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Decreto Local 007 de 2014 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
03/10/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/10/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5447 de octubre 08 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 007 DE 2014

 

(Octubre 03)

 

Por el cual  se sanciona el Acuerdo Local N° 005 de 2014 “Por medio del cual se establece la conformación del Consejo Local de Comunicacion Comunitaria y Alternativa  de  la  Localidad Novena de Fontibón  y se dictan otras disposiciones”

 

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los números 1,3 y 4 del artículo 86 de Decreto 1421 de 1993 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante oficios JAL786/2014  la Junta Administradora Local de Fontibón remite al Despacho de la Alcaldesa Local el Acuerdo local N° 005 de 2014  “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA CONFORMACION DEL CONSEJO LOCAL DE COMUNICACION COMUNITARIA Y ALTERNATIVA DE LA LOCALIDAD NOVENA DE FONTIBON Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”, para que proceda a  la respectiva sanción.

 

Que el artículo 81 de Decreto 1421 de 1993, indica que una vez aprobado en segundo debate el proyecto de acuerdo pasara al Alcalde local para su sanción.

 

Que una vez revisado el acuerdo local N° 005 de  2014 se debe dar aplicación a lo establecido en el Artículo 82 del Decreto 1421 de 1993.

 

En mérito de lo expuesto  la Alcaldesa Local de Fontibón.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  PRIMERO. Sancionar el Acuerdo Local N° 005 de 2014 “POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA CONFORMACION DEL CONSEJO LOCAL DE COMUNICACION COMUNITARIA Y ALTERNATIVA DE LA LOCALIDAD NOVENA DE FONTIBON Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”..

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir el Acuerdo local N° 005 de 2014 debidamente sancionado a la Junta Administradora Local, a la oficina Jurídica de la Secretaria de Gobierno Distrital para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.

 

ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá,  D.C., a los 03 días del mes de octubre del año 2014.

 

ANDREA ESTHÉR CASTRO LATORRE

 

Alcaldesa Local de Fontibón