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Resolución 24 de 2015 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Fecha de Expedición:
20/01/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/01/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5518 de enero 23 de 2015
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 024 DE 2015

(Enero 20)

“Por medio de la cual se modifica la Resolución 90 de 2014 en cuanto a la delegación de la ordenación del gasto y pago de los proyectos de inversión Código 209 “Comunicación e información del sector cultura, recreación y deporte de Bogotá”, Código 720 “Transformaciones culturales hacia una nueva ciudadanía”, Código 763 “Gestión cultural local” y Código 755 “formalización y fortalecimiento de las entidades sin Ánimo de Lucro con fines culturales, recreativos y deportivos del Distrito Capital”.

LA SECRETARIA DE DESPACHO

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia; artículos 9, 10 y 11 de la Ley 489 de 1998; artículo 12 de la Ley 80 de 1993 (adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007); artículo 37 del Decreto 2150 de 1995; artículo 60 del Decreto 854 de 2001; artículo 1 del Decreto 101 de 2004; Acuerdo 257 de 2006; Decreto 558 de 206 y Decretos 102 y 402 de 2013.

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 90 de 2014 se delegó algunas funciones en materia de contratación estatal, ordenación del gasto y del pago, se designan responsables de los proyectos de inversión y se delegan otras competencias a funcionarios de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que en el artículo 1o Literal A. de la Resolución 90 de 2014 se delegó la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componentes de los proyectos de inversión Código 763 “Gestión cultural local” y 209 “Comunicación e información del sector cultura, recreación y deporte de Bogotá” en el (la) Subsecretario (a) General y de Control Disciplinario.

Que para el correcto desempeño del funcionario que tiene a cargo las funciones de control disciplinario interno se considera conveniente que no tenga dentro de sus funciones la atribución de ordenación del gasto.

Que en el artículo 1o Literal B. de la Resolución 90 de 2014 se delegó la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componentes del proyecto de inversión Código 755 “Formalización y fortalecimiento de las Entidades sin Ánimo de Lucro con fines culturales, recreativos y deportivos del Distrito Capital” en el (la) Director (a) de Gestión Corporativa.

Que en el artículo 1o Literal C. de la Resolución 90 de 2014 se delegó la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componentes del proyecto de inversión Código 720 “Transformaciones culturales hacia una nueva ciudadanía” en el (la) Director (a) de Arte, Cultura y Patrimonio.

Que en el Artículo 18 del Decreto 558 de 2006 en los literales a) e i) se señala que son funciones de la Dirección de Regulación y Control: “a) Coordinar las actividades necesarias para la formulación concertada y la adopción de políticas, planes y programas de regulación y control en el sector Cultura, Recreación y Deporte del Distrito Capital.” (…) “i) Coordinar con el despacho de la Secretaría los trámites referentes a otorgar, suspender o cancelar la personería jurídica a las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos, hacer la correspondiente inscripción o modificación de dignatarios y llevar el registro y sello de libros.”

Que para desarrollar las anteriores funciones de acuerdo a lo establecido en el Decreto 558 de 2006 la Dirección de Regulación y Control cuenta con las Subdirecciones de Control de Gestión y de Regulación y Personas Jurídicas.

Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución 90 de 2014 en el artículo 1o literales B. y C., se designó al (la) Director (a) de Regulación y Control como responsable de los proyectos de inversión Códigos 755 “Formalización y fortalecimiento de las Entidades sin Ánimo de Lucro con fines culturales, recreativos y deportivos del Distrito Capital” y 720 “Transformaciones culturales hacia una nueva ciudadanía”.

Que conforme a lo anterior se considera conveniente que se delegue la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, de los proyectos de inversión Códigos 755 “Formalización y fortalecimiento de las Entidades sin Ánimo de Lucro con fines culturales, recreativos y deportivos del Distrito Capital” y 720 “Transformaciones culturales hacia una nueva ciudadanía” en el Director (a) de Regulación y Control de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

En consideración de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO  PRIMERO: Modificar el artículo 1o literal A. de la Resolución 90 de 2014 unicamente en cuanto a delegar en el (la) Director (a) de Arte, Cultura y Patrimonio la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componente del proyecto de inversión Código 763 “Gestión cultural local”.

ARTÍCULO  SEGUNDO: Modificar el artículo 1o literal A. de la Resolución 90 de 2014 unicamente en cuanto a delegar en el (la) Director (a) de Gestión Corporativa la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componentes del proyecto de inversión Código 209 “Comunicación e información del sector cultura, recreación y deporte de Bogotá”.

ARTÍCULO  TERCERO: Modificar el artículo 1o literales B. y C. de la Resolución 90 de 2014 unicamente en cuanto a delegar en el Director (a) de Regulación y Control de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la ordenación del gasto y del pago, sin límite de cuantía, en los componentes de los proyectos de inversión Códigos 755 “Formalización y fortalecimiento de las Entidades sin Ánimo de Lucro con fines culturales, recreativos y deportivos del Distrito Capital” y 720 “Transformaciones culturales hacia una nueva ciudadanía”

ARTÍCULO CUARTO: Las demás disposiciones de la Resolución 90 de 2014, que no son objeto de modificación, continuarán vigentes.

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente Resolución al (la) Subsecretario (a) General y de Control Disciplinario, al (la) Director (a) de Gestión Corporativa, al (la) Director (a) de Arte, Cultura y Patrimonio, al (la) Director (a) de Regulación y Control, al (la) Director (a) de Planeación y Procesos Estratégicos y al (la) Jefe (a) de la Oficina Asesora Jurídica, para lo de su competencia.

ARTÍCULO SEXTO: El (la) Subsecretario (a) General y de Control Disciplinario, deberá remitir la presente Resolución a la Subdirección de Imprenta Distrital a través del módulo diseñado en la página WEB de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, adjuntando la solicitud de publicación y el documento impreso soporte, para su publicación en el Registro Distrital.

ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la Resolución 90 de 2014 unicamente en los apartes señalados en los artículos 1o, 2o y 3o de la presente Resolución.

Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de enero del año 2015.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

CLARISA RUIZ CORREAL

Secretaria de Despacho

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5518 de enero 23 de 2015