| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 005 DE 2014 (Julio 09) “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires” EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES En ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y CONSIDERANDO: Que el inciso segundo del Artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.), prevé que la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local por el término que éste señale y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración. Que respecto de los Excedentes Financieros el Artículo 37 del Decreto 372 de 2010 preceptúa: “Se define el excedente financiero de cada F.D.L. como el saldo sin comprometer del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local son de propiedad del Distrito. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos”. Que se hace necesario convocar a la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires a sesiones extraordinarias, con el propósito de que analice, debata y apruebe la adición al Presupuesto Local de Los Mártires para la vigencia fiscal 2014, por distribución de los excedentes financieros generados por los veinte (20) Fondos de Desarrollo Local de la vigencia fiscal 2013, de conformidad con lo contemplado en las sesiones No. 2 y 3 del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS celebradas los días 25 de Febrero de 2014 y 07 de Marzo de 2014. En mérito de lo anteriormente expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Convócase a la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires a sesiones extraordinarias desde el día 15 hasta el día 25 de julio del año 2014. ARTÍCULO SEGUNDO.- Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo anterior, la Honorable Junta Administradora Local de Los Mártires se ocupará exclusivamente del análisis, debate y aprobación de la adición al Presupuesto Local de Los Mártires para la vigencia fiscal 2014, por distribución de los excedentes financieros generados por los veinte (20) Fondos de Desarrollo Local de la vigencia fiscal 2013, de conformidad con lo contemplado en la sesiones No. 2 y 3 del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS celebradas los días 25 de Febrero de 2014 y 07 de Marzo de 2014; de acuerdo a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010 y remitido a los Fondos de Desarrollo Local por medio de Circular CONFIS No. 01 del 17 de Marzo de 2014. ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de julio del año 2014. DIEGO RICARDO PIÑEROS NIETO Alcalde Local de Los Mártires NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5394 de julio 15 de 2014 |