculación por Competencias

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios. Los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los 8 días del mes de mayo del año 2014.

JAIME GARCÍA MÉNDEZ

Jefe de Oficina Asesora de Planeación

TÍTULO:

SELECCIÓN Y VINCULACIÓN POR COMPETENCIAS

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA

Código

P-DA-001

Versión

1

Fecha

Marzo 11 de 2014

TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

6.1. SELECCIÓN Y VINCULACIÓN

6.2 DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OCUPACIÓN DEL CARGO

6.3 RECLUTAMIENTO DE PERSONAL

6.4 PRESELECCIÓN DE CANDIDATOS

6.5 SELECCIÓN

6.6 VINCULACIÓN Y CONTRATACIÓN

6.7. INDUCCIÓN Y ENTRENAMIENTO

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y VINCULACIÓN POR COMPETENCIAS DEL SERVIDOR PÚBLICO EN TRANSMILENIO S.A.

8. TABLA DE FORMATOS

9. ANEXOS

TABLA DE MODIFICACIONES

VERSION

FECHA

CAMBIO

SOLICITÓ

0

23-11-2012

Primera versión Oficial del documento

N/A

1

11-03-2014

Adoptar la Directiva No. 003 de 2013

Incluir el formato "Ubicación y Entrenamiento del Servidor en el Puesto de Trabajo"

Discrecionalidad para efectuar visita domiciliaria

Revisión y actualización Tabla de formatos. Numeral 8.

Dirección de Asuntos Disciplinarios de la Alcaldía Mayor y Dirección Administrativa

1. OBJETO

Establecer las actividades y responsabilidades en el proceso de selección y vinculación por competencias de todos los trabajadores oficiales y empleados públicos de TRANSMILENIO S.A.

2. ALCANCE

Este procedimiento aplica para la selección y vinculación de todos los trabajadores oficiales y empleados públicos de TRANSMILENIO S.A. desde que se identifica la vacante hasta que se desarrolla el proceso de inducción y entrenamiento en el puesto de trabajo.

3. RESPONSABLE

El responsable por la elaboración y actualización de este procedimiento, es el Profesional Especializado (06) Talento Humano, quien es igualmente responsable por su revisión al menos una vez al año. Por su estricto cumplimiento, implementación y mantenimiento cuidará el (la) Director(a) Administrativo(a).

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

• Constitución política

• Ley 6 de 1945 y el decreto 2127 de 1945. "Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de trabajo".

• Ley 100 de 1993" Sistema de Seguridad Social Integral".

• Ley 190 de 1995: "Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la administración pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa".

• Decreto 1421 de 1993: "Estatuto Orgánico de Bogotá".

• Decreto 614 de Marzo 14 de 1984:" Por el cual se dictan las bases para la Organización de Administración de Salud Ocupacional en el País".

• Directiva No.003 de 2013, por la cual se adoptan las "Directrices para prevenir conductas irregulares relacionadas con incumplimiento de los Manuales de Funciones y de Procedimientos y la pérdida de elementos y documentos públicos".

• Resolución 041 de 2008: "Por medio de la cual se reglamenta la vigencia de los procesos de selección para Trabajadores Oficiales que adelante TRANSMILENIO S.A.".

• Ley 1562 De 2012 "Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional".

• Resolución No. 003 de 2006 "Por la cual se reglamenta la evaluación del desempeño para TRANSMILENIO S.A. y adopta el modelo basado en gestión de resultados y competencias laborales".

• Norma Técnica Colombiana NTC ISO 9001:2008

• Norma Técnica Colombiana NTCH OHSAS 18001:2007

• Manual de funciones y requisitos de TRANSMILENIO S.A., vigente.

• Acuerdos de la Junta Directiva de la organización que determinen la estructura y planta de personal.

• Convención Colectiva de Trabajo Vigente

5. DEFINICIONES

COMPETENCIAS: Conjunto de conocimientos, actitudes, disposiciones y habilidades cognitivas, socio-afectivas y comunicativas, relacionadas entre sí para facilitar el desempeño flexible y con sentido de una actividad en contextos relativamente nuevos y retadores. Capacidad real de una persona para dominar el conjunto de tareas que configuran las funciones y responsabilidades del cargo que desempeña.

EMPLEADOS PÚBLICOS: Son los servidores públicos vinculados al Estado mediante una relación legal y reglamentaria. El concepto de "Empleados Oficiales" con el que el Decreto 1848 de 1969 en su artículo 1º denominó de manera genérica a las personas que prestan servicios a las entidades públicas de manera permanente, perdió su vigencia, en tanto sus dos componentes (Empleados públicos y Trabajadores Oficiales) fueron incorporados por el artículo 123 de la Constitución Nacional de 1991, en un nuevo concepto genérico denominado "Servidores Públicos", al cual agregó los "Miembros de Corporaciones Públicas".

ENTREVISTA: Encuentro personal con el candidato que busca como objetivo el analizar en profundidad aspectos como la formación, experiencia, competencias, intereses y determinar las posibilidades del aspirante de desarrollar el trabajo de forma correcta y proyección dentro de la empresa.

LISTA DE POTENCIALES ASPIRANTES: Lista de aspirantes para proveer vacantes, se conforma una vez se establecen los resultados definitivos de un proceso de selección, en la cual pueden resultar uno o varios aspirantes potenciales para ocupar determinado cargo y tiene una duración en el tiempo, determinada por las políticas de la Gerencia General.

NOMBRAMIENTO: Designación realizada por la autoridad competente a una persona natural, para que ocupe un empleo público.

POSESIÓN: Es una formalidad de origen constitucional que tiene por objeto comprometer el ejercicio de la función pública por parte de los empleados públicos, dentro del marco de la constitución y de la ley.

PROCESO DE SELECCIÓN Y VINCULACIÓN: Éste constituye la ruta de acceso de las personas que tengan las competencias para adaptarse a la entidad y un medio para servir a las necesidades organizacionales. El proceso inicia con el análisis de las necesidades de selección y finaliza con el inicio de labores del nuevo servidor público. Está compuesto por las siguientes etapas:

• Definición de la necesidad de la ocupación del cargo

• Reclutamiento de personal

• Selección

• Vinculación y contratación

• Inducción y Entrenamiento

PRUEBA DE CONOCIMIENTOS TÉCNICOS: Prueba que tiene como objetivo evaluar los conocimientos, habilidades, destrezas y aptitudes del aspirante directamente relacionados con el puesto de trabajo. Son un tipo de prueba situacional donde los candidatos deben realizar diferentes tareas laborales específicas del cargo al que aspira.

RECLUTAMIENTO: Conjunto de actividades y procesos que se realizan para conseguir un número plural de personas calificadas, de forma que TRANSMILENIO S.A. pueda seleccionar a aquellas con las competencias, habilidades y aptitudes que se esperan para cubrir el cargo. Puede optarse por las siguientes modalidades:

Por ascenso Directo:

Es un proceso de promoción interna determinado de acuerdo con las políticas establecidas por la alta dirección, avalado por la Gerencia de TRANSMILENIO S.A., teniendo en cuenta como criterios: a) que la evaluación del desempeño, de la vigencia inmediatamente anterior del funcionario a ascender se encuentre en los niveles satisfactorios. y b) el cumplimiento de los requisitos establecidos en el manual de funciones vigente a la fecha de la provisión de la vacante. El Jefe inmediato que solicite el ascenso debe remitir un oficio a la Dirección Administrativa, con Vo.Bo. de la Gerencia, referenciando una breve justificación del por qué debe concederse ascenso a determinado funcionario, el cumplimiento de los requisitos para el desempeño del mismo e indicar cual fue la última evaluación del desempeño. La Dirección Administrativa verifica el cumplimiento de estas condiciones y procede a proyectar la modificación del contrato de trabajo. Al ser un proceso interno podrán omitirse pasos en el proceso (la visita domiciliaria o inducción a la empresa, por ejemplo).

Por convocatoria:

Es en general, el anuncio para que concurra un número suficiente de candidatos idóneos para un puesto específico en la Entidad. Puede ser de tres tipos:

Interna: Se ejecuta con el objetivo de dar cumplimiento a las políticas de promoción de los trabajadores oficiales vinculados a la entidad y busca proveer una vacante a través de una convocatoria dentro de la organización.

Esta convocatoria podrá ser cerrada en cuanto se emplacen a participar en el proceso sólo a trabajadores de la Dependencia que cuente con la vacante, invitando a las personas por cargos específicos, o por grupos, o por encontrarse en niveles ocupacionales apropiados a juicio de la Jefatura o Dirección de la Dependencia para el desarrollo de procesos de carrera interna.

Otra modalidad de la convocatoria interna será denominada abierta, cuando se convoque a participar a todos los trabajadores oficiales de la Empresa.

La publicación de este tipo de convocatorias se hará en las carteleras internas de TRANSMILENIO S.A, y en la red interna o correos electrónicos institucionales.

Externo: Se refiere a la búsqueda de candidatos fuera de la organización, para suplir una vacante dentro de la empresa. Esto se realiza mediante invitaciones directas si es una convocatoria privada o publicaciones por medio de la página de Web de TRANSMILENIO S.A., y Alcaldía Mayor de Bogotá, correos electrónicos y avisos en carteleras, si es una convocatoria pública. Las personas que presten sus servicios bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios personales, profesionales o técnicos, se consideran externos.

Mixto: Corresponde a la búsqueda de candidatos internos y externos a la organización. Esta se realiza mediante una convocatoria plural de personas que cumplan con el perfil requerido para el cargo, a quienes se cursan invitaciones directas tipo convocatoria privada mediante escritos o correos electrónicos, donde se precisan las condiciones del proceso de selección, instancias y pruebas a aplicar. Las personas que presten sus servicios bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios personales, profesionales o técnicos, se consideran externos.

SALUD OCUPACIONAL: Se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.

SELECCIÓN: Este es un proceso sistemático a través del cual se elige, de entre todos los candidatos inscritos, el más idóneo para ocupar el cargo vacante, es decir quien satisface mejor los criterios exigidos por la Entidad. Para cumplir con este propósito en esta fase se aplican técnicas que permiten tomar la mejor decisión.

SERVIDOR PÚBLICO: La Constitución Política de Colombia, en los siguientes artículos hace referencia a la definición y características de los servidores públicos:

ARTICULO 123. Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios.

Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento.

La ley determinará el régimen aplicable a los particulares que temporalmente desempeñen funciones públicas y regulará su ejercicio.

ARTICULO 125. Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.

Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público.

El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

El retiro se hará: por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo; por violación del régimen disciplinario y por las demás causales previstas en la Constitución o la ley.

En ningún caso la filiación política de los ciudadanos podrá determinar su nombramiento para un empleo de carrera, su ascenso o remoción.

SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

Las disposiciones vigentes de Seguridad y Salud en el Trabajo relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.

SISTEMA GENERAL DE PENSIONES: Tiene por objeto garantizar a la población, el amparo contra contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la Ley 100 de 1993 y las demás normas que la modifiquen o reglamenten.

Serán afiliados al Sistema General de Pensiones, en forma obligatoria todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como empleados públicos, salvo las excepciones previstas en la ley 100/93, en su artículo 15 y en las normas que lo modifiquen o reglamenten.

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a regular el servicio público esencial de salud y crear las condiciones de acceso de toda la población al servicio en todos los niveles de atención.

En desarrollo del principio de obligatoriedad, la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud es obligatoria para todos los habitantes en Colombia. En consecuencia, corresponde a todo empleador la afiliación de sus trabajadores a este sistema y del Estado facilitar la afiliación a quienes carezcan de vínculo con algún empleador o de capacidad de pago.

Los afiliados al sistema mediante el régimen contributivo son las personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago.

SUBSIDIO FAMILIAR: El Subsidio Familiar es una prestación social pagadera en dinero, especie y servicios por parte de la Caja de compensación Familiar, a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo y su objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas que representan el sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad.

TRABAJADORES OFICIALES: Son las personas naturales que prestan sus servicios a las empresas industriales y comerciales del estado y se vinculan a la entidad mediante contrato de trabajo, de conformidad con las normas aplicables a estos trabajadores tales como la Ley 6 de 1945 y el decreto 2127 de 1945, Reglamento Interno de Trabajo y por aquellos que las modifiquen o reemplacen.

VERIFICACIÓN DE REFERENCIAS LABORALES: Se realiza con el fin de medir la percepción que sobre el candidato tienen personas que lo conocen en el plano laboral. Cómo ha sido el desempeño y cómo han sido las relaciones con las personas con las que ha trabajado.

VISITA DOMICILIARIA: La visita se realiza para confrontar lo visto en las anteriores etapas del proceso y para conocer de primera mano sobre el nivel de vida, relaciones interpersonales y situación económica del aspirante en su hogar.

6. CONDICIONES GENERALES

6.1. SELECCIÓN Y VINCULACIÓN

Para el proceso de selección se debe tener en cuenta una coherencia entre los perfiles definidos para cada cargo y los objetivos y principios de la Entidad, lo que permitirá un desarrollo más eficiente y eficaz de todos sus procesos.

TRANSMILENIO S.A. cuenta con dos tipos de vinculación estos son:

• Por libre nombramiento y remoción. Es aquel donde el servidor público accede al servicio mediante nombramiento y acta de posesión.

• Por Contrato de trabajo: Es aquel usado para cargos que deban ser desempeñados por trabajadores oficiales.

TRANSMILENIO S.A., para contratar personal no aplicará, bajo ninguna circunstancia, prácticas discriminatorias basadas en sexo, raza, religión, edad, discapacidad, orientación sexual, opinión, origen social o étnico, o cualquier otro criterio previsto en la normatividad vigente.

El proceso de Selección y Vinculación para el trabajador oficial en TRANSMILENIO S.A, está compuesto por las siguientes etapas:

• Definición de la necesidad de la ocupación del cargo

• Reclutamiento de personal

• Preselección de Candidatos

• Selección

• Vinculación y contratación

• Inducción y Entrenamiento

6.2 DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD DE LA OCUPACIÓN DEL CARGO

• El procedimiento se activará cuando se presente una vacante definitiva por renuncia o ampliación de la planta de personal o terminación del contrato de trabajo.

• La necesidad debe ser identificada y comunicada por el Subgerente, Director o Jefe de dependencia (en adelante SOLICITANTE) a la Dirección Administrativa previo al inicio del proceso de selección y vinculación.

• Una vez identificada la necesidad y en caso de requerir un cambio en el perfil del cargo, el Director o Jefe de Oficina debe solicitar el ajuste a través de la actualización del Manual de Funciones.

6.3 RECLUTAMIENTO DE PERSONAL

Políticas de Vinculación

• No se hace discriminación por razones de sexo, partido político, religión, condición social, edad o raza.

• No se vinculará personal menor de edad.

• El personal masculino deberá tener definida su situación militar.

• El análisis de la hoja de vida y documentos soporte entregados por los aspirantes para proveer las vacantes, se realizará mediante la evaluación del cumplimiento de los requisitos definidos en el Manual de Funciones para el desempeño del cargo.

• No se tendrán en cuenta personas que no acrediten los títulos de formación académica y experiencia de trabajo requerida en el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos de la entidad.

• En ningún caso se aceptarán personas indocumentadas.

• El proceso de selección será adelantado en forma objetiva con respecto de las etapas definidas para proveer los cargos vacantes.

Definición de la Convocatoria

• Una vez el SOLICITANTE haya definido que no se realizará el reclutamiento por ascenso directo, se notificará al Director Administrativo para que realice la convocatoria que podrá ser interna (abierta o cerrada), externa privada o pública, o mixta.

• La Dirección Administrativa diseñará la estructura general de la convocatoria, es decir las alternativas de pruebas, plazos, ajustándose a los requisitos y competencias que corresponden al cargo a proveer. Antes de la divulgación respectiva deberá contar con la anuencia del SOLICITANTE.

Nota: En caso de considerarlo necesario la Dirección Administrativa podrá contratar con una persona natural o jurídica, o entidad externa pública ó privada la realización del proceso de selección o parte del mismo.

• La convocatoria interna será publicada en las carteleras internas y/o por los correos electrónicos institucionales o por TRANSMITIENDO (léase Intranet).

• Las convocatorias externas privadas al igual que las mixtas serán informadas a los convocados por los medios que haya dispuesto la Dirección Administrativa, los cuales pueden ser por correo electrónico, mensajería especializada, etc.

• La convocatoria externa pública será divulgada en lugares y medios de fácil acceso a la ciudadanía en general, los cuales pueden ser la página web de la entidad, y/o páginas web de otras entidades, etc.

• Cuando el reclutamiento se realice mediante convocatoria externa privada, o mixta, la Dirección Administrativa invitará un número plural de personas que acrediten el perfil requerido para el cargo.

• Todas las convocatorias serán divulgadas por lo menos con tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha de inscripción de los interesados o convocados.

• La Dirección Administrativa debe asegurar los recursos logísticos, técnicos y económicos necesarios para llevar adecuadamente el proceso de inscripción.

• La duración del proceso de inscripción no podrá ser inferior a dos (2) días hábiles para lo cual la Dirección Administrativa definirá el horario en que se adelantará el mismo.

6.4 PRESELECCIÓN DE CANDIDATOS

• En esta fase se realiza un análisis de las hojas de vida de los inscritos en la convocatoria en función de los datos disponibles y teniendo en cuenta especialmente los siguientes criterios de selección:

a. Formación Académica

b. Experiencia relacionada y certificada

Estos dos criterios serán evaluados de acuerdo con lo establecido en el Manual de Funciones y requisitos vigente para la fecha de apertura de la convocatoria.

 Una vez evaluados los documentos presentados por los candidatos inscritos, la Dirección Administrativa deberá emitir y publicar un listado de admitidos y rechazados para la siguiente fase del proceso. En el listado de los candidatos rechazados se deben enunciar las causas por las cuales no fueron admitidos. En esta instancia se permitirá el derecho de réplica a aquellas personas que no hayan sido admitidas y se generará una respuesta escrita resolviendo de fondo la petición.

6.5 SELECCIÓN

Esta etapa del proceso deberá contar con elementos técnicos que garanticen la competencia e idoneidad de los candidatos; para ello la Empresa deberá aplicar instrumentos de tipo cuantitativo y cualitativo que de acuerdo con la estructura de la convocatoria y perfil del cargo a proveer, serán determinados como clasificatorios o eliminatorios.

Estos instrumentos son:

6.5.1 Pruebas Psicotécnicas o de Aptitudes

Cuando la Convocatoria así lo prevea:

• Se aplican tipos de pruebas elegidas en función del perfil del cargo que se requiere ocupar. La mayoría de estas pruebas evalúan las competencias comportamentales, habilidades, inteligencia, aptitudes y rasgos de personalidad de los candidatos.

• Las pruebas psicológicas se definirán para cada cargo de acuerdo con el perfil, los requisitos y las competencias laborales requeridas.

• Cuando la convocatoria así lo prevea, luego de valoradas las pruebas Psicotécnicas y previo aval del SOLICITANTE, la Dirección Administrativa publicará, con la respectiva citación, el listado de resultados, identificando claramente los aspirantes admitidos a la siguiente fase del proceso. Las pruebas psicotécnicas o de aptitudes se podrán aplicar de manera simultánea con las pruebas de conocimientos con el fin de optimizar los tiempos del proceso.

6.5.2 Prueba de conocimientos técnicos

Cuando la Convocatoria así lo prevea:

• Las pruebas de conocimientos técnicos serán construidas a partir del Banco de Preguntas existente en la Empresa o de aquel que se contrate para el proceso, con el acompañamiento y asesoramiento en contenidos que facilitará el SOLICITANTE.

• Las pruebas serán estructuradas con la mayor confidencialidad posible y podrán ser usadas y aplicadas exclusivamente por los servidores públicos responsables del proceso de selección.

• TRANSMILENIO S.A podrá aplicar pruebas prácticas dentro de un proceso de selección situación que se evaluará en conjunto con el SOLICITANTE siempre y cuando este tipo de prueba haya sido definida desde el inicio de la convocatoria.

• Después de calificadas las pruebas de conocimientos técnicos, con el acompañamiento del área SOLICITANTE, la Dirección Administrativa publicará con la respectiva citación, el listado de resultados, identificando claramente los aspirantes admitidos a la siguiente fase del proceso.

6.5.3 Entrevista

• La preparación de la entrevista será responsabilidad de la Dirección Administrativa y se realizará teniendo en cuenta el perfil, los requisitos y las competencias laborales requeridas.

• La coordinación de la entrevista estará a cargo del Director Administrativo, quien designará un equipo evaluador para cada convocatoria, el cual será adecuado al perfil y competencias del cargo respectivo, preferiblemente deberá contar con el acompañamiento de un profesional del área de psicología.

• Una vez aplicada y valorada la entrevista por el jurado calificador, la Dirección Administrativa publicará, el listado de resultados definitivos en orden de elegibilidad, identificando claramente las personas que conformarán el grupo de potenciales aspirantes.

6.5.4 Análisis de antecedentes

Objeto de la prueba. La prueba de Análisis de Antecedentes tiene por objeto la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos, así como también la valoración de la formación y la experiencia relacionada con las funciones, responsabilidades, calidades y competencias requeridas para el desempeño del empleo objeto del concurso, acreditadas por el aspirante que excedan los requisitos mínimos exigidos para el empleo.

La información suministrada por los aspirantes en este formato de hoja de vida y la calificación asignada, se entenderá aportada bajo la gravedad del juramento, y no podrá ser modificada bajo ninguna circunstancia.

Calificación de la prueba de análisis de antecedentes. Los factores para la valoración de la prueba de análisis de antecedentes son:

Formación Académica: formal y de actualización o formación educativa para el trabajo y el desarrollo humano

Experiencia Laboral: Especifica y relacionada.

• Formación Académica. Para efectos de la prueba se entenderá como la serie de contenidos teórico-prácticos relacionados con las funciones del empleo objeto del concurso, adquiridos mediante procesos de educación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y sus deberes.

En la evaluación del factor Formación Académica se tendrán en cuenta dos categorías a saber: Educación Formal y Educación No Formal; esta última ha sido denominada como Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano por el decreto 2888 de 2007.

• Educación Formal. Se entiende por educación formal aquella que se imparte en establecimientos educativos, aprobados en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas, y conducente a grados y títulos.

En la Educación formal se tendrán en cuenta los estudios correspondientes del nivel superior en los programas de postgrado en las modalidades de especialización, maestría y/o doctorado.

6.6 VINCULACIÓN Y CONTRATACIÓN

6.6.1 Verificación de referencias laborales

• Estará a cargo de la Dirección Administrativa a través del área de Talento Humano y deberá efectuarse con los certificados adjuntados en el proceso de inscripción por cada candidato que conforma el grupo de potenciales aspirantes.

• La Dirección Administrativa deberá dejar un registro de la verificación de referencias laborales efectuadas.

6.6.2 Visita Domiciliaria

• La visita domiciliaria se efectúa a discrecionalidad de la Dirección Administrativa y está a cargo de la misma Dirección. Esta se realizará preferiblemente sobre aquellos candidatos que suplirán efectivamente la vacante.

• En caso de realizar la visita domiciliaria, esta se realiza previo a la firma del contrato por parte del candidato elegido.

El candidato seleccionado para proveer la vacante, deberá allegar los documentos expuestos en la lista de chequeo Anexo 1: "DOCUMENTOS PARA VINCULACIÓN DE NUEVO FUNCIONARIO"

Nota: La falsedad en la información suministrada es causa de despido con justa causa.

No podrá ingresar a TRANSMILENIO S.A., quien cumpliendo los requisitos se hallare en cualquiera de las siguientes situaciones:

• Ser pensionado, salvo las excepciones de ley.

• Tener la edad de retiro forzoso determinado por la ley.

• Hallarse en interdicción penal o administrativa del ejercicio de los derechos y funciones públicas, lo cual se comprobará con los certificados expedidos por las autoridades competentes.

Los contratos de trabajo en TRANSMILENIO S.A. serán por regla general a término indefinido a menos que la Junta Directiva de la Empresa apruebe plantas temporales en las cuales se suscriban contratos a término fijo o por labor.

6.6.3 Suscripción del Contrato de Trabajo

Ningún Trabajador Oficial podrá ejercer su cargo sin haber firmado el respectivo contrato de trabajo que lo vincule y acredite como servidor público de la Empresa.

6.6.4 Afiliación del servidor público al Sistema General de Seguridad Social

Son deberes de TRANSMILENIO S.A., en relación con el Sistema de Seguridad Social:

• Afiliar ante la Entidad Promotora de Salud - EPS, Administradora de Riesgos Laborales- ARL, Fondo de Pensiones y Cesantías - FPC, a todos sus servidores públicos. La afiliación colectiva en ningún caso podrá coartar la libertad de elección del trabajador sobre la EPS y el FPC a los cuales prefiera afiliarse.

• Pagar cumplidamente los aportes que sobre la nómina le corresponden.

• Descontar de los ingresos laborales las cotizaciones en la proporción que corresponde a los servidores públicos de la Entidad.

• Girar oportunamente los aportes y las cotizaciones a EPS, ARL y FPC que corresponda.

• Informar las novedades laborales de sus servidores públicos a las entidades a la cuales están afiliados, en materias tales como ingresos y sus cambios, las vinculaciones y retiros. Así mismo informar a los servidores públicos sobre las garantías y obligaciones que les asiste en el Sistema General de Seguridad Social.

• Informar a los trabajadores sobre los riesgos a los cuales están sometidos, sus efectos y las medidas preventivas correspondientes.

• Garantizar un ambiente laboral sano, que permita prevenir los riesgos de trabajo y enfermedad profesional, mediante la adopción de sistemas de seguridad industrial y la observancia de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Al ingresar como servidor público de TRANSMILENIO S.A., se tiene las siguientes obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social, estas son:

• Procurar el cuidado integral de su salud y la de su grupo familiar afiliado.

• Afiliarse con su núcleo familiar al Sistema General de Seguridad Social.

• Suministrar información veraz, clara y completa sobre su estado de salud.

• Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de las instituciones y profesionales que le prestan atención en salud.

• Cuidar y hacer uso racional de los recursos, las instalaciones, la dotación, así como de los servicios y prestaciones sociales y laborales.

• Si el funcionario viene cotizando al sistema general de seguridad social, el área de Talento Humano deberá actualizar la información con los datos del nuevo empleador.

Nota. La documentación requerida para la afiliación a la EPS del funcionario y su grupo familiar se encuentran conforme a la normatividad vigente y a los lineamientos propios de cada EPS.

6.6.5 Afiliación del servidor público a la Caja de Compensación

Están obligados a afiliarse a una Caja de Compensación Familiar, todos los empleadores que ocupen uno o más trabajadores permanentes. El aporte equivale al 4% del monto de la respectiva nómina mensual de la empresa.

Nota. La documentación requerida para la afiliación a la caja de compensación familiar del servidor público y su grupo familiar se encuentra estipulada en la normatividad vigente y los lineamientos dados por la caja de compensación, esta afiliación podrá realizarse en línea.

6.6.6 Subsidio Familiar

El subsidio familiar se cancela mensualmente y para tal efecto la Caja de Compensación remite a TRANSMILENIO S.A. una relación de trabajadores beneficiarios junto con el monto individual a pagar. Las condiciones para reconocimiento y pago serán las establecidas por la Caja de Compensación Familiar de conformidad con la regulación que para el efecto establezca la Superintendencia del Subsidio Familiar.

Nota: Es obligatorio por parte de Transmilenio S.A. afiliarse como empleador a la Caja de Compensación y a la Administradora de Riesgos Laborales, realizando los correspondientes convenios o contratos con cada una de ellas.

6.7. INDUCCIÓN Y ENTRENAMIENTO

Proceso por el cual se guía al nuevo servidor público hacia la incorporación e integración a la cultura de la empresa y a su puesto de trabajo durante el mes siguiente a su vinculación. Para cumplir esto se debe diseñar e implementar un programa compuesto de tres etapas:

Primera etapa: Se proporciona información general y básica, mediante presentaciones con una duración aproximada de 30 minutos por tema, estos pueden presentarse a manera de conferencia o por medio virtual. Los ítems básicos tratados deben ser:

• Bienvenida de directivos o jefes de áreas a servidores públicos nuevos.

• Historia de la empresa.

• Filosofía y políticas de la empresa.

• Plan estratégico de la Empresa (Misión, Visión y Objetivos Corporativos)

• Código de ética empresarial (valores y principios).

• Descripción del Sistema Integrado de Transporte Público SITP.

• Distribución Orgánica y composición de la Planta de Personal.

• Productos y/o servicios.

• Sistema Integrado de Gestión

• Notificación del Riesgo Ocupacional.

• Socialización del Programa o Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de la Entidad.

• Evaluación del Desempeño.

• Planes de Desarrollo Institucionales y del Gobierno Distrital.

• Reglamento Interno de Trabajo.

• Condiciones de Contratación y plan de beneficios para el trabajador.

Adicionalmente, se deben tratar temas específicos para el cargo al cual fue admitido el servidor o empleado público, y por último de ser viable un recorrido de por el Sistema TransMilenio.

Segunda etapa Ubicación y Entrenamiento: En esta etapa el responsable es el jefe inmediato del servidor público o a quien él/ella le delegue esa tarea. Es un proceso educativo a corto plazo, mediante el cual las personas aprenden conocimientos, aptitudes y habilidades requeridas por el puesto. Se debe incluir una visita por el área para que el servidor público la conozca, una sesión de preguntas y respuestas y presentaciones a los otros compañeros. El jefe debe explicar con claridad las expectativas en el desempeño y las reglas específicas de trabajo en ese momento. Como evidencia del desarrollo de esta etapa se diligencia el formato "Ubicación y Entrenamiento del Servidor Público en el Puesto de trabajo".

No obstante los procesos de inducción y reinducción, los servidores públicos vinculados a la Empresa, serán responsables de la lectura, apropiación y cumplimiento de los procedimientos y protocolos formalmente adoptados para la gestión de los procesos de la Empresa, los cuales deben estar disponibles en carpetas públicas o intranet o con medios magnéticos o escritos.

Tercera etapa: En especial está dirigida a los trabajadores oficiales, e implica la evaluación y seguimiento del desempeño del servidor público en el cargo y de su integración en el grupo de trabajo, lo cual está a cargo del jefe inmediato; el área de Talento Humano debe asegurarse que esta etapa sea efectuada, al final del periodo de prueba. Al finalizar esta etapa el Director o Jefe de Área debe realizar el formato de evaluación en período de prueba, comunicarlo al evaluado y remitirlo al área de Talento Humano. Esta área debe tener en cuenta las recomendaciones efectuadas al funcionario mediante la preparación de actividades relacionadas con la gestión del talento humano que permitan una continuidad del proceso de adiestramiento y fortalecimiento de las competencias laborales.

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y VINCULACIÓN POR COMPETENCIAS DEL SERVIDOR PÚBLICO EN TRANSMILENIO S.A.

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

10

Inicio

20

Identificar la necesidad, comunicar y solicitar al Director Administrativo iniciar convocatoria para proveer un cargo vacante

Gerente General, Subgerente, Director o Jefe de Área Solicitante

¿15?

¿Qué tipo de vinculación se sugiere adelantar?

Empleado Público : Ir a etapa 420

Trabajador Oficial: Ir a etapa 30

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

30

Verificar la existencia de la vacante en la planta de personal

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

40

Solicitar al Subgerente Económico o responsable del presupuesto constancia de existencia de recursos suficientes para el pago de salarios y prestaciones sociales durante la vigencia

Director Administrativo

50

Expedir la Constancia de Existencia de Presupuesto, de acuerdo al formato R-DA-019.

Subgerente económico o Profesional Especializado Grado 06 Finanzas Corporativas - Presupuesto

60

Definir el tipo de convocatoria a realizar, de acuerdo con el Manual de Funciones y Requisitos.

Director Administrativo y Gerente General, o Subgerente, Director o Jefe de Área

70

Preparar la convocatoria teniendo en cuenta el tiempo definido para las etapas del proceso de selección, el tipo de pruebas que se requieren aplicar cuando a ello haya lugar, y requisitos exigidos para los postulantes, avalado por el Director Administrativo y el SOLICITANTE donde se cubrirá la vacante

Profesional Universitario Grado 04 de Talento Humano

80

Revisar que el procedimiento de selección se ajuste a los lineamientos técnicos estipulados en la convocatoria, de acuerdo con las necesidades definidas por el área interesada y al Manual de Funciones y las competencias laborales del cargo.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

¿25?

¿Qué tipo de reclutamiento se va a efectuar?

Ascenso Directo: Ir a etapa 90

Convocatoria: Ir a etapa 110

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

90

Elaborar lista de potenciales aspirantes para la provisión del cargo

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano, Subgerente, Director o Jefe de Área

100

Escoger de acuerdo con los criterios establecidos, el servidor público que ocupará el cargo vacante

Ir a etapa 290

Subgerente, Director o Jefe de Área

110

Publicar e informar la convocatoria, e invitar a los participantes a la "Convocatoria para Trabajador Oficial" así:

Si es externa, en la página web de la Alcaldía Mayor de Bogotá y en la de TRANSMILENIO S.A.

Si es privada o mixta, por medio de comunicación escrita a los posibles aspirantes.

Si es interna, cerrada o abierta, a través de la intranet, correo electrónico y carteleras internas de la Empresa.

La publicación debe efectuarse con una antelación de tres (3) días hábiles al inicio de las inscripciones en la respectiva convocatoria.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

120

Recibir en la fecha y hora indicadas en la convocatoria, las hojas de vida de los candidatos verificando que la documentación soporte se encuentre completa.

Nota: Si corresponde a una convocatoria interna o mixta, no se exigirá documentación que se encuentre en la historia laboral respectiva.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

130

Registrar cada inscripción en la planilla de control. Pueden usarse desprendibles o talones para el candidato que se inscribe.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

140

Analizar las hojas de vida seleccionando aquellas que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria y publicar la lista de los aspirantes admitidos y no admitidos, informando a los admitidos la fecha, lugar y hora en que deben presentarse para la siguiente fase del proceso, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria; al igual que indicando a los no admitidos las causales de rechazo.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

¿35?

De acuerdo con las fases establecidas en la convocatoria, se realizarán pruebas Psicotécnicas?

Si: ir a etapa 150

No: ir a etapa ¿45?

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

150

Aplicar las pruebas psicotécnicas en la fecha y hora señaladas

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

160

Evaluar las pruebas psicotécnicas, seleccionando aquellos candidatos que reúnan las aptitudes y rasgos de personalidad necesarias para el cargo, y publicar la lista de aspirantes admitidos y no admitidos a prueba de conocimiento, informando la fecha, lugar, hora en que deben presentarse para su aplicación

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

¿45?

De acuerdo con las fases establecidas en la convocatoria, se realizarán pruebas de Conocimientos?

Si: ir a etapa 170

No: ir a etapa ¿55?

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

170

Elaborar las pruebas de conocimiento y enviar al Director Administrativo

Subgerente, Director o Jefe de Área donde se encuentra la vacante

180

Revisar y enviar al Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano para su aplicación

Director Administrativo

190

Aplicar las pruebas de conocimiento en la hora y fechas señaladas

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

200

Calificar las pruebas

(Se calificarán las pruebas con la participación de las áreas y personas técnicas que concurrieron en su construcción.)

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

210

Consolidar los resultados finales, publicar e informar a quienes superaron las pruebas el lugar y hora en que deben presentarse para las respectivas entrevistas.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

¿55?

De acuerdo con las fases establecidas en la convocatoria, se realizarán entrevistas?

Si: ir a etapa 220

No: ir a etapa 250

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

220

Realizar entrevistas registrando los aspectos importantes de acuerdo a la guía de entrevista R-DA-022.

(el Director Administrativo conformará un jurado idóneo que de ser posible incluya al Subgerente, Director o Jefe de Área donde se encuentra la vacante).

Director Administrativo

230

Tabular el resultado de la entrevista

Subgerente, Director o Jefe de Área donde se encuentra la vacante, Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

240

Publicar los resultados de la entrevista consolidando los resultados finales, publicándolos en los medios propicios para tal fin.

Ir a etapa ¿65?

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

250

Determinar a través del análisis de la hoja de vida y los soportes entregados, el candidato idóneo para el cargo a proveer

Subgerente, Director o Jefe de Área donde se encuentra la vacante, Director Administrativo, Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

¿65?

¿Qué tipo de Convocatoria se está adelantando?

Externa o Mixta: Ir a etapa 260

Interna: Ir a etapa 270

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

260

Verificar referencias laborales a los candidatos elegidos y soporte de la Visita Domiciliaria R-DA-023, en caso de haberse realizado.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

270

Enviar las hojas de vida junto con el resultado consolidado de las pruebas practicadas a los candidatos elegidos a Gerencia General

Director Administrativo y Jefe del Área Solicitante

280

Aprobar y remitir a la dirección administrativa para continuar con el proceso de enganche

Gerente General

290

Comunicar al candidato elegido que fue aceptado para desempeñar el cargo.

Director Administrativo

300

Reunir todos los documentos solicitados y proceder a entregarlos en el área de Talento Humano

Nota: Para el caso de Convocatoria Interna, el candidato solo deberá aportar documentos que acrediten requisitos y que no se encuentren incorporados aun en su historia laboral

Candidato

310

Revisar que la documentación del candidato esté completa y expedir constancia de cumplimiento de requisitos R-DA-021 del candidato para firma del Director Administrativo.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

320

Aprobar mediante firma la constancia del cumplimiento de requisitos.

Director Administrativo

330

Proyectar original y copias Contrato de Trabajo

Original: Para el trabajador

Copia: Historia Laboral

Nota: Para el caso que el elegido sea un funcionario actual, se elaborará "Otrosí de modificación" al contrato ya firmado

Técnico Administrativo Grado 02

340

Revisar y verificar a la luz de la normatividad laboral vigente el texto del Contrato de Trabajo y remitir al Director Administrativo.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

350

Aprobar mediante visto bueno y remitir a Subgerencia Jurídica

Director Administrativo

360

Aprobar mediante visto bueno y remitir para firma del Gerente General

Subgerente Jurídico

370

Firmar Contrato de Trabajo u Otrosí de modificación del contrato de trabajo

Gerente General

380

Firmar Contrato de Trabajo u Otrosí de modificación del contrato de trabajo

Candidato

390

Numerar y fechar el contrato u Otrosí

Técnico Administrativo Grado 02

400

Notificar al candidato la selección el contrato para que sea suscrito. Si el candidato elegido es un servidor público vinculado notificarlo sobre el Otrosí del contrato.

Técnico Administrativo Grado 02

410

Gestionar el archivo de la copia del contrato de trabajo u Otrosí en la hoja de vida.

Ir a etapa 550

Técnico Administrativo Grado 02

420

Viene de la Etapa 15?

Informar al Director Administrativo y al Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano el nombre y cargo del Empleado Público seleccionado

Gerente General

430

Realizar actividades de las etapas 290 a 310

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

440

Proyectar original y copia de la Resolución de Nombramiento

Técnico Administrativo Grado 02

450

Revisar y verificar a la luz de la normatividad laboral vigente la Resolución de Nombramiento Ordinario y remitir a la Dirección Administrativa.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

460

Aprobar mediante visto bueno y remitir a la Subgerencia Jurídica

Director Administrativo

470

Aprobar mediante visto bueno y remitir para firma del Gerente General

Subgerente Jurídico

480

Firmar la Resolución Nombramiento Ordinario

Gerente General

490

Radicar, Numerar y fechar la resolución

Secretaria de Gerencia General

500

Archivar:

* El original para la Gerencia General

* La segunda copia: para el empleado público

* La tercera copia: Hoja de Vida del servidor público

Técnico Administrativo Grado 02

510

Notificar al candidato, diligenciando la Notificación Nombramiento Empleado Público"

Técnico Administrativo Grado 02

520

Enviar comunicación de aceptación dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación del nombramiento

Candidato

530

Diligenciar el "Acta de Posesión Empleado Público"

Técnico Administrativo Grado 02

540

Tomar juramento para posesión del cargo y firmar "Acta de posesión". Junto con el candidato

Gerente General

550

Informar al nuevo funcionario sobre los servicios y derechos que tiene, de acuerdo con el portafolio de servicios de las EPS, ARL, Fondos de Pensiones, Fondos de Cesantías existentes y Caja de Compensación

Técnico Administrativo Grado 02

560

Diligenciar completamente los formularios de afiliación que correspondan a la EPS, Fondo de Pensiones y Fondos de Cesantías seleccionados por éste, al igual que el de la Caja de Compensación y ARL.

Técnico Administrativo Grado 02

570

Revisar, firmar los formularios de afiliación a EPS, Administradora de Pensiones y Caja de Compensación, y enviarlos a las respectivas entidades adjuntos a la documentación soporte

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano / Técnico Administrativo

580

Recibir y distribuir la documentación enviada por la EPS, el FPC y Caja de Compensación

Técnico Administrativo Grado 02

590

Archivar la copia de cada una de las afiliaciones en la hoja de vida e incluir información en novedades de nómina para autoliquidación

Técnico Administrativo Grado 02

600

Hacer un recorrido por las distintas dependencias de la entidad, presentando al nuevo servidor público.

Director Administrativo o Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

610

Explicar al nuevo servidor público, la estructura organizacional de la entidad y ubicarlo en ella

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

620

Efectuar el proceso de inducción de acuerdo con lo estipulado en el Numeral 6.7 de este procedimiento, entregando en medio escrito o magnético al nuevo servidor público:

Copia del Manual de Funciones a su cargo

Código de Ética

Folleto o cartilla de Inducción

Reglamento Interno de Trabajo

Reglamento de higiene y seguridad Industrial

Nota: Se debe tener en cuenta que el nuevo servidor público debe firmar el recibido de las copias suministradas.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

630

Abrir historia laboral del nuevo funcionario y adjuntar copia de formatos y documentos tramitados en el proceso. Registrar en la Planta de Personal y proceder a actualizar la base de datos del sistema de información

Técnico Administrativo Grado 02.

640

Chequear que los documentos de la carpeta de hoja de vida estén completos de acuerdo a la lista de chequeo Anexo 1.

Profesional Universitario

Grado 03 de Talento Humano

650

Realizar ubicación y entrenamiento al funcionario nuevo en su puesto de trabajo, diligenciar el formato "Ubicación y Entrenamiento del Servidor en el Puesto de Trabajo" R-DA-024 y remitirlo a la Dirección Administrativa para archivo en la hoja de vida.

Jefe Inmediato del servidor público nuevo

660

Luego de dos meses cumplidos en el cargo el Jefe inmediato aplicará la evaluación del periodo de prueba, de acuerdo al formato R-DA-025. En el caso de no superar la calificación requerida, se debe motivar por qué no se cumple el factor de calificación evaluado. Luego de diligenciar la evaluación remitir este registro al área de Talento Humano.

Jefe inmediato o quien ejerza supervisión directa

670

¿La evaluación de periodo de prueba es satisfactoria?:

Si: ir a etapa 680

No: ir a etapa 690

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

680

Enviar el registro de la evaluación del periodo de prueba al archivo de hoja de vida respectivo.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

690

¿Debe terminar el contrato de trabajo?:

Si: ir a etapa 700

No: ir a etapa 730

Jefe Inmediato y Gerente

700

Proyectar oficio de terminación del contrato de trabajo.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

710

Aprobar mediante visto bueno el oficio de terminación del contrato del trabajador.

Director Administrativo

720

Aprobar mediante firma el oficio de terminación del contrato del trabajador.

Gerente General

730

Establecer la brecha existente y realizar las acciones respectivas para que el trabajador cumpla con las competencias del cargo.

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

740

FIN

8. TABLA DE FORMATOS

CODIGO

NOMBRE

UBICACIÓN

RESPONSABLE

R-DA-019

Constancia de Existencia de Presupuesto

Intranet

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

No aplica(*)

Formato Único de Hoja de Vida

Intranet

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

R-DA-020

Formato de Información Personal

Intranet

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

R-DA-021

Constancia de cumplimiento de requisitos legales

Intranet

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

R-DA-022

Formato Guía de entrevista

Intranet

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

R-DA-023

Formato Informe de Visita Domiciliaria

Intranet

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

R-DA-024

Ubicación y Entrenamiento

del Servidor público en el Puesto de Trabajo

Intranet

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

R-DA-025

Formulario de Evaluación

para los Trabajadores Oficiales en Periodo de Prueba

Intranet

Profesional Especializado Grado 06 de Talento Humano

(*) Formato establecido por la Ley 190 /1995. Departamento Administrativo de la Función Pública.

9. ANEXOS

ANEXO 1. Documentos para vinculación de nuevo Servidor Público

ANEXO 2. Guía Declaración Juramentada

ANEXO 1. Documentos para vinculación de nuevo Servidor Público

DOCUMENTOS PARA VINCULACIÓN DE NUEVO SERVIDOR PÚBLICO

No

DOCUMENTO

OBSERVACIONES

1

CERTIFICADOS DE EDUCACIÓN, CURSOS, ESTUDIOS

Fotocopias de los diplomas obtenidos

2

CONSTANCIAS DE EXPERIENCIA LABORAL

Fotocopias de las certificaciones laborales

3

HOJA DE VIDA

Hoja de vida con su respectiva foto

4

FOTOCOPIA CEDULA DE CIUDADANÍA

 

5

DOS FOTOS 3X4, A COLOR EN FONDO BLANCO Y REVELADAS EN PAPEL BRILLANTE

 

6

LIBRETA MILITAR

Fotocopia para los casos de ley

7

TARJETA PROFESIONAL

Para profesiones reglamentadas por la ley

8

LICENCIA CONDUCCIÓN

En caso de que el cargo lo requiera

9

ANTECEDENTE DE POLICIA

Se tramita en la página de la POLICIA NACIONAL

10

CERTIFICADO ANTECEDENTES PROCURADURÍA

Tramitarlo ante la Procuraduría General de la Nación

11

CERTIFICADO ANTECEDENTES PERSONERÍA

Tramitarlo ante la Personería Distrital de Bogotá

12

ANTECEDENTES DE RESPONSABILIDAD FISCAL

Tramitarlo ante la Contraloría General de la Nación

13

DECLARACIÓN DE NO TENER OBLIGACIONES ALIMENTARIAS

Efectuar declaración escrita donde se exprese claramente que la persona no tiene obligaciones alimentarias pendientes. (Formato guía anexo 2)

14

EXÁMENES MÉDICOS

Entregar el certificado de asistencia a los exámenes médicos expedidos por la firma asignada para tal fin

15

FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA

Entregar debidamente diligenciado con foto

16

DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS

Entregar debidamente diligenciado

17

FORMATO DE INFORMACION PERSONAL. R-DA-020.

Entregar debidamente diligenciado

18

DEDUCIBLES DE RETEFUENTE

Si la persona tiene pagos del año anterior, para deducir de la retención en la fuente como son: Certificados de pago de medicina prepagada, intereses de créditos hipotecarios, corrección monetaria y/o dependientes (*), debe remitiros con oficio para que le sean tenidos en cuenta en el cálculo de la Retención en la fuente.

19

CUENTA DE AHORROS PARA PAGO DE NOMINA

Entregar certificación expedida por el banco designado para tal fin, si no se posee se debe abrir con el oficio

SEGURIDAD SOCIAL

20

CERTIFICADO DE LA EPS A LA CUAL ESTA AFILIADO

Aportar la certificación

21

CERTIFICADO DE FONDO DE PENSIONES AL CUAL ESTA AFILIADO

Aportar la certificación

22

CERTIFICADO DEL FONDO DE CESANTÍAS AL CUAL ESTA AFILIADO

Aportar la certificación

(*) Nota: El decreto 0099 de 2013, Art. 2, parágrafo 3 define que se puede descontar de la base del cálculo de retención en la fuente el costo por concepto de dependientes, el cual debe ser solicitado mediante certificado expedido bajo la gravedad de juramento en el que se identifique las personas dependientes a su cargo, sin que esta deducción exceda un máximo de 32 UVT mensuales o el 10% del total de los ingresos brutos mensuales. La ley define como dependientes:
1. Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad y que dependan económicamente del contribuyente.
2. Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 23 años, cuando el padre o madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el ICFES o la autoridad oficial correspondiente, o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.
3. Los hijos del contribuyente mayores de 23 años que se encuentran en situación de dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por medicina legal.
4. El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a 260 UVT, certificada por Contador Público, o por dependencia originada en factores físicos sicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
5. Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia, sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a 260 UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.

ANEXO 2. Guía Declaración Juramentada

DECLARACIÓN JURAMENTADA

Bogotá D.C., ____ marzo de 2013

Señores

TRANSMILENIO S. A.

Av. Dorado 66-63

Bogotá

ASUNTO: Declaración de no tener obligaciones pendientes

Yo, ________________________________, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, declaro bajo la gravedad del juramento, no haber sido notificado, no conocer ni tener obligaciones de tipo alimentario pendientes.

La anterior declaración la hago en cumplimiento de lo previsto en el artículo 6º de la Ley 311 de 1996, para suscribir contrato con TRANSMILENIO S.A.

Cordialmente,

_____________________________

Cédula: de

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5355 de Mayo 14 de 2014