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Decreto Local 008 de 2015 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
01/07/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/07/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5634 del 16 de julio de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2015

 

(Julio 1)

 

Por el cual  se sanciona el Acuerdo Local Nº 010 de 2015 “Por medio del cual se crea y reglamenta el Consejo Local de Barras Futboleras de la Localidad Novena de Fontibón y se establecen otras disposiciones

 

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los números 1,3 y 4 del artículo 86 de Decreto 1421 de 1993 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante oficio JAL494/2015  la Junta Administradora Local de Fontibón remite al Despacho de la Alcaldesa Local el Acuerdo local Nº 010 de 2015  “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA Y REGLAMENTA EL CONSEJO LOCAL DE BARRAS FUTBOLERAS DE LA LOCALIDAD NOVENA DE FONTIBÓN Y SE ESTABLECEN OTRAS DISPOSICIONES”, para que proceda a  la respectiva sanción.

 

Que el artículo 81 de Decreto 1421 de 1993, indica que una vez aprobado en segundo debate el proyecto de acuerdo pasara al Alcalde local para su sanción.

 

Que una vez revisado el acuerdo local Nº 010 de  2015 se debe dar aplicación a lo establecido en el Artículo 81 del Decreto 1421 de 1993.

 

En mérito de lo expuesto  la Alcaldesa Local de Fontibón.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  PRIMERO. Sancionar el Acuerdo Local Nº 010 de 2015 “Por medio del cual se crea y reglamenta el Consejo Local de Barras Futboleras de la Localidad Novena de Fontibón y se establecen otras disposiciones”.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir el Acuerdo local Nº 010 de 2015 debidamente sancionado a la Junta Administradora Local, a la oficina Jurídica de la Secretaria de Gobierno Distrital para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.

 

ARTÍCULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., al 1er día del mes de julio del año 2015.

 

ANDREA ESTHER CASTRO LATORRE

 

Alcaldesa Local de Fontibón